El Ministerio de Trabajo, inmediatamente después del veto en el Parlamento a la reducción de jornada, sacó la consulta pública del proyecto de Real Decreto con el que pretende regular el registro horario de los negocios con asalariados a cargo. La ministra y vicepresidenta segunda, Yolanda Díaz, cumple así su amenaza de endurecer el control de registro horario si decaía la reducción de jornada en el Congreso.

El texto propuesto podrá recibir las aportaciones de las organizaciones de autónomos, patronales y sindicales, y de cualquier ciudadano, de manera previa a la elaboración definitiva de la normativa. 

El documento para el Real Decreto asegura que el registro de jornada debe ser “eficaz” y cumplir con los requisitos de accesibilidad, fiabilidad, trazabilidad y objetividad. Lo cierto es que que podría obligar a los negocios con empleados que realizan el registro en papel a tener que incorporar un sistema electrónico de fichajes, aumentando sus costes.

  1. Los objetivos del proyecto de Real Decreto apuntan al mayor control por parte de la Inspección
  2. ¿Qué objetivos establece Trabajo la elaboración del Real Decreto?

Los objetivos del proyecto de Real Decreto apuntan al mayor control por parte de la Inspección

Uno de los objetivos que se destacan en el documento con el que se da el primer paso para la elaboración del proyecto de Real Decreto es el aumento del control de los registros por parte de la Inspección.

Como ya avanzó este diario, una de las intenciones que ha venido manifestando Trabajo consistía en conectarlo con la propia ITSS para facilitar el acceso remoto, para lo que se incluye entre los objetivos del texto que se aplique, según el caso, el “acceso electrónico interoperable”. 

En este sentido, el texto avanza como prioridad “garantizar un control adecuado por parte de la ITSS” para poder promover “la salud y la seguridad de los trabajadores” en el puesto que desarrollan. 

¿Qué objetivos establece Trabajo la elaboración del Real Decreto?

Otra de las pautas en las que se centra el texto es aumentar también la vigilancia sobre el ejercicio del derecho a la desconexión digital. Aunque este derecho se reguló en 2018, fuentes laboralistas aseguraron que era previsible tratar de ampliar la normativa al respecto. 

La vigente podría ser objeto de regulación en determinados aspectos, como la exigencia para las empresas de tener diseñado un protocolo de desconexión digital, que ya es obligatorio, o la tipificación de sanciones específicas por incumplimientos en el ejercicio de este derecho de desconexión.

Trabajo saca a consulta pública el proyecto para el Real Decreto que aumentaría el control del registro horario
Trabajo saca a consulta pública el proyecto para el Real Decreto que aumentaría el control del registro horario.

Actualmente, el incumplimiento del derecho a la desconexión digital se sanciona a través de la LISOS, con multas de los 751 euros a los 7.500 euros para las infracciones más graves.

En línea con estas previsiones, el documento lanzado a consulta pública ya señala que “la necesidad de concretar y desarrollar los contenidos legales en materia de registro de horarios y desconexión, en sintonía con el principio de la jurisprudencia comunitaria de cumplir con el efecto útil de la normativa comunitaria, justifica el desarrollo reglamentario de la regulación del registro de jornada y la desconexión”. 

Para ello, establece como objetivos a desarrollar la normativa correspondiente:

  • Establecer disposiciones para garantizar que sean las personas trabajadores quienes rellenen sus asientos de manera personal y directa, incluyendo la identificación de las interrupciones durante la jornada de trabajo. En esta pauta, se establece la posibilidad de incluir que el registro deba ser electrónico y “con mecanismos de verificación de la identidad”.
  • Aumentar la precisión para cada “tipo de tiempo de trabajo” que se realice. El texto detalla que se registre toda la jornada, pero previendo que se diferencie si se trata de trabajo efectivo o de disponibilidad, o de horas ordinarias o extraordinarias, para verificar “más incumplimientos de la normativa”. 
  • Control, también, sobre las modificaciones de los asientos. Aquí se baraja la incorporación de obligaciones específicas para los representantes de los trabajadores que permitan aumentar la vigilancia, como que obtengan copias del registro, o la posibilidad de acceder de manera electrónica al mismo. 
  • Que estos registros, cuando sean electrónicos, estén obligados a permitir el acceso inmediato y remoto. 
  • El establecimiento, en algunos casos, de “sellos de tiempo”, que ofrezcan garantía de autenticidad de aquello que se está registrando.
  • Mantener los registros individuales a disposición de los empleados, y el conjunto de todos los registros a disposición de la Inspección, lo que podría requerir el mencionado acceso telemático.

En cualquier caso, los laboralistas consultados por este medio aclararon que, en caso de que se diseñara un reglamento basado en estas pautas y saliera adelante, su aplicación sería muy compleja por la gran envergadura que entraña el incremento de la vigilancia sobre los registros.

“Aún es difícil prever en qué términos se haría, porque estamos hablando de incrementar el control del registro horario de todo el país, de todas las empresas, y aumentar la vigilancia efectiva de la Inspección”. 

Además, la consulta, por el momento, señala establecer un desarrollo reglamentario de la materia, para lo que «solo es necesario elaborar un reglamento, que, normalmente, reviste la forma de Real Decreto», según señalaron estas fuentes.