La Agencia Tributaria abrirá en los próximos días la asistencia presencial para que los contribuyentes -entre ellos, algunos autónomos- puedan confeccionar su RENTA con la ayuda de un técnico.
En concreto, solo podrán acceder a este servicio los trabajadores por cuenta propia que tributan en el sistema de módulos, debido a la menor carga administrativa que implica este régimen. Así lo aclararon fuentes de la AEAT en declaraciones anteriores a este medio.
Los autónomos interesados en recibir ayuda presencial podrán solicitar cita a partir del 29 de mayo, mientras que la atención comenzará el 2 de junio y se extenderá durante varias semanas en las oficinas habilitadas.
Los autónomos en módulos podrán hacer su declaración presencialmente
Este año, igual que ya sucedió el anterior, todos los autónomos sin excepción están obligados a presentar su declaración anual de impuestos.
Entre ellos, los que tributan en estimación objetiva -más comúnmente llamado, módulos- tendrán la opción de acudir a las oficinas de la Agencia Tributaria para que un profesional cualificado les ayude con esta gestión.
Es más, la Agencia Tributaria recordó que tampoco todos los autónomos en módulos tienen derecho a asistencia por el canal telefónico o de manera presencial.
Cada año se establecen unos determinados límites de rentas del trabajo o inmobiliarias. De superarlos, el autónomo en módulos tampoco podría acceder a estos canales de ayuda en la confección de la RENTA.
Estos límites todavía no están establecidos para 2025 pero, posiblemente, se mantengan los del resto de años. Hasta ahora, han quedado excluidos de la asistencia telefónica o presencial en RENTA todos los autónomos con rentas procedentes del trabajo superiores a los 65.000 euros anuales o rentas procedentes del capital inmobiliario superiores a 15.000 euros anuales aunque se encuentren en módulos.
Asimismo, también se excluyen las declaraciones en las que se acredite el arrendamiento de inmuebles (más de dos inmuebles y/o contratos de alquiler) y alquileres turísticos por plataforma.
También pueden acceder a la asistencia telefónica
Estos autónomos también pueden optar por la vía telefónica, para la que ya se puede pedir cita desde el 29 de abril hasta el 27 de junio.
Este régimen, que calcula los impuestos en base a parámetros fijados por Hacienda -como el número de empleados, los metros del local o la potencia contratada-, permite simplificar el cálculo del IRPF.
Es por ello por lo que quienes tributan por módulos tienen acceso a métodos de presentación -como la vía presencial y la telefónica- restringidos para el resto del colectivo.
Cómo solicitar cita previa para realizar la declaración de la RENTA presencialmente
Hacienda recuerda en su web que siempre será imprescindible haber solicitado cita previamente para poder ser atendido.
Existen diferentes vías a través de las cuales poder solicitar esta cita previa para ser atendido en las oficinas físicas de la AEAT:
- Internet con NIF/NIE o con Cl@ve, referencia, DNI electrónico o certificado electrónico.
- App «Agencia Tributaria»
- Teléfono de cita para Renta con atención personal 91 553 00 71 o 901 22 33 44. De lunes a viernes, de 9 a 19 horas.
En este caso, a diferencia de otras modalidades, no está disponible la opción de pedir cita a través del sistema automático por teléfono.
Como anular una cita que ya se ha pedido
La cita también puede anularse por los mismos canales.
Desde la AEAT recomiendan hacerlo con al menos 24 horas de antelación, para que ese hueco pueda ser aprovechado por otra persona.
Documentación para confeccionar Renta 2024 en OFICINA
Hacienda recuerda la importancia de llevar todos los documentos y datos necesarios para poder realizar la cita presencial. En caso contrario, la cita podría quedar incompleta o incluso no llevarse a cabo.
Siempre será necesario llevar a la cita la documentación sobre la situación personal y aportar:
- DNI original del titular que acude a la cita y fotocopia del DNI de todos los que figuren en la declaración.
- Número IBAN de la cuenta bancaria.
- Referencias catastrales de todos los inmuebles (en propiedad, alquiler u otros casos).
- Autorización firmada y copia del DNI de otros declarantes si se va a presentar en su nombre.
Además, deberán aportarse los justificantes que den derecho a deducciones:
- NIF del arrendador y cantidades pagadas por alquiler.
- Saldos pendientes de amortizar del préstamo hipotecario.
- Recibos de seguros vinculados a la vivienda.
- Justificantes de donativos, etc.
Documentos relativos al sistema de módulos
Todos los autónomos en módulos que vayan a hacer la RENTA presencial deberán preparar los documentos relativos a los rendimientos de actividades económicas en estimación objetiva:
-
Personal empleado.
- Superficie del local.
- Potencia fiscal del vehículo.
- Consumo eléctrico.
- Libros de bienes de inversión, entre otros.
Otros documentos a presentar si se han recibido rentas que no aparecen en los datos fiscales
Ganancias y pérdidas por transmitir la vivienda habitual:
-
Escrituras de compra y venta.
- Gastos e impuestos asociados.
- Datos del préstamo hipotecario si se aplica exención por reinversión.
Desde el organismo explican que los datos deben ser relacionados en el siguiente documento.
Por otros bienes transmitidos:
- Documentación de adquisición y transmisión.
- Certificados de fondos de inversión.
- Justificantes de subvenciones, premios, etc.
En caso de transmisión de inmuebles, los datos necesarios también se deben cumplimentar en el siguiente documento.
Por rendimientos del capital inmobiliario:
- Contratos de alquiler y facturas de gastos deducibles.
Como ayuda para relacionar todos los datos, la AEAT propone en su página web cumplimentar este documento.
Por rendimientos del capital mobiliario:
- Certificados de entidades financieras y de seguros.
- Documentos de gastos en transmisiones de activos financieros.
- Capital recibido por seguros anteriores a 1994.
Por rendimientos del trabajo:
- Certificado de empresa.
- Justificantes de cuotas sindicales o colegiales (si son obligatorias).
- Gastos jurídicos derivados de litigios laborales.



