- Una nueva interpretación de la AEPD reescribe las reglas de los informes comerciales
- Los informes comerciales han evitado muchos impagos y trámites judiciales a los autónomos
- Miles de empresas utilizan los informes comerciales para obtener datos de sus clientes
Durante décadas, las empresas españolas han contado con una herramienta crucial para tomar decisiones esenciales para sus negocios: los informes comerciales. Estos documentos, elaborados a partir de fuentes públicas, permiten evaluar la solvencia y trayectoria de proveedores y clientes. Son útiles no sólo para las grandes compañías, sino también para pymes, micropymes y profesionales por cuenta propia, a los que se les da certidumbre sobre su mercado, permite el acceso al crédito y mejora las oportunidades de negocio, aseguraron desde la Asociación Multisectorial de la Información.
Sin embargo, el uso de estos datos de autónomos y profesionales se encuentra ahora en entredicho. La Agencia Española de Protección de Datos (AEPD) está a punto de publicar una resolución que presumiblemente aplica importantes sanciones contra varias empresas del llamado sector infomediario, dedicadas precisamente a elaborar este tipo de informes. Y lo hace tras una denuncia interpuesta en 2022 por la asociación XNet, sin que, según los afectados, existiera queja directa de ningún autónomo perjudicado.
Los lectores de este medio ya tuvieron conocimiento en diciembre de 2022 de la denuncia de este «grupo de activistas digitales» sobre la posible filtración de datos de miles de profesionales por parte de entidades públicas, en un contexto aún sin esclarecer del todo y en el que la AEPD no se había pronunciado hasta ahora. Lo que sí ha hecho recientemente el organismo encargado de velar por la protección de los datos es publicar un nuevo criterio interpretativo sobre el tratamiento de los datos de empresarios individuales, que cambia de forma radical el enfoque mantenido durante más de veinte años.
Una nueva interpretación de la AEPD reescribe las reglas de los informes comerciales
El pasado 20 de mayo, la AEPD dio a conocer nuevos criterios que, en la práctica, suponen un vuelco para el sector de los informes comerciales. Hasta ahora, era común considerar que ciertos datos básicos –nombre, NIF, domicilio, actividad económica o condición de autónomo– podían tratarse sin necesidad de consentimiento, siempre que procedieran de fuentes accesibles al público, como registros mercantiles, boletines oficiales o webs institucionales.
Este tratamiento permitía alimentar los informes comerciales que consultan desde entidades financieras hasta aseguradoras pasándooslas por proveedores para valorar el riesgo de impago, detectar fraudes o decidir si conceden crédito. También contribuía a la transparencia en las relaciones mercantiles y facilitaba la integración de los autónomos en el tejido económico formal.
Sin embargo, la AEPD considera ahora que esos datos, aunque estén disponibles públicamente, no pueden utilizarse sin pasar el filtro del Reglamento General de Protección de Datos (RGPD). Esto implica nuevos límites, obligaciones y, en algunos casos, la necesidad de obtener el consentimiento del autónomo, algo que –según denuncian desde el sector– haría inviable la continuidad de esta actividad.
Y lo que podría ser más grave: el nuevo criterio del organismo regulador ordena también el borrado de los datos que ya forman parte de los archivos de las empresas que elaboran estos informes comerciales, incluso antes de que se den a conocer las resoluciones que, desde la AEPD, reconocen que todavía no son “firmes en vía administrativa”.

Los informes comerciales han evitado muchos impagos y trámites judiciales a los autónomos
Las empresas afectadas que elaboraban estos informes han decidido responder con una sola voz a través de Asedie, la Asociación Multisectorial de la Información, que las representa para manifestar su “profunda disconformidad” con el nuevo enfoque de la Agencia. Desde la secretaría general de Asedie explicaron que “eliminar estos datos es equivalente a apagar la luz en una operación mercantil. La transparencia se convierte en oscuridad, y la confianza, en riesgo”. De hecho, afirman que estos informes comerciales han evitado muchos procesos de impago y demandas de cobro a miles de autónomos y pymes.
Desde la asociación se mostraron sorprendidos por esta decisión de la AEPD ya que recordaron que no han dejado de colaborar con la propia agencia. Del mismo modo, defendieron que llevan más de dos décadas realizando este tratamiento “de forma transparente”, y recordaron que desde 2017 mantienen contacto regular con la AEPD para elaborar un Código de Conducta del Sector Infomediario (CCSI), cuyo borrador fue rechazado en 2021 pero sin cuestionar entonces el uso de datos de empresarios individuales.
“La Agencia conocía estos tratamientos, participó en las reuniones técnicas y nunca los cuestionó”, indicaron estas mismas fuentes. Además, desde Asedie alertaron que restringir el uso de esta información supone un “grave retroceso” para el tejido productivo, porque limita la visibilidad de los autónomos y su capacidad de generar confianza en el mercado. Así mismo, señalaron también de que España podría quedar en desventaja frente a otros países europeos donde esta información sigue siendo accesible legalmente.
Miles de empresas utilizan los informes comerciales para obtener datos de sus clientes
Más allá del cruce de argumentos legales, lo cierto es que los informes comerciales son herramientas utilizadas a diario por miles de empresas. Permiten analizar si un nuevo proveedor tiene antecedentes de impagos, si una sociedad está en liquidación o si un autónomo ha cambiado varias veces de actividad en poco tiempo. También son fundamentales para entidades financieras que evalúan la solvencia antes de conceder un préstamo o una póliza de seguros.
Al eliminar el acceso a esta información, se corre el riesgo de incrementar la morosidad, dificultar el acceso al crédito o provocar que las decisiones empresariales se basen en intuiciones en lugar de datos contrastados. “Es un problema que no afecta solo a las empresas que elaboran los informes, sino al conjunto del ecosistema económico”, insistieron desde la asociación de las empresas infomediarias.
Por otro lado, desde Asedie también han recalcado que las empresas que puedan ser sancionadas recurrirán la resolución ante la Audiencia Nacional y solicitarán medidas cautelares para evitar una paralización abrupta de su actividad.
El cambio de criterio de la Agencia Española de Protección de Datos reabre un debate de fondo entre la privacidad de un profesional que desarrolla su actividad en el mercado y al acceso del resto de actores económicos a la misma. A la espera de que la AEPD ofrezca más detalles sobre las motivaciones del cambio actual, desde el sector infomediario, proponen una solución equilibrada, en forma de nuevo Código de Conducta consensuado, que garantice los derechos de los autónomos sin sacrificar la transparencia y la seguridad jurídica.





