- ¿Qué autónomos pueden cobrar la ayuda de 20 céntimos y cómo pueden solicitarla?
- Algunos transportistas siguen pendientes pero las ayudas al combustible continuarán hasta octubre
Hacienda ya ha aprobado el 91% de las ayudas extraordinarias al gasóleo profesional correspondientes a los consumos realizados entre el 22 de marzo y el 30 de junio de 2026. Así, la medida supone una ayuda de 20 céntimos por litro para los autónomos del transporte que tienen derecho a la devolución parcial del Impuesto sobre Hidrocarburos por gasóleo profesional.
La Agencia Tributaria tramita estas ayudas junto a la devolución del gasóleo profesional, por lo que los transportistas que cumplen los requisitos no tienen que presentar ahora una nueva solicitud. El dinero, en concreto, se abona mediante transferencia bancaria comunicada a Hacienda y, en el caso de aquellos que pertenezcan a ese 9% restante que sigue pendiente de sus ayudas, deberán esperar a que se resuelva la incidencia de facturación de Moeve que, según Hacienda, estaba prácticamente resuelta a finales de agosto.
¿Qué autónomos pueden cobrar la ayuda de 20 céntimos y cómo pueden solicitarla?
La primera cuestión que debe conocer un autónomo o empresa del transporte es que esta ayuda procede del Real Decreto-ley 7/2026, de 20 de marzo, aprobado para responder al fuerte incremento de los costes energéticos provocado por la crisis en Oriente Medio. En concreto, el artículo 55 estableció una ayuda extraordinaria y temporal para los vehículos que ya tienen derecho a la devolución parcial del Impuesto sobre Hidrocarburos por utilizar gasóleo profesional.
En concreto, pueden beneficiarse los titulares de camiones destinados al transporte de mercancías por carretera, por cuenta propia o ajena, con una masa máxima autorizada igual o superior a 7,5 toneladas. También están incluidos determinados vehículos de transporte de viajeros y los taxis.
Ahora bien, la parte más importante para el transportista, según informan desde el Ministerio de Hacienda, es que no tiene que presentar una solicitud adicional para cobrar esta ayuda. La utilización de la tarjeta de gasóleo profesional para pagar los suministros en estaciones de servicio tiene la consideración de solicitud. Así, las entidades emisoras de estas tarjetas comunican a la Agencia Tributaria los consumos realizados y es Hacienda quien tramita las ayudas al finalizar cada mes.
Por tanto, un autónomo que ya está correctamente inscrito en el Censo de beneficiarios del gasóleo profesional y ha realizado los pagos mediante la tarjeta correspondiente debe comprobar principalmente que sus datos y su cuenta bancaria están correctamente registrados. Con eso, será la Agencia Tributaria la que realice el pago mediante transferencia.
Fenadismer, la Federación Nacional de Asociaciones de Transportes de España, señala que, una vez que la AEAT aprueba la ayuda, el plazo medio para recibir efectivamente el dinero es de unos 10 días, mediante una transferencia realizada por el Banco de España. La Federación, además, recomienda que aquellos transportistas cuya ayuda figure como aprobada pero todavía no hayan recibido el ingreso se dirijan al Departamento de Recaudación de la delegación de la Agencia Tributaria correspondiente para comprobar si existe alguna incidencia particular.
Por otra parte, Fenadismer también ha recordado en los últimos días que la Agencia Tributaria dispone de una herramienta de consulta en la que los autónomos del transporte pueden comprobar las matrículas, los consumos mensuales registrados y los importes de las ayudas concedidas entre marzo y junio. Esto permite, en ese sentido, detectar posibles diferencias antes de reclamar el pago.
Además, la Federación ha querido distinguir esta ayuda de otra línea prevista para los vehículos que no tienen derecho al gasóleo profesional. En este segundo caso se establecieron ayudas directas a tanto alzado y sí es necesario presentar una solicitud electrónica ante la Agencia Tributaria. Entre los vehículos que pueden quedar en esta modalidad están, por ejemplo, determinados camiones de menos de 7,5 toneladas, furgonetas, VTC, ambulancias y vehículos propulsados por gas.

Algunos transportistas siguen pendientes pero las ayudas al combustible continuarán hasta octubre
El principal problema para el sector, según trasladan desde Fenadismer, es que el dinero no ha llegado al mismo tiempo a todos los autónomos del transporte. Hacienda comunicó a la Asociación, de hecho, que el 91% de las ayudas correspondientes a los vehículos acogidos al gasóleo profesional ya estaban aprobadas a finales de agosto. El porcentaje restante se concentra, como ya se ha advertido, en una incidencia de facturación provocada por un cambio de sistema interno dentro de Moeve. Según la información que traslada Hacienda a Fenadismer, el problema estaba prácticamente resuelto y se esperaba que la aprobación se acercara al 100% en las próximas semanas.
Por eso, la Asociación reclama una mayor agilidad en la gestión porque el retraso tiene un impacto especialmente relevante sobre autónomos y pequeñas empresas del transporte. Y es que estos profesionales tienen que afrontar primero el coste del combustible necsario para desarrollar su actividad y reciben posteriormente la compensación pública. El desfase entre el gasto y el cobro puede tensionar la liquidez de estas empresas, que ya de por sí, dicen desde Fenadismer, trabajan con presupuestos muy ajustados.
La Federación también ha criticado el nuevo sistema de ayudas por su falta de previsibilidad. El segundo paquete, aprobado mediante el Real Decreto-ley 18/2026, de 29 de junio, prorrogó el apoyo al combustible y estableció y un mecanismo variable para los vehículos acogidos al gasóleo profesional. Fue la Agencia Tributaria la que fijó inicialmente una ayuda de 10 céntimos por litro para julio, 15 céntimos para agosto y 20 céntimos para septiembre, pero algunas cláusulas vinculadas al Impuesto sobre el Hidrocarburo han modificado finalmente esas cantidades.
De hecho, Fenadismer ha alertado de que la ayuda efectiva para septiembre se reduciría a 5 céntimos por litro, frente a los 15 céntimos de agosto y los 10 de julio. La organización, por ello, considera que este sistema varible dificulta a los transportistas conocer de antemano qué apoyo recibirán y exige al Gobierno un mecanismo más estable y, sobre todo, previsible.
La prórroga también explica la publicación de la Orden HAC/940/2026, de este 8 de septiembre. Esta norma no crea una nueva ayuda ni abre por sí misma un nuevo plazo de solicitud, sino que extiende a las ampliaciones del periodo subvencionable las reglas de gestión y control que Hacienda ya había establecido mediante la Orden anterior, la HAC/674/2026. El marco autorizado permite que las ayudas se concedan por gastos subvencionables realizados desde el 1 de marzo hasta el 31 de diciembre de 2026, dentro de las ampliaciones que hayan sido aprobadas.
Para el transportista, por tanto, la situación es diferente según el tipo de vehículo. Quien esté acogido al gasóleo profesional debe comprobar los consumos y los datos bancarios y esperar la transferencia. Quien no puede beneficiarse de este régimen, debe comprobar si tiene derecho a la ayuda directa y, en ese caso, presentar la correspondiente solicitud electrónica.





