1. Los nuevos programas certificados no darán lugar a doble contabilidad
  2. Se contemplan sanciones de 150.000 euros por la fabricación y 50.000 euros por la posesión de software de doble uso

La Agencia Tributaria emitió, en un comunicado, que está llevando a cabo una operación realizada contra el fraude por el empleo de software de facturación doble uso, que permite ocultar compraventas. 

Esta campaña llega unas semanas después de que haya entrado en vigor el reglamento para regular los programas de facturación que fabricarán y distribuirán los comercializadores, para ser usados por autónomos y pymes, y que no permiten la existencia de una contabilidad B. 

Al respecto, fuentes de Hacienda señalaron que una de las formas para indagar en la investigación ha sido realizando un estudio de los participantes que presentaban signos externos de riqueza no justificados con las actividades declaradas. Esto es, en línea con las pautas marcadas por el Plan Anual de Control Tributario. 

En este plan, también se previó un mayor control sobre el uso de este tipo de programas durante el presente ejercicio y también a lo largo del próximo año, coincidiendo con la entrada en vigor del reglamento también para autónomos y empresas. 

Los nuevos programas certificados no darán lugar a doble contabilidad

Según informó la AEAT, se ha llevado a cabo una operación coordinada en 15 comunidades autónomas contra el fraude fiscal de empresas del sector de las instalaciones y montajes, que se encontraban utilizando este software de doble uso.

En la operación, se llevó a cabo un análisis de los casos en que los participantes tenían signos de riqueza y patrimonio declarado incongruentes, como explicó este medio José María Mollinedo, secretario general del sindicato de técnicos de Hacienda (Gestha).

En este caso, las diferencias de dicho análisis podían aflorar ventas ocultas. «Se ha analizado la información con respecto a la base de datos [de Hacienda] para encontrar posibles incongruencias, y con los socios. Y lo que han verificado es un incremento en el patrimonio de los participantes que no podía justificarse con las rentas declaradas. Provenía del rendimiento no declarado de esas ventas generadas». 

Como detalló el técnico de Hacienda, a pesar de que el reglamento no entrará en funcionamiento para sociedades y autónomos durante el próximo año, estas operaciones y otro tipo de actuaciones, ya previstas en el Plan Anual de Control Tributario, se siguen llevando a cabo durante este período de tiempo, en el que se podrían producir incumplimientos del texto recién entrado en vigor.

Aunque con estos nuevos programas certificados ya no se va a poder dar lugar a una doble contabilidad, podría ser que algún fabricante desarrollara su propia contabilidad sin esa certificación. O se comercializaran programas sin cumplir requisitos establecidos para su legalidad.

Hacienda centra actuaciones en la investigación del uso de software de doble uso por parte de las empresas
Hacienda centra actuaciones en la investigación del uso de software de doble uso por parte de las empresas.

Es, debido a ello, que las multas contempladas en la normativa están dirigidas tanto a los propietarios del software, como a sus desarrolladores, fabricantes, productores y comercializadores, según se regula en la ley tributaria con el artículo 201 bis. 

“Se multa tanto la fabricación, como la tenencia. Aunque no se aplique aún porque las empresas todavía no están obligadas a cumplir con los requisitos, se establecen los dos tipos de sanciones, para productores y para quién los tenga. Basta con su tenencia, tanto si lo usas como si no. Eso ya constituye la infracción”, recordó el técnico de Hacienda. 

Sanciones de 150.000 euros por la fabricación y 50.000 euros por la posesión de ‘software’ de doble uso

Las multas previstas por fabricar estos programas de doble uso están fijadas en 150.000 euros, mientras que su tenencia y uso implicaría se encuentra establecida en 50.000 euros.

Aunque el comunicado publicado por la AEAT hace referencia a una operación a gran escala, en el caso de los negocios de menor tamaño existen determinados indicios, en la misma línea, que se utilizan para investigar el uso de este tipo de software:

  • Esa diferencia entre signos de abundancia económica y rentas declaradas. Pero también, como ya avanzó este medio, un uso elevado de efectivo podría ser, añadido a otros factores, un indicio que condujera a investigar estas operaciones B en el caso de un negocio individual. 
  • Esto se debe a que es más complicado llevar una doble contabilidad si las operaciones están registradas con tarjeta o por medio de transferencias bancarias. 
  • También es posible que se hallen este tipo de operaciones durante una investigación a la empresa o negocio y se terminen derivando actuaciones de Hacienda, dado que conoce la información de los movimientos bancarios y la referencia que le proporciona otras empresas del sector.
  • Asimismo, las denuncias constituyen otro de los factores que permiten indagar en el uso de estos programas y la generación de contabilidades B, según señaló el técnico, como sucedió en la gran operación comunicada por la AEAT.

Como añadió el experto, además de las multas mencionadas, si se evidencia uso de este tipo de programas para cometer fraude, se añadirían las sanciones derivadas por las cuotas dejadas de ingresar por las cuantías ocultadas, reguladas en el artículo 191 de la Ley General Tributaria.

“Si utiliza este software y hay ocultación de ventas, se deriva una consecuencia, y es que se sanciona también por haber dejado de ingresar IVA, Impuesto de Sociedades o IRPF, según de quien se trate. Se reclaman las cuotas dejadas de ingresar y se aplica la sanción correspondiente por dejar de ingresar”.