Las multas impuestas a las pymes por incumplimientos relacionados con la jornada laboral han pasado de 5,3 millones de euros en 2018 a 15,7 millones en 2025, casi el triple en apenas siete años. Para los autónomos y pequeños negocios con plantilla, esta evolución confirma un riesgo sancionador creciente desde que el registro diario se convirtió en obligatorio.
Durante el pasado año, la Inspección de Trabajo realizó 37.386 actuaciones y detectó 14.728 infracciones, que afectaron a 252.500 empleados. El número de trabajadores perjudicados creció un 41% respecto a los 178.456 contabilizados en 2024.
Estos resultados están reforzando la presión para encarecer todavía más las sanciones y aplicar una multa por cada trabajador cuando falte el registro o se falseen sus datos. La medida no está aprobada, pero Trabajo no renuncia a recuperarla y prepara un sistema digital que facilitará las comprobaciones.
- Las horas extraordinarias sin abonar apenas disminuyen pese al aumento de las sanciones
- La legislación vigente establece multas de hasta 7.500 euros por empresa
- La reforma rechazada habría elevado las multas hasta 10.000 euros por empleado
- Individualizar las sanciones exigiría modificar nuevamente la ley
- El nuevo registro permitirá comprobar mejor las horas realizadas por cada empleado
Las horas extraordinarias sin abonar apenas disminuyen pese al aumento de las sanciones
El aumento de las multas no ha reducido en igual medida el tiempo trabajado sin remunerar. Según una explotación de la Encuesta de Población Activa (EPA) elaborada por Comisiones Obreras (CCOO), los asalariados realizan cada semana una media de 2,54 millones de horas extraordinarias que no se pagan ni se compensan.
Esa estimación sitúa en el 43% de todas las horas extra la proporción que continúa sin abonarse, la misma que en 2018. La serie trimestral oscila por la estacionalidad del empleo, pero permanece generalmente entre 2,5 y tres millones de horas semanales desde finales de 2016.
El cálculo sindical cifra en 3.378 millones de euros anuales el coste laboral eludido por las pymes incumplidoras, incluidos salarios y cotizaciones. Para el empresario, la multa no es el único coste posible, porque la Inspección también puede exigir la regularización de las cantidades pendientes.
La legislación vigente establece multas de hasta 7.500 euros por empresa
La Ley sobre Infracciones y Sanciones en el Orden Social considera grave vulnerar las normas sobre jornada, horas extraordinarias, descansos, permisos o registro horario. Las multas oscilan entre 751 y 1.500 euros en su grado mínimo, entre 1.501 y 3.750 en el medio y entre 3.751 y 7.500 euros en el máximo.
El sistema vigente trata el incumplimiento como una infracción empresarial y no genera automáticamente una sanción independiente por cada integrante de la plantilla. No obstante, el número de afectados, la intencionalidad y el perjuicio causado pueden influir en su graduación.
Desde mayo de 2019, todas las empresas deben registrar diariamente las horas concretas de inicio y finalización de la jornada de cada trabajador. También han de conservar esos datos durante cuatro años y mantenerlos a disposición de los empleados, sus representantes y la Inspección.
La reforma rechazada habría elevado las multas hasta 10.000 euros por empleado
El proyecto de reducción de jornada presentado por el Gobierno pretendía cambiar el régimen sancionador cuando no existiera el registro o se falsearan sus datos. También elevaba las infracciones graves hasta un máximo de 10.000 euros y establecía una sanción por cada persona perjudicada.
El cambio habría tenido un impacto especialmente elevado en los negocios con plantillas numerosas, porque un mismo incumplimiento podría originar decenas de multas. Si una empresa falseara los registros de 50 empleados, la suma teórica alcanzaría 500.000 euros con la cuantía máxima.

Aquella reforma no llegó a entrar en vigor porque el Congreso devolvió el proyecto al Gobierno en septiembre de 2025, con 178 votos favorables y 170 contrarios. Por tanto, ni las multas de hasta 10.000 euros ni su multiplicación por trabajador forman parte del régimen actual.
Individualizar las sanciones exigiría modificar nuevamente la ley
Los sindicatos quieren recuperar la individualización de las sanciones y el Ministerio de Trabajo asegura que no renuncia a endurecerlas, pero hacerlo exige modificar la ley. El nuevo reglamento horario no puede alterar por sí solo las cuantías ni establecer una infracción diferente por cada empleado.
Las organizaciones sindicales pretenden impulsar este cambio mediante enmiendas a proyectos legislativos en tramitación. Sin embargo, necesitarían una mayoría que no consiguió la anterior reforma, rechazada por el Partido Popular, Vox, Junts y Unión del Pueblo Navarro.
La aplicación de multas por trabajador ya existe en otros países, como Austria y Rumanía, aunque con cuantías generalmente inferiores a las planteadas en España. Un análisis de Eurofound sitúa a Finlandia entre los regímenes más severos, con posibles penas de prisión por algunos incumplimientos.
El nuevo registro permitirá comprobar mejor las horas realizadas por cada empleado
Trabajo sí puede reforzar mediante un reglamento la manera en que las empresas controlan las jornadas, sin modificar las multas. El departamento prepara un sistema digital, trazable y accesible inmediatamente, que permitirá revisar los horarios sin visitar presencialmente el negocio.
La propuesta establece que los trabajadores realicen sus anotaciones de manera personal y directa al comenzar y terminar la jornada, sin que la empresa condicione su contenido. Cualquier modificación deberá identificar a su autor y explicar el motivo, por lo que las correcciones dejarán rastro.
Los registros también deberán diferenciar las horas ordinarias de las extraordinarias y permitir el acceso remoto a la Inspección y los representantes de la plantilla. Esta trazabilidad facilitará detectar cualquier descuadre entre el horario anotado, la nómina y los descansos compensatorios





