La Agencia Española de Protección de Datos (AEPD) ya no sólo apunta a grandes compañías, ahora empieza a sancionar también a autónomos y pymes que incumplen las reglas de las llamadas comerciales. “Este caso marca un aviso para autónomos y pymes en sus tácticas comerciales”, advirtió Fernando Navas abogado de Navas & Cusi Abogados.

En una reciente resolución, la AEPD multó con 5.000 euros a Adverbis Spain, una pequeña agencia de publicidad, por realizar una comunicación promocional sin consentimiento a un número inscrito en la Lista Robinson, a pesar de que estaba publicado por su propietario en Internet. La sanción, amparada en la Ley General de Telecomunicaciones (LGTel), refuerza el control sobre los contactos telefónicos no deseados.

El expediente deja claro que, ni la publicación del número en la web, ni su aparición en directorios profesionales, justifican el contacto enfocado a la venta. La AEPD aclaró también que el registro en la Lista Robinson prevalece siempre, aunque se trate de posibles clientes empresariales.

  1. La sanción a una pequeña agencia, un aviso directo para negocios de cualquier tamaño
  2. Cuándo es obligatorio el consentimiento expreso para hacer llamadas comerciales
  3. Llamar a números de la Lista Robinson siempre es sancionable
  4. Multas de hasta dos millones de euros
  5. Cómo evitar sanciones: claves para autónomos y pymes

La sanción a una pequeña agencia, un aviso directo para negocios de cualquier tamaño

La resolución contra Adverbis Spain, una de las primeras desde la vigencia del marco sancionador, es una clara advertencia para los pequeños negocios que realizan llamadas comerciales telefónicas sin asegurarse del consentimiento.

La AEPD deja claro que la Ley General de Telecomunicaciones (LGTel) se aplica con el mismo rigor a grandes compañías y microempresas. “Cualquier negocio que infrinja estas normas puede enfrentarse a sanciones; y cada vez más hacen marketing directo con datos públicos”, explicó Navas.

En este caso, la Agencia consideró probado que la comunicación tenía un fin de promoción o venta y descartó que fuera un simple contacto profesional. También rechazó que la aparición del número en Internet justificara el contacto, al estar inscrito en la Lista Robinson.

La multa de 5.000 euros demuestra que el control se ha intensificado desde la entrada en vigor de la nueva LGTel en junio de 2023, la Agencia está intensificando el control. Para autónomos y pymes, “se vuelve imprescindible revisar sus estrategias de marketing telefónico si quieren evitar riesgos”, aclaró el responsable de Nuevas tecnologías de Navas & Cusí.

Cuándo es obligatorio el consentimiento expreso para hacer llamadas comerciales

La Ley General de Telecomunicaciones (LGTel) establece que ninguna empresa puede realizar levantar el teléfono con fines comerciales sin el consentimiento previo del usuario, salvo que exista una relación contractual anterior o que la comunicación pueda ampararse en otra base legal del Reglamento (UE) 2016/679 de tratamiento de datos personales.

En la práctica, «hay algunas llamadas profesionales que sí se permiten, así como llamar a quienes han dado permiso o a clientes actuales. Si la llamada está relacionada con el producto o servicio que ya compraron no hay problema», aclaró el abogado.

Según Navas, la normativa contempla pocas excepciones. Una de ellas es la prevista en el artículo 19 de la LOPDGDD, que permite el uso de datos de contacto de empresarios individuales y profesionales liberales con fines exclusivamente profesionales. Sin embargo, esta excepción no se aplica cuando el número está inscrito en la Lista Robinson o cuando el contacto persigue vender productos o servicios sin relación directa con la actividad del destinatario.

Llamar a números de la Lista Robinson es sancionable, aunque estén en Internet
Llamar a números de la Lista Robinson es sancionable, aunque estén en Internet.

Llamar a números de la Lista Robinson siempre es sancionable

Estar en la Lista Robinson es una negativa expresa a recibir llamadas publicitarias y está por encima de cualquier otra circunstancia. Ni la publicación del número en Internet ni su aparición en redes sociales justifican el contacto.

Llamar a un número registrado en esta lista -aunque pertenezca a un profesional que haya difundido sus datos públicamente- es sancionable. Y la carga de probar que el consentimiento existe siempre recae en el negocio.

Multas de hasta dos millones de euros

La LGTel tipifica como grave la vulneración del derecho de los usuarios a no recibir avisos no deseados. Según explicó Fernando Navas, “en el artículo 109 de esta norma se recoge que las sanciones más graves pueden llegar hasta dos millones de euros”.

La AEPD gradúa la sanción teniendo en cuenta factores como la intencionalidad, la reincidencia o el número de afectados. En el caso de Adverbis, la multa fue de 5.000 euros al tratarse de una única llamada y no haber antecedentes.

Basta con una llamada fuera de la normativa para que la AEPD imponga sanciones económicas a los negocios. Según el abogado consultado, un incumplimiento puntual puede resultar en un expediente sancionador con consecuencias económicas, especialmente si hay dolo o reincidencia.

Cómo evitar sanciones: claves para autónomos y pymes

El experto consultado recomendó tres pasos básicos para evitar problemas:

  • Tener siempre consentimiento previo y verificable. Este permiso debe quedar registrado para poder demostrarlo ante la AEPD.
  • Consultar la Lista Robinson antes de cada campaña. Es obligatorio depurar las bases de datos y eliminar cualquier número inscrito, aunque se haya obtenido de fuentes públicas.
  • Revisar procedimientos internos y formar al personal. Los equipos de ventas deben conocer la normativa y, en caso de dudas, es mejor consultar a un especialista en protección de datos.