El pasado 9 de junio, el Boletín Oficial del Estado (BOE) incluyó una resolución en la que se rehabilitaban los números de identificación fiscal (NIF) de algunas sociedades. Esta medida les permitía recuperar su identidad ante Hacienda y retomar sus operaciones comerciales sin restricciones. Es bueno recordar que, en 2024, se revocaron 40.007 NIF de autónomos y empresas porque parecía que estas actividades eran «fantasma» y ya no tenían actividad. 

Estas pautas de la Agencia Tributaria provienen de un Real Decreto que sacó en 2022, y que permitió al organismo, desde entonces, revocar el NIF por un nuevo supuesto: no presentar las cuentas anuales. Asimismo, a través de la orden HAC/1526/2024, la Agencia Tributaria incluyó en diciembre del pasado año una casilla en el Modelo 036 para que las sociedades pudieran solicitar la recuperación de un NIF que había sido revocado.

Cabe señalar que el 75% de los nuevos autónomos afiliados al RETA son societarios, según los últimos datos facilitados por la Federación Nacional de Asociaciones de Trabajadores Autónomos (ATA).

  1. ¿Qué significa la rehabilitación del NIF?
  2. Consecuencias para una sociedad cuando revocan su NIF
  3. En 2024 se revocaron 40,007 NIF, principalmente a sociedades que abandonaron sus obligaciones fiscales o contables sin formalizar el cierre de sus actividades. Cuando se da esta circunstancia, las consecuencias pueden ser graves:
  4. Cómo rehabilitar el NIF
  5. Recuperar el NIF de una sociedad puede evitar problemas mayores

¿Qué significa la rehabilitación del NIF?

El Número de Identificación Fiscal (NIF) es el identificador tributario esencial para cualquier autónomo o pyme en España. Sin un NIF activo, no es posible presentar declaraciones tributarias, abrir cuentas bancarias, acceder a financiación o firmar contratos con clientes y proveedores.

La suspensión de un NIF suele ocurrir por incumplimientos fiscales, como deudas tributarias, declaraciones atrasadas o, en el caso de sociedades, la no presentación de cuentas anuales durante cuatro ejercicios consecutivos, lo que puede derivar en el cierre registral y la revocación del NIF.

La resolución publicada en el BOE detalla la rehabilitación de NIF, un procedimiento que se enmarca en la Ley 58/2003, General Tributaria, y que busca garantizar la transparencia y el cumplimiento fiscal. La rehabilitación implica que los negocios afectados han resuelto sus irregularidades, como el pago de deudas o la presentación de declaraciones pendientes, permitiéndoles recuperar su operatividad.

Esta rehabilitación funciona como una “segunda oportunidad” para las sociedades, ya que, de lo contrario, como explicó Juan Ignacio Navas Marqués, socio fundador de Navas & Cusí Abogados, “tendrían que emprender una actividad nueva y pedir un nuevo NIF”.

Consecuencias para una sociedad cuando revocan su NIF

En 2024 se revocaron 40,007 NIF, principalmente a sociedades que abandonaron sus obligaciones fiscales o contables sin formalizar el cierre de sus actividades. Cuando se da esta circunstancia, las consecuencias pueden ser graves:

  • Imposibilidad de operar: Sin NIF, no se pueden emitir facturas, realizar compras o ventas, ni operar en el Registro de Devolución Mensual (Redeme).
  • Cierre registral: La no presentación de cuentas anuales durante cuatro años consecutivos conlleva el cierre de la hoja registral, impidiendo inscribir actos como cambios de administrador o ampliaciones de capital.
  • Sanciones económicas: Las multas por no presentar cuentas anuales oscilan entre 1,200 y 60,000 euros, según el tamaño del negocio, y durante el ejercicio 2024 el Instituto de Contabilidad y Auditoría de Cuentas (ICAC) impuso sanciones por valor de 1,086,849.12 euros.
  • Pérdida de credibilidad: El cierre registral y la inclusión en listas de morosos o sociedades incumplidoras afectan la reputación ante bancos, clientes y proveedores.
    Hacienda permite a los autónomos recuperar el NIF a través del modelo 036
    Hacienda permite a los autónomos recuperar el NIF a través del Modelo 036.

Cómo rehabilitar el NIF

La rehabilitación del NIF para autónomos societarios se rige por el procedimiento GZ77 de la Agencia Tributaria y puede realizarse telemáticamente, presencialmente en las oficinas de la AEAT, en las oficinas de Correos o en otros lugares contemplados en el artículo 16 de la Ley 39/2015.

Aquellos que soliciten la rehabilitación del NIF presentando una declaración censal podrán hacerlo a través de la casilla 144 del Modelo 036, habilitada desde diciembre de 2024.

Para ello deberán acreditar la desaparición de las causas de revocación, la titularidad del capital social, así como identificar los representantes legales y titulares reales, la actividad económica y el domicilio fiscal.

En el caso de que la solicitud se realice para disolver y liquidar la sociedad, además se aportará la escritura de disolución y liquidación de la sociedad y se marcará la casilla 146 del Modelo 036.

Una vez solicitada la rehabilitación del NIF, la Administración Tributaria hará las comprobaciones pertinentes y, si no se ha aportado la documentación acreditativa, archivará la solicitud.

En caso de que el procedimiento se resuelva afirmativamente, se emitirá notificación al interesado y se publicará el acuerdo en el BOE, como ocurrió el pasado 9 de junio. La Administración tendrá un plazo de 3 meses para resolver esta petición.

Recuperar el NIF de una sociedad puede evitar problemas mayores

Cuando Hacienda revoca el NIF a una sociedad, puede traer graves consecuencias para el autónomo societario, ya que, como se explicó en este mismo medio, cuando Hacienda pone en orden lo que el contribuyente no ha hecho, puede que detecte también deudas asociadas a esas entidades y que, por tanto, empiece a pedir responsabilidades a los dueños.

Rehabilitar el NIF de una sociedad puede evitar estos problemas, que son más comunes desde que se aprobó el Real Decreto 249/2023, que permite a la Administración eliminar el NIF a los autónomos por incumplir sus obligaciones tributarias y extiende las actuaciones en las que la Inspección puede revocar este identificador fiscal.