Las pymes tendrán que informar a sus trabajadores de si utilizan algoritmos o sistemas automatizados para tomar decisiones que afecten a sus condiciones laborales. El Consejo de Ministros ha aprobado este martes el Real Decreto que amplía las obligaciones de información que deben recibir los empleados.
La nueva norma obliga a detallar, entre otras cuestiones, el salario base, los complementos, el cálculo de las retribuciones variables, la jornada, los turnos, las vacaciones y las condiciones del periodo de prueba. También reconoce expresamente el derecho del trabajador a conocer las reglas y pautas de funcionamiento de los sistemas algorítmicos utilizados en materia laboral.
Para los autónomos y pequeñas empresas con empleados, el cambio supone revisar la información que facilitan al contratar y también las herramientas digitales que utilizan para gestionar al personal. Los trabajadores con contratos ya vigentes podrán solicitar la información que no figure en su documentación y la empresa tendrá que facilitarla por escrito en un plazo máximo de 30 días.
- Las pymes tendrán que informar del uso de algoritmos para gestionar a sus trabajadores
- Los trabajadores podrán conocer qué reglas utiliza el algoritmo
- También se amplía la información que deben incluir los contratos
Las pymes tendrán que informar del uso de algoritmos para gestionar a sus trabajadores
Uno de los principales cambios del Real Decreto es que el derecho de información alcanza también a los sistemas automatizados que intervienen en decisiones laborales. La empresa deberá informar de su existencia cuando estos sistemas se utilicen para determinar o modificar condiciones de trabajo.
La norma incluye expresamente cuestiones como la duración y distribución de la jornada, la asignación de tareas, la determinación del salario, la progresión profesional, el lugar de trabajo o la extinción del contrato.
La obligación no se limita a comunicar que la empresa utiliza una herramienta tecnológica. El Real Decreto contempla que los trabajadores sean informados también de las pautas, criterios y reglas de funcionamiento de estos sistemas cuando intervengan en sus condiciones laborales.
Los trabajadores podrán conocer qué reglas utiliza el algoritmo
Esto puede afectar, por ejemplo, a una pyme que utilice un programa para organizar automáticamente los turnos, distribuir determinadas tareas entre empleados o calcular una parte variable del salario. También alcanza los sistemas que intervengan en decisiones relacionadas con promociones profesionales o extinciones de contratos.
El cambio supone además ampliar un derecho que ya existía para los representantes legales de los trabajadores. Desde la reforma laboral de 2021, estos representantes pueden conocer los parámetros, reglas e instrucciones en los que se basan los algoritmos que afectan a las condiciones de trabajo, el acceso y mantenimiento del empleo o la elaboración de perfiles. Ahora la obligación de información adquiere también una dimensión individual para el trabajador.
La ministra de Trabajo, Yolanda Díaz, ha defendido que los trabajadores deberán conocer “con exhaustividad” los sistemas utilizados en su puesto y ha situado la transparencia algorítmica como uno de los elementos centrales de la reforma.

La nueva regulación, además, amplía considerablemente el contenido que debe aparecer en los contratos. Las empresas tendrán que concretar las condiciones esenciales de la relación laboral, incluyendo salario, complementos, criterios para calcular variables, jornada, distribución de horarios, vacaciones, periodo de prueba, convenio aplicable y procedimiento de extinción.
También se amplía la información que deben incluir los contratos
En el caso de los nuevos contratos, esta información deberá facilitarse antes de comenzar la relación laboral. Para los trabajadores que ya estén contratados, podrán solicitar los datos que no aparezcan en su documentación y la empresa dispondrá de un máximo de 30 días para entregarlos. Además, cualquier modificación de las condiciones laborales deberá comunicarse por escrito.
El Ministerio de Trabajo también deberá poner a disposición de empresas y trabajadores un modelo de documento informativo sobre los elementos esenciales del contrato en un plazo máximo de 20 días desde la entrada en vigor de la norma.
Para las pymes, por tanto, la principal novedad no es únicamente que tengan que incluir más información en los contratos. También tendrán que identificar si utilizan herramientas automatizadas para gestionar aspectos relevantes de la relación laboral y preparar la información que deben facilitar a los trabajadores cuando esos sistemas influyan en sus condiciones de trabajo.





