1. El único requisito para recibir la ayuda es tener la sede o el centro de trabajo en Cataluña
  2. El consorcio ha dividido el presupuesto disponible en dos bloques
  3. Estos son los gastos subvencionables
  4. Se contemplan auditorías aleatorias de control, visitas de supervisión y evaluación de impacto

Cataluña ha abierto una línea de ayudas dotada con 31,4 millones de euros para financiar acciones de formación continua dirigidas de forma prioritaria a trabajadores ocupados. La convocatoria ha sido lanzada por el Consorci per a la Formació Contínua de Catalunya (CFCC).

Estas ayudas permiten que autónomos, micropymes y pequeñas empresas puedan cubrir hasta el 100 % del coste de sus programas formativos. El plazo para presentar solicitudes finaliza el próximo 16 de julio.

La medida busca mejorar la cualificación profesional de las plantillas mediante programas adaptados a las necesidades reales de cada negocio, y no requiere que las actividades formativas desemboquen en un certificado de profesionalidad.

Esto amplía el abanico de contenidos que pueden abordarse, desde reciclaje tecnológico hasta habilidades transversales, idiomas o gestión empresarial. Los beneficiarios pueden recibir un anticipo del 80 % de la subvención una vez aprobada la solicitud.

El único requisito para recibir la ayuda es tener la sede o el centro de trabajo en Cataluña

Pueden acceder a esta ayuda no sólo las entidades de formación, sino también empresas privadas de cualquier tamaño, autónomos con o sin asalariados y asociaciones empresariales, entre otros.

El único requisito es que tengan sede o centro de trabajo en Cataluña y que desarrollen su actividad económica dentro del ámbito territorial de la comunidad autónoma. El resto del importe subvencionado, el 20 % restante, se abona tras la justificación de los gastos.

Los cursos subvencionables deben ajustarse a los objetivos de la formación profesional para el empleo. Es decir, deben contribuir a mejorar la empleabilidad, la productividad, la competitividad y la capacitación permanente de las personas trabajadoras.

Esta orientación prioritaria no excluye la posibilidad de formar a personas desempleadas si estas participan en programas mixtos; siempre que no se supere el límite del 30% de plazas ocupadas por desempleados en cada acción.

El consorcio ha dividido el presupuesto disponible en dos bloques

Por una parte, 19,5 millones de euros se reservan a programas de oferta intersectorial dirigidos a cualquier sector productivo, salvo el agrario, el forestal, la pesca y el medioambiental.

Por otra, 11,9 millones se destinan específicamente a programas de carácter sectorial, que sí se centran en sectores concretos, y en los que también pueden participar las pymes y autónomos cuya actividad principal esté vinculada a dichos ámbitos.

Las acciones formativas podrán desarrollarse de forma presencial, en línea o combinando ambas modalidades. En todos los casos, las empresas o entidades solicitantes deberán garantizar los medios técnicos y humanos necesarios para el desarrollo de la formación, así como justificar la asistencia de los participantes y su aprovechamiento.

También se valorará la incorporación de elementos innovadores, como plataformas de aprendizaje adaptativo, tutorización individualizada o metodologías participativas.

Estos son los gastos subvencionables

Entre los costes subvencionables se incluyen los gastos directamente vinculados a la ejecución de la formación, como el personal docente, el alquiler de aulas, el material didáctico, los seguros, los sistemas de evaluación o el seguimiento de los resultados.

Las acciones formativas podrán desarrollarse de forma presencial, en línea o combinando ambas modalidades
Las acciones formativas podrán desarrollarse de forma presencial, en línea o combinando ambas modalidades 

Además, pueden sufragarse costes indirectos asociados a la gestión administrativa, la promoción de los cursos o la mejora de los sistemas de calidad. Todos estos conceptos deben estar debidamente justificados y reflejados en el proyecto formativo presentado.

La convocatoria establece también una serie de requisitos específicos para las entidades que deseen organizar las acciones formativas. Por ejemplo, deben estar inscritas en el Registro de Entidades de Formación correspondiente y contar con experiencia previa en programas similares.

En el caso de los autónomos o micropymes que deseen contratar a una entidad externa para la formación de su personal, no se exige experiencia previa, pero sí se requerirá que la entidad formadora cumpla con los estándares de calidad exigidos.

Las solicitudes deben presentarse de manera telemática a través del portal corporativo del Consorci, y deben ir acompañadas de una memoria técnica que describa los objetivos, contenidos, metodología y recursos del plan formativo. También es necesario detallar la población destinataria, el calendario previsto y el presupuesto total, incluyendo el desglose de los costes subvencionables.

El procedimiento de evaluación contempla criterios como la calidad del diseño, el grado de adecuación a las necesidades del tejido productivo, la experiencia del solicitante y la previsión de resultados.

Se contemplan auditorías aleatorias de control, visitas de supervisión y evaluación de impacto

Esta convocatoria representa una oportunidad para que muchos pequeños negocios de Cataluña, especialmente los más afectados por los cambios tecnológicos o por la necesidad de adaptación al nuevo contexto económico, refuercen las capacidades de sus equipos sin que el coste suponga un obstáculo.

La intensidad de ayuda del 100% elimina el riesgo económico de emprender una acción formativa, y el anticipo del 80% permite que incluso los negocios con escasa liquidez puedan beneficiarse sin necesidad de recurrir a financiación externa.

El programa también prevé mecanismos de control y seguimiento para garantizar que las ayudas se destinan efectivamente a los fines propuestos. Entre otras medidas, se contemplan auditorías aleatorias, visitas de supervisión, revisión documental y evaluación de impacto.

En caso de incumplimiento de los objetivos formativos o de las obligaciones justificativas, se podrá exigir la devolución parcial o total del importe concedido.

El plazo para presentar solicitudes termina el 16 de julio de 2025 a las 15:00 horas. Desde el momento de la resolución, los beneficiarios dispondrán de un plazo determinado para ejecutar la formación, que deberá desarrollarse antes de finalizar el ejercicio presupuestario.