Aquellos autónomos que residan en el extranjero y sean pensionistas de la Seguridad Social deberán acreditar su vivencia -es decir, verificar que se encuentra con vida- para continuar percibiendo la pensión a la que tienen derecho, siendo la fecha límite para llevar a cabo el trámite hasta el próximo 31 de marzo.

Adicionalmente, podrán llevar a cabo el trámite a través de la aplicación VIVESS, puesta en marcha el año pasado, y que permite realizar el trámite también el resto del año si el pensionista no presentó la documentación y debe reactivar la prestación. Este año, como novedad, también podrán acreditar su fe de vida en esta aplicación digital los pensionistas del extranjero que pertenezcan al Instituto Social de la Marina (ISM) y que suman un 31% del total.

Desde VIVESS, la gestión se realiza por medio del teléfono móvil, y es posible realizar otras operaciones como documentar su residencia fiscal, actualizar la modalidad de pago a transferencia bancaria y renovar sus datos personales o bancarios en cualquier momento.

La Seguridad Social pondrá en marcha una campaña para avisar a los más de 115.000 pensionistas extranjeros 

El Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS) realizará el envío de 115.169 cartas para esta campaña de acreditaciones de la fe de vida, entre los que se encuentran trabajadores por cuenta propia radicados en el exterior.

Las cartas irán dirigidas tanto a los pensionistas no registrados aún en VIVESS, como a aquellos dados de alta en la aplicación pero que no han acreditado la vivencia, y a los que se encuentran registrados y que ya han realizado el procedimiento. 

El trámite consiste en la presentación -anual- dentro del primer trimestre natural del año de una fe de vida emitida por la Autoridad Competente del país de residencia. Con ella, queda documentada la vivencia para poder seguir percibiendo la pensión reconocida.

La vivencia puede acreditarse en el Registro Civil Consular y a través de cita presencial o telemática ante las Consejerías o Secciones de Trabajo, Migraciones y Seguridad Social.

También es posible realizar el trámite con la aplicación VIVESS, de forma que aquellos autónomos pensionistas extranjeros que no acrediten la fe de vida antes de que termine el período de la campaña -es decir, hasta el 31 de marzo-, podrán presentar la documentación a través de la herramienta digital. 

Una vez que el pensionista haya realizado todas las operaciones necesarias en la aplicación, obtendrá un justificante inmediato confirmando que se han llevado a cabo los trámites, y una confirmación, más tarde, del INSS.

La aplicación VIVESS permite a estos autónomos reactivar el cobro de las pensiones suspendidas

La aplicación digital está diseñada para ser utilizada en cualquier momento, por lo que los pensionistas que no realicen el trámite dentro del plazo previsto, podrán reanudar el abono de la prestación a través de la aplicación.

Así, por medio de VIVESS, se ha reactivado el cobro de más de 2.900 pensiones que quedaron suspendidas por no acreditar la vivencia dentro del trimestre de campaña.