Los autónomos que tienen que lidiar con la Administración tienen derecho, según la Justicia, a saber si los funcionarios que instruyen sus expedientes tienen intereses que puedan hacerles ser parciales y, en su caso, exigir que se aparten.
Los jueces y el Consejo de Transparencia y Buen Gobierno están respaldando a los ciudadanos ante la negativa –especialmente de la Agencia Tributaria– de facilitar la información sobre los servidores públicos.
Para los expertos en transparencia, las administraciones “no pueden seguir utilizando la protección de datos como excusa para ocultar quién toma las decisiones”, porque eso conduciría a un estado “no democrático”.
- La Justicia obliga a Hacienda a dar los nombres de los funcionarios que instruyen expedientes
- La transparencia protege a los autónomos y evita prácticas fraudulentas
- Los jueces consolidan la doctrina sobre la identificación de funcionarios
- La Justicia refuerza las garantías para autónomos y pymes
La Justicia obliga a Hacienda a dar los nombres de los funcionarios que instruyen expedientes
En una reciente sentencia a la que ha tenido acceso este medio, la Justicia ha ordenado a la Agencia Tributaria “entregar al recurrente” en el plazo de tres meses los datos personales –nombre, apellidos y número profesional (NUMA)– de los funcionarios que instruyeron y resolvieron una denuncia, en cumplimiento de la Ley 19/2013 de Transparencia y Buen Gobierno.
La magistrada del Juzgado Central de lo Contencioso-Administrativo nº12 de Madrid concluyó que la identidad profesional de los empleados públicos no es un dato personal protegido, salvo en casos excepcionales de seguridad o derechos prevalentes. Así lo recogió expresamente la resolución en la que justifica que “no puede hablarse de que la identidad del empleado sea un dato personal que pueda el afectado oponerse a que se divulgue”.
Además, la Agencia Tributaria tendrá que hacerse cargo de las costas del juicio aunque la cantidad concreta se determinará posteriormente, tal y como dicta la Ley que regula la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.
Miguel Ángel Blanes Climent, doctor en Derecho y experto en Transparencia, valoró la importancia de esta resolución para los autónomos porque “tienen derecho a conocer la identidad de los funcionarios” aunque haya que recurrir al amparo de los tribunales como en este caso debido a que “a la Administración le cuesta mucho actuar con transparencia y dar los datos”.
Blanes planteó que puede tener sentido proteger la identidad mientras se está tramitando un expediente, para evitar presiones externas, pero una vez concluido, no hay motivo para mantener el anonimato.
La transparencia protege a los autónomos y evita prácticas fraudulentas
Un hecho «muy relevante» que podría ser impugnado por un autónomo cuando es objeto de una inspección por parte del Fisco, explicó este experto en derecho y transparencia. Si se diera el caso, «el funcionario debería abstenerse para garantizar la integridad del procedimiento”, concluyó.
Además, la sentencia recalca que la Abogacía del Estado no ha acreditado que en este caso dicha información “comprometa la seguridad de los empleados públicos” porque si así hubiera sido habría prevalecido “la confidencialidad” de los datos personales “especialmente aquellos que faciliten la localización de las personas o de su centro de trabajo”.
Blanes recordó asimismo que la transparencia no solo protege a los contribuyentes investigados por la Administración, sino también a los autónomos que interponen denuncias o reclamaciones.
“La transparencia permite evitar prácticas fraudulentas o incluso corruptas. Si se oculta quién instruye un expediente, puede haber intereses detrás de dejar morir una denuncia en un cajón”, advirtió.
Este experto insistió en que este derecho es una garantía para la defensa de todos los contribuyentes y para el control de los procedimientos de la Agencia Tributaria y de otros organismos inspectores.

Los jueces consolidan la doctrina sobre la identificación de funcionarios
Conocer quién ha instruido un procedimiento, añadió el experto, es fundamental para garantizar la imparcialidad de la Administración porque “es necesario conocer la identidad del funcionario para comprobar si existe alguna relación de amistad, familiaridad o interés –personal o empresarial– con la persona afectada”.
Aunque el fallo se ha producido en primera instancia, la Audiencia Nacional mantiene la misma línea doctrinal en instancias superiores. De hecho, Blanes apuntó a que ya existen varias sentencias similares no solo sobre inspectores de Hacienda, sino también sobre los de Trabajo y Seguridad Social.
“Los interesados en un procedimiento administrativo tienen derecho a identificar a las autoridades y al personal al servicio de las Administraciones Públicas bajo cuya responsabilidad se tramiten los procedimientos”, recoge de hecho la sentencia al citar la doctrina de la Audiencia Nacional.
“No es la primera vez que los jueces fallan en este sentido” y, aunque el Supremo todavía no se ha pronunciado, “difícilmente podrá apartarse de esta doctrina porque está muy bien fundamentada y no hay legislación que la contradiga”, señaló Blanes.
El experto recordó también que el Consejo de Transparencia y Buen Gobierno lleva defendiendo este principio desde hace cinco años, mientras que la Ley 39/2015 del Procedimiento Administrativo Común, en su artículo 53.1.a, reconoce expresamente el derecho de los ciudadanos a identificar a las autoridades, “sean políticos o funcionarios”.
Sin embargo, la Agencia Tributaria se amparaba en la Ley General Tributaria para negar las peticiones de información y tratar de esquivar las peticiones de mayor transparencia.
La Justicia refuerza las garantías para autónomos y pymes
El experto en transparencia consideró que para los autónomos y pequeños empresarios, que con frecuencia se enfrentan a inspecciones, sanciones o reclamaciones ante la Administración, esta sentencia supone una garantía adicional porque:
- Podrán saber con quién están tratando y exigir imparcialidad.
- Tendrán más herramientas para detectar posibles conflictos de interés.
- Refuerza la defensa jurídica ante expedientes administrativos complejos.
En palabras de Blanes “reconocer este derecho es esencial” porque de lo contrario “estaríamos en un estado oscurantista, no democrático”.
De esta forma, la sentencia marca un nuevo hito en la relación entre la Agencia Tributaria y los autónomos porque, según el experto, obliga a Hacienda a dar un paso más en materia de rendición de cuentas y puede servir de precedente para otras áreas donde se piden datos de funcionarios responsables de procedimientos.
Miguel Ángel Blanes consideró que la sentencia es también un toque de atención al Estado que ya “no puede seguir utilizando la protección de datos como excusa para ocultar quién toma las decisiones”. En definitiva, la Justicia ha recordado que la Agencia Tributaria está al servicio de los autónomos, no al revés.





