La Tesorería General de la Seguridad Social (TGSS) está pidiendo información a los autónomos societarios sobre las personas que se encuentran vinculadas a su empresa. Según una comunicación del organismo, cualquier empresario debe notificar los datos de estas personas, lo que permite conocer a los titulares reales del negocio y los porcentajes de participación.
Así, entre la información que pide el organismo público se encuentra el control efectivo, o la prueba en contrario, que permite clarificar los casos en que existe una relación laboral remunerada.
Como explicó a este medio el graduado social y experto laboral Daniel Blas, este trámite se debe a la implementación del nuevo sistema de cotización por ingresos reales, para ayudar a establecer la base de cotización del trabajador por cuenta propia. El aumento de información que coteja la Seguridad Social está en marcha “como parte del nuevo sistema de cotización del RETA conforme al famoso rendimiento”.
- La Seguridad Social recopila los datos de las empresas para establecer la base de cotización definitiva
- ¿Qué datos quiere conocer la Tesorería?
- La Seguridad Social elevó la cuota de los autónomos societarios para este año
La TGSS recopila los datos de las empresas para establecer la base de cotización definitiva
Desde la implementación del Real Decreto Ley 13/2022 con la cotización por ingresos reales, se establece el pago de cuotas a partir de los beneficios que obtenga el autónomo, tras su declaración en el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF) de cada ejercicio, mediante el cruce masivo de datos entre la Agencia Tributaria y la Tesorería.
Según la disposición transitoria primera de la norma, también se prevé el despliegue gradual del nuevo sistema de cotización por ingresos reales durante el período 2023 a 2031. Durante este tiempo, el sistema se va ir revisando y ajustando periódicamente.
En este marco, la Seguridad Social estableció, en el caso de los empresarios, computar para el cálculo de sus rendimientos la totalidad de los rendimientos íntegros, dinerarios o en especie provenientes de su participación en empresas, siempre que tengan una participación igual o superior al 33%, o del 25% en caso de ser el administrador. Además, se tienen en cuenta los rendimientos del trabajo que también perciban de su actividad o servicios en esas empresas.
Es decir, que la Tesorería incluye, en el caso de un autónomo societario, el rendimiento de la actividad económica, el salario que obtenga vía nómina y los dividendos de las sociedades donde tenga las participaciones mencionadas anteriormente. “Como la norma dice que se incluye para el cálculo de la base de cotización definitiva los rendimientos que se puedan obtener de las empresas de las que se tiene el control efectivo, este trámite persigue saber cómo está configurada la empresa”, apuntó el graduado social.
Esto permite conocer más tarde (una vez presentada la renta) que los rendimientos que cruce con Hacienda de esa sociedad hay que incorporarlos para el cálculo de la base de cotización definitiva.

¿Qué datos quiere conocer la Seguridad Social?
Según la comunicación de la TGSS, la información que pide tener actualizada la Seguridad Social es la de cualquier persona vinculada a la empresa, aportando su DNI y el NIF del negocio y los datos siguientes:
- La condición de socio.
- El tipo de socio.
- El porcentaje de participación.
- El control efectivo.
- La prueba en contrario.
Como apuntó Blas, en el caso de la condición de socio, sirve para indicar el perfil: si se trata de un socio capitalista, un socio trabajador, o un socio administrador, por ejemplo. Mientras, en el caso del tipo de socio, permite consignar si se trata de una sociedad limitada, una sociedad civil o una cooperativa. “Una cosa es el tipo de socio y, otra, la condición que tienes”.
Asimismo, mientras que el porcentaje de participación refiere a la porción exacta del capital o acciones que posee de la empresa, el control efectivo refleja su capacidad real de tomar decisiones en el negocio.
En cuanto a la prueba en contrario del control efectivo sociedad, según detalló el experto, se señala porque la norma establece que, salvo prueba en contrario, existen una serie de supuestos en los que se considera que el contribuyente tiene el control efectivo de la sociedad, implicando el alta de autónomo.
Esto queda recogido en el Artículo 305 de la Ley General de la Seguridad Social, incluyendo los casos en que al menos la mitad del capital de la sociedad esté distribuido entre socios con los que conviva y a quienes se encuentre unido por vínculo conyugal o de parentesco por consanguinidad, afinidad o adopción, hasta el segundo grado.
También, cuando su participación en el capital social sea igual o superior a la tercera parte del mismo, o que su participación en el capital social sea igual o superior a la cuarta parte del mismo, si tiene atribuidas funciones de dirección y gerencia de la sociedad. “Es decir, con un tercio del capital social de la sociedad limitada, según la ley, tengo el control efectivo y estaría encuadrado en autónomos”, añadió el graduado social.
Sin embargo, este mismo trabajador por cuenta propia puede estar en su día a día prestando servicios también con un sueldo, lo que requeriría prueba en contrario. “Si también orbita bajo la dependencia de una relación laboral (tener horario, estar sometido al poder de dirección de un empresario, etcétera), si se prueba –prueba en contrario–, el autónomo podría estar en el Régimen General”, aclaró.
La Seguridad Social elevó la cuota de los autónomos societarios para este año
Adicionalmente, el ministerio elevó la base mínima de cotización para los autónomos y de colaboradores para este 2026. Pese a que la Seguridad Social confirmó a principios de año que mantendría las bases mínimas a los trabajadores por cuenta propia, finalmente se elevó para esta parte del colectivo en la orden de cotización publicada el pasado mes de marzo.
Con el aumento, han pasado de una base de cotización mínima de 1.000 euros al mes en 2025 a 1.413 euros mensuales en 2026, lo que implica un incremento de 135 euros más al mes en cuotas para los que venían cotizando por la mínima.





