Las cuotas mínimas de los autónomos continúan congeladas en 2026 después de que la Seguridad Social optara a finales del pasado año por prorrogar las tablas que estaban vigentes el año pasado, como solicitaba la Federación Nacional de Asociaciones de Trabajadores Autónomos (ATA). Aún así, la decisión no ha impedido que determinados colectivos, como los societarios y familiares colaboradores, hayan sufrido una subida de entorno a 135 euros en sus cotizaciones.
De cara a 2027, todavía no está definido cuánto subirán las bases y cuotas de los trabajadores por cuenta propia ni cómo quedarán las tablas de rendimientos. La negociación entre Seguridad Social y las organizaciones de autónomos tendrá que determinar estas cuestiones y queda por ver si el Ministerio está dispuesto a atender algunas de las condiciones que ATA planteó para aceptar nuevas modificaciones, entre ellas una mejora de la protección y del acceso al cese de actividad. Lo que sí está establecido por ley son varios incrementos automáticos que afectarán a las cotizaciones del próximo año.
El primero es el Mecanismo de Equidad Intergeneracional (MEI), que pasará del 0,9% al 1% de la base de cotización y encarecerá tanto la cuota que paga el autónomo por sí mismo como la cotización empresarial por sus empleados. A ello se añadirá, para los trabajadores con salarios que superen la base máxima, una segunda subida: la cotización adicional de solidaridad, cuyos tipos también aumentarán en 2027. La propia reforma de pensiones establece estas dos vías adicionales de financiación para reforzar los ingresos del sistema.
- El MEI volverá a subir las cuotas que pagan los autónomos por ellos mismos y por sus empleados
- La cuota de solidaridad también aumentará los costes por empleados con salarios altos
- Todavía falta por negociar la nueva subida de cuotas mínimas para los autónomos
El MEI volverá a subir las cuotas que pagan los autónomos por ellos mismos y por sus empleados
El Mecanismo de Equidad Intergeneracional es una cotización finalista creada con la reforma de pensiones para reforzar los ingresos destinados a afrontar el impacto futuro del envejecimiento y de la jubilación de la generación del baby boom. Su subida está fijada de antemano por la legislación y no depende de que cada año exista o no un acuerdo sobre la tabla de cotización de los autónomos.
En 2025, el MEI fue del 0,8%; en 2026 ha pasado al 0,9% y en 2027 será del 1%. La disposición transitoria cuadragésima tercera del texto refundido de la Ley General de la Seguridad Social establece expresamente que el próximo año el mecanismo será de un punto porcentual.
¿Cuánto aumentarán las cuotas de los autónomos a causa del MEI desde enero?
En el caso de los trabajadores por cuenta propia, el MEI se aplica sobre su base de cotización y lo soporta íntegramente el propio autónomo. Por tanto, el incremento que habrá en 2027 será de 0,10 puntos porcentuales respecto a 2026.
La cuantía exacta en euros todavía no puede cerrarse porque las bases de cotización de 2027 aún no están aprobadas. Para hacerse una idea, tomando como referencia las bases vigentes en 2026, la base mínima del primer tramo de la tabla reducida es de 653,59 euros y la base máxima general se sitúa en 5.101,20 euros mensuales.
Con esas bases como referencia, el salto del MEI del 0,9% al 1% supondría:
Para una base de 653,59 euros, unos 0,65 euros más al mes, alrededor de 7,84 euros al año.
- Para una base de 1.000 euros, 1 euro más al mes, o 12 euros al año.
- Para una base de 2.000 euros, 2 euros más al mes, o 24 euros al año.
- Para una base de 3.000 euros, 3 euros más al mes, o 36 euros al año.
- Para una base de 5.101,20 euros, unos 5,10 euros más al mes, alrededor de 61,21 euros al año.
Son, por tanto, incrementos relativamente pequeños en términos individuales, pero automáticos y generalizados. Además, las cantidades reales de 2027 serán distintas si cambian las bases de los diferentes tramos.
La congelación de las tablas en 2026 no elimina esta subida. De hecho, la Orden PJC/297/2026 mantiene para este año las bases y tramos y fija expresamente el MEI en el 0,9%, mientras que la ley ya había establecido que en 2027 subirá al 1%.

¿Cuánto aumentará el MEI las cotizaciones que pagan los autónomos por sus empleados?
El efecto sobre los trabajadores por cuenta ajena es diferente porque el MEI se reparte entre empresa y trabajador.
En 2026, el 0,9% se distribuye entre un 0,75% a cargo de la empresa y un 0,15% a cargo del trabajador. En 2027, el total subirá al 1% y el reparto pasará a ser del 0,83% para la empresa y del 0,17% para el trabajador. Es decir, el incremento efectivo será de 0,08 puntos para el empresario y de 0,02 puntos para el empleado.
Para verlo con un ejemplo práctico, un trabajador con una base de cotización de 2.000 euros mensuales generará en 2027 un MEI total de 20 euros al mes. De ellos, 16,60 euros correrán a cargo de la empresa y 3,40 euros se descontarán al empleado. En 2026, sobre esa misma base, eran 18 euros: 15 euros para la empresa y 3 euros para el trabajador.
Por tanto, el incremento empresarial será de 1,60 euros al mes por trabajador, o 19,20 euros al año, mientras que el trabajador soportará 40 céntimos más al mes.
La misma lógica se aplica a salarios superiores. Sobre una base de 2.385,6 euros, cifra que el INE situó como salario bruto mensual medio de los asalariados en 2024, el paso del 0,9% al 1% supondría unos 2,39 euros mensuales adicionales de MEI, de los que aproximadamente 1,91 euros corresponderían a la empresa y 0,48 euros al trabajador.
El coste puede parecer reducido por trabajador, pero se multiplica cuando una empresa cuenta con una plantilla amplia. Un negocio con 20 trabajadores y bases de 2.000 euros, por ejemplo, afrontaría unos 32 euros adicionales al mes, o 384 euros al año, únicamente por el incremento del MEI de 2027.
La cuota de solidaridad también aumentará los costes por empleados con salarios altos
El segundo mecanismo que encarecerá las cotizaciones empresariales en 2027 será la cotización adicional de solidaridad. En este caso, la subida no afecta a todos los trabajadores, sino exclusivamente a quienes perciben retribuciones que superan la base máxima de cotización.
La medida se introdujo con la reforma de pensiones y grava exclusivamente la parte de las retribuciones que excede de dicha base. El legislador justificó su creación como una forma de aumentar la contribución de las rentas salariales más elevadas a la sostenibilidad del sistema.
La cuota, además, es progresiva y se aplica en tres tramos. En 2026 los tipos son del 1,15%, 1,25% y 1,46%, pero en 2027 subirán al 1,38%, 1,50% y 1,75%, respectivamente. Esta senda está fijada directamente en el Real Decreto-ley 2/2023 y continúa incrementándose hasta alcanzar en 2045 el 5,5%, el 6% y el 7%.
La norma también establece que la distribución entre empresa y trabajador mantendrá la misma proporción que la cotización general por contingencias comunes. En la práctica, alrededor del 83,39% del recargo corresponde a la empresa y el 16,61% al trabajador.
¿Cuánto puede llegar a pagar una empresa por un empleado con salario alto?
En 2027 todavía no se puede conocer con exactitud el coste en euros porque la base máxima de cotización de ese año aún no está fijada. Además, esta base se actualiza anualmente y la reforma de pensiones establece que, hasta 2050, se incremente en el porcentaje de revalorización correspondiente más 1,2 puntos adicionales.
Para ofrecer una referencia comprensible, puede utilizarse la base máxima vigente en 2026, de 5.101,20 euros mensuales, como hipótesis de cálculo. En ese caso, la base máxima anual equivalente sería de 61.214,40 euros.
Con un salario anual de 70.000 euros, y aplicando exclusivamente a modo ilustrativo los tipos de solidaridad previstos para 2027 sobre la base máxima actualmente vigente, la empresa asumiría alrededor de 104 euros al año de cuota de solidaridad.
Con un salario de 90.000 euros, el recargo ascendería aproximadamente a 496 euros a cargo de la empresa.
Y con un salario de 120.000 euros, la aportación empresarial rondaría los 875 euros anuales.
Estas cifras no son todavía las cuotas definitivas de 2027: sirven únicamente para mostrar cómo funciona el mecanismo con la referencia de base máxima conocida. Cuando se apruebe la base máxima de 2027, cambiarán los umbrales a partir de los cuales se aplica cada tramo y, por tanto, también el coste final.
La diferencia fundamental respecto al MEI es que la cuota de solidaridad no se aplica a los autónomos por sus propios rendimientos, aunque estos superen la base máxima. El recargo está diseñado para las retribuciones de los trabajadores por cuenta ajena. Un autónomo que cotiza por el RETA no paga esta solidaridad por sus ingresos; sí soporta, en cambio, el 100% del MEI correspondiente a su propia base.
Todavía falta por negociar la nueva subida de cuotas mínimas para los autónomos
La subida de las cotizaciones de los autónomos en 2027 no está, por tanto, completamente definida. El MEI ya tiene fijado por ley el incremento que entrará en vigor en enero, pero todavía queda por determinar qué ocurrirá con las bases mínimas de los distintos tramos de rendimientos y con las cuotas ordinarias que resultarán de ellas. La normativa del nuevo sistema establece que estas bases deben fijarse anualmente, de acuerdo con los rendimientos netos y mediante la correspondiente regulación.
La situación contrasta con la de 2026, cuando el Gobierno decidió prorrogar las tablas de cotización de 2025, de manera que los autónomos mantuvieron sus bases y cuotas ordinarias, aunque el MEI elevó el coste efectivo de sus cotizaciones. La Orden PJC/297/2026 fijó para este ejercicio el MEI en el 0,90% de la base de contingencias comunes.
De cara a 2027, por tanto, habrá que esperar a la negociación entre Seguridad Social y las organizaciones representativas de los autónomos para conocer si se mantienen las actuales bases mínimas o se introducen nuevos incrementos en determinados tramos. Esta negociación será especialmente relevante para los trabajadores por cuenta propia con menores rendimientos y para aquellos que cotizan por las bases mínimas de cada tramo.
ATA ya condicionó su posición ante futuras subidas a que se produjeran mejoras en la protección que reciben los autónomos, entre ellas un cambio en el acceso al cese de actividad. De momento, no existe una nueva tabla aprobada para 2027 que permita afirmar cuánto subirá la cuota ordinaria de cada tramo.
Por eso, las cifras que ya pueden anticiparse para el próximo ejercicio y las que todavía están pendientes de negociación deben diferenciarse claramente. El incremento del MEI y el de la cuota de solidaridad están determinados por la ley y se producirán en enero de 2027. En cambio, cualquier subida adicional de las cuotas mínimas de los autónomos dependerá de las decisiones que se adopten en la negociación para configurar las tablas de cotización de 2027.





