En 2025, la Seguridad Social exige a los autónomos un mínimo de 15 años cotizados para acceder a la jubilación contributiva. Sin embargo, con este periodo no podrán cobrar el 100% de la pensión, sino únicamente un porcentaje ya que se exigen un mínimo de 35 años cotizados para tener derecho a percibir la totalidad de la pensión que le correspondería según su base.
La edad ordinaria de jubilación este año se sitúa en 66 años y 8 meses, salvo para quienes acrediten al menos 38 años y 3 meses de cotización, que podrán retirarse a los 65. En todo caso, para percibir la pensión completa será necesario haber cotizado un mínimo de 36 años y medio.
Quienes no alcancen esa cifra verán reducida su prestación según la tabla de porcentajes que aplica la Seguridad Social. Con 15 años corresponde el 50% de la base por la que estén cotizando, y, a partir de ahí, se van sumando los porcentajes hasta llegar al 100%. Los autónomos con cotizaciones laborales cortas o interrumpidas, pueden jubilarse cumpliendo la edad legal, pero con pensiones notablemente más bajas.
- ¿Cuánto es lo mínimo que deben cotizar los autónomos para jubilarse?
- ¿Qué porcentaje de pensión corresponde a los autónomos según los años cotizados?
- ¿Cuánto cobraría un autónomo que cotiza por la base mínima?
- La pensión mínima en 2025 y el complemento a mínimos
¿Cuánto es lo mínimo que deben cotizar los autónomos para jubilarse?
La normativa establece que los autónomos necesitan al menos 15 años cotizados para poder acceder a una pensión de jubilación en 2025. Este requisito es el mismo que para los asalariados y marca la diferencia entre poder jubilarse con una prestación contributiva o quedarse fuera del sistema.
Con esos 15 años, la Seguridad Social reconoce el derecho a jubilarse siempre que también se cumpla la edad ordinaria, fijada este año en 66 años y 8 meses -o en 65 años si se acreditan 38 años y 3 meses de cotización-. No obstante, quienes se retiren con el mínimo de años cotizados sólo percibirán un 50% de su base reguladora, lo que se traduce en una pensión reducida.
Este escenario no es mayoritario, pero afecta a colectivos con carreras laborales interrumpidas o más cortas, como personas que trabajaron largos periodos sin cotizar o mujeres que se incorporaron tarde al mercado laboral. Para estos perfiles, el acceso a la pensión está garantizado, aunque el importe final será considerablemente más bajo que el de quienes han cotizado de forma continua durante toda su vida profesional.
¿Qué porcentaje de pensión corresponde a los autónomos según los años cotizados?
La cuantía de la pensión de jubilación no depende sólo de la edad del autónomo, sino también de los años de cotización acreditados. En 2025, la Seguridad Social aplica una tabla de porcentajes que determina qué parte de la base reguladora corresponde en función de la carrera laboral.
Con 15 años cotizados, el autónomo tiene derecho al 50% de su base reguladora. A partir de ahí, por cada mes adicional se van sumando coeficientes: entre los 15 y los 19 años y un mes se aplica un incremento del 0,21% mensual, y desde ese punto hasta los 36 años y medio, un 0,19% al mes. El resultado es que sólo con 36 años y 6 meses cotizados en 2025 se alcanza el 100% de la pensión.

Esto significa que un autónomo con 20 años de cotización percibiría en torno a un 60% de su base reguladora, mientras que otro con 30 años tendría derecho a aproximadamente un 84%. La reforma de las pensiones, en aplicación progresiva desde 2023, ha endurecido los coeficientes para los tramos más bajos, lo que reduce las pensiones de quienes tienen carreras laborales más cortas y busca incentivar periodos de cotización más largos.
¿Cuánto cobraría un autónomo que cotiza por la base mínima?
Las carreras de cotización cortas reducen notablemente la prestación de los autónomos, especialmente en quienes optaron por cotizar siempre por la base mínima. La mayoría de los autónomos en España cotizan por la base mínima, que en 2025 se sitúa en 960,78 euros mensuales para los tramos más bajos del sistema, cifra de la que depende el cálculo de la base reguladora y, en consecuencia, el importe de la pensión de jubilación.

Si un autónomo se jubila en 2025 con solo 15 años cotizados, la Seguridad Social le reconocerá únicamente el 50% de su base reguladora. En este caso, la pensión resultante sería de unos 480 euros mensuales, aunque posteriormente podría aplicarse el complemento a mínimos para no quedar por debajo de las cuantías mínimas fijadas cada año.

En cambio, si el mismo trabajador hubiera cotizado durante 20 años, su pensión rondaría el 60% de la base reguladora, es decir, unos 576 euros mensuales. Con 30 años de cotización, la prestación ascendería a un 84% de la base, situándose en torno a los 807 euros al mes. Sólo quienes alcancen al menos 36 años y medio de cotización en 2025 cobrarán el 100%, es decir, los 960 euros mensuales de pensión.
La pensión mínima en 2025 y el complemento a mínimos
Aunque el cálculo de la jubilación se realiza en función de los años cotizados y la base reguladora, la Seguridad Social garantiza que ninguna pensión contributiva quede por debajo de las cuantías mínimas fijadas en los Presupuestos Generales del Estado. Para ello existe el llamado complemento a mínimos, que se aplica siempre que los ingresos del pensionista no superen determinados límites.
En 2025, las pensiones mínimas para los autónomos son las siguientes:
- Con cónyuge a cargo: 1.127,60 euros al mes.
- Sin cónyuge (unidad económica unipersonal): 874,40 euros al mes.
- Con cónyuge no a cargo: 830,00 euros al mes.
Esto significa que un autónomo que, tras aplicar los porcentajes, tuviera derecho a una pensión muy reducida (por ejemplo, 480 euros con 15 años cotizados y base mínima), podrá solicitar el complemento hasta alcanzar estas cuantías mínimas.
El acceso a este complemento, sin embargo, está condicionado a que el pensionista no supere los límites de ingresos anuales establecidos por la Seguridad Social, que en 2025 son de:
- 10.723 euros para quienes tienen cónyuge a cargo
- 9.193 euros para quienes no lo tienen





