Hacienda vigilará también las operaciones de los autónomos inferiores a 3.000 euros, según señala el Real Decreto 253/2025, publicado el pasado mes de abril. 

Según confirmaron fuentes de la Agencia Tributaria, esto se debe a diferentes cambios introducidos en el Real Decreto, que hará que la información de los cobros y pagos que le remiten los bancos pase de ser anual a mensual. Y con este cambio, ha eliminado un límite mínimo que existía anteriormente para reportar esta información, que era de 3.000 euros. 

La limitación desaparece en el texto específicamente para comprobar las operaciones de los trabajadores por cuenta propia. Como explicaron, aunque no se detallen las operaciones, los bancos distinguirán entre pagos y cobros con tarjeta y a través de teléfono móvil (por ejemplo, a través de Bizum), además de emitir otro tipo de reportes. 

  1. Hacienda implantará estas medidas para vigilar a los autónomos en 2026 y 2027
  2. El número de comercios que ofrecen Bizum se ha duplicado en el último año
  3. También hay que declarar los ingresos obtenidos a través de Bizum en RENTA

Hacienda implantará estas medidas para vigilar a los autónomos en 2026 y 2027

Para cumplir con las obligaciones en cuanto a la recaudación y la lucha contra el fraude fiscal, la Agencia Tributaria incorporará estas medidas próximamente, con especial hincapié en los trabajadores por cuenta propia:

  • “Se modifica la periodicidad del suministro de la información sobre cuentas y sobre los referidos sistemas de gestión de cobros a los que se encuentren adheridos los empresarios y profesionales, que pasa de ser anual a mensual, desapareciendo el umbral anual neto de 3.000 euros en relación con dichos cobros”

De esta forma, los cobros de pequeño importe que realicen los trabajadores por cuenta propia a través de plataformas de pago de dinero electrónico y entidades de pago, como sucede con la plataforma Bizum, serán conocidas con escasa periodicidad por parte de la Agencia Tributaria como parte de su programa contra la evasión fiscal. 

Como detallaron estas fuentes, la entrada en vigor de estos cambios en el suministro de información que tienen que suministrar los bancos se llevará a cabo en dos fases, en 2026 y 2027. 

A partir de febrero de 2026, se empezarán a llevar a cabo los reportes de información mensuales, en los que se ha eliminado el tope de 3.000 euros. En este caso, las declaraciones informativas que presentarán las entidades serán:

  • Sobre cargos y abonos en cuenta. Según el texto, se incluyen todo tipo de cuentas, bancarias y no bancarias, incluyendo las cuentas de pago.
  • Sobre cobros con tarjeta y cobros con Bizum. En este caso, la información de las declaraciones identifica de manera total al empresario o profesional, que esté adherido al banco “a través de cualquier tipo de tarjeta o pago asociado a un teléfono móvil”. La información también incluirá el número de comercio con el que se opera y los TPV (terminales de venta).
  • También se identificará cualquier otro dato que sea relevante para el cumplimiento de este nuevo Real Decreto. 
Hacienda controlará también las operaciones de menos de 3.000 euros de los autónomos
Hacienda controlará también las operaciones de menos de 3.000 euros de los autónomos.

Por otro lado, a partir de 2027, se añade también una nueva obligación para los bancos, que presentarán otro tipo de declaraciones informativas “más amplias” que las anteriores, que se reportarán de manera anual. En este caso, sí presentarán importe límite a partir del que informar, según explicaron estas fuentes. Estas incluirán:

  • Operaciones realizadas con todo tipo de tarjetas (abonos, cargos, recargas y retiradas en efectivo y operaciones de gasto en establecimientos). Aunque, para este apartado en concreto, se excluirán las tarjetas con un importe total de cargos y de abonos inferiores a 25.000 euros en el ejercicio.
  • Préstamos, créditos, y movimientos de efectivo. 
  • Saldos bancarios. 

El número de comercios que ofrece Bizum se ha duplicado en el último año

Como ya avanzó este medio, Bizum se ha convertido en un elemento clave para que muchos autónomos y empresarios realicen cobros y operaciones, y, por tanto, es un aspecto destacable del nuevo RD de Hacienda. 

Las medidas se encuentran enfocadas a poder verificar quién hay tras las cuentas, así como saldos y transacciones. Para ello, los bancos informarán del bloque mensual facturado con la plataforma digital.

Debido a la popularidad de Bizum, la herramienta ha ido desarrollando nuevas funcionalidades especialmente enfocadas a autónomos y empresas, como la opción de integrar Bizum en la web de la empresa, o la opción de pasarela de pago para comprar en tiendas online. 

Según datos de la propia compañía, el número de comercios que incorporaron Bizum como método de pago durante el año pasado creció un 56% frente a 2023, quienes también tendrán que adaptar sus sistemas de cobro al nuevo reglamento de programas facturación electrónica. Se trata de 82.000 establecimientos que añadieron la herramienta en sus operaciones diarias.

Asimismo, se llevaron a cabo tres millones de operaciones diarias de media (35 bizums por segundo). El valor total de las operaciones en el año superó los 44.000 millones.

También hay que declarar los ingresos obtenidos a través de Bizum en RENTA

Cabe recordar que los ingresos a través de Bizum ya deben ser declarados en el Impuesto de la Renta sobre las Personas Físicas, al comportarse como el resto de ingresos bancarios de los que hay que dar cuenta a la Administración. Por el momento, existe una limitación para declarar este tipo de cobros, que actualmente se encuentra en los 10.000 euros anuales. 

Sin embargo, con los nuevos reportes de información que practicarán los bancos, la Agencia Tributaria tendrá acceso a operaciones que quedaban en la esfera privada, así como a todas las operaciones que lleven a cabo los trabajadores por cuenta propia que puedan derivarse de su actividad profesional.