El Ministerio de Vivienda y Agenda Urbana ha lanzado una nueva herramienta digital para que los arrendadores conozcan el precio máximo al que pueden actualizar la renta del alquiler, según la cuantía que ya perciben y el tipo de contrato, y la fecha en que este se firmó.
Con este instrumento web obtendrán un resultado directo del precio máximo para el mes en curso consultado, a partir de la fórmula de actualización que sea necesaria según el caso, dado que el cálculo variará si se trata de contratos anteriores a la entrada en vigor de la Ley por el Derecho a la Vivienda o posteriores a la normativa, del pasado 23 de mayo de 2023.
Así, los autónomos que arrenden alguna vivienda podrán emplear esta herramienta para conocer la revalorización que pueden aplicar, y que será en base al Índice de Precios al Consumo (IPC) -firmados con anterioridad a la entrada en vigor de la ley- o al Índice de Referencia de Arrendamientos de Vivienda (IRAV), puesto en marcha el pasado 1 de enero, que topó la subida de los precios de los alquileres.
Cabe recodar que, según explicaron fuentes del sector inmobiliario a este medio, la ley de Derecho a la Vivienda ha producido que se contraiga la oferta en el mercado de vivienda habitual. Según un estudio realizado por la Federación de Asociaciones Inmobiliarias (FAI), esta caída supone ya más de un 36%, debido a que la mayoría de arrendadores en nuestro país son pequeños propietarios.
Los autónomos con contratos regidos por el IPC podrán revalorizar su vivienda un porcentaje superior que aquellos sujetos a la nueva ley
Para los trabajadores por cuenta propia que hayan realizado contratos antes del 23 de mayo de 2023, la subida máxima corresponderá al IPC de noviembre, que se situó en un 2,4%. En cambio, si firmaron el contrato con sus inquilinos después del 24 de mayo de 2023 o el contrato está sujeto al IRAV, la subida será del 2,2%.
Este porcentaje del 2,2% ha sido publicado por el Instituto Nacional de Estadística (INE), que establece los porcentajes a los que se incrementarán los contratos que tengan que revalorizar su renta y hayan sido firmados después de la entrada en vigor de la ley.
Como ejemplo, un autónomo que tenga que actualizar el alquiler este mes de enero y cobre a su inquilino una cuota mensual de 1.200 euros, podrá subir el precio hasta los 1.228,8 euros si el contrato se firmó antes del 23 de mayo de 2023, y un máximo de 1.226,4 euros si se firmó con posterioridad a esa fecha o el contrato está sujeto al IRAV.
El sector inmobiliario alerta de que autónomos y otros propietarios están abandonando el mercado de alquiler de vivienda habitual
Según un comunicado de a Federación de Asociaciones Inmobiliarias (FAI), la nueva Ley de Derecho a la Vivienda no está solucionando la crisis habitacional y más de un tercio de las viviendas de alquiler habitual han desaparecido en 2024.
Como revela un estudio realizado por la federación a principios de este año, desde la entrada en vigor de la ley el 21,67% de los propietarios ha trasladado su vivienda al mercado de alquiler temporal o turístico y un 13,07% lo ha hecho al de compraventa.
Estos resultados están en línea con los datos del INE, donde las viviendas de uso turístico han crecido en los dos últimos años, incrementándose más del 16% solo en el último año hasta alcanzar las cerca de 400.000 censadas. Estas viviendas, además, ya ofertan más plazas de alquiler que los hoteles, los camping o los alojamientos de turismo rural, entre otros.
Desde la asociación, demandan una revisión de la ley con medidas incentivadoras y, como ya explicaron a este medio, que no generen temor en los arrendadores.





