El presidente de Aragón, Jorge Azcón, anunció recientemente la inmediata tramitación de la Ley de Apoyo a la Empresa Familiar, cuyo anteproyecto de ley se sometió a información pública el pasado mes de diciembre.
Según el texto, la finalidad es dotar a las transmisiones de negocios de la comunidad autónoma, y en las donaciones y las sucesiones, de un marco fiscal que se adecúe más a la realidad del territorio, especialmente en el caso de la empresa familiar, que tienen gran impacto en la economía aragonesa, a fin de favorecer el cumplimiento de los requisitos que permiten acceder a las deducciones en ambos supuestos.
En concreto, hay más de 28.000 empresas familiares en la región, “las más numerosas” en la CCAA y las que generan, según datos aportados por el gobierno regional, 165.000 empleados.
Según señaló Azcón en la reciente entrega de los Premios Empresa Familiar de Aragón, este paso es necesario para las empresas y se trata de un “acto de justicia”, que servirá para fomentar la competitividad de las mismas en el territorio gracias a los incentivos fiscales.
Como avanza el anteproyecto de ley, las modificaciones se basan en aclarar lo que ya establecía la normativa anterior, facilitar la carga probatoria en determinados casos o flexibilizar los requisitos de acceso a las deducciones y ampliar la protección fiscal en el caso de la empresa familiar.
El texto definitivo podría estar listo para la semana que viene
Por el momento, el anteproyecto señala que en la reducción para la adquisición mortis causa de la empresa individual, se buscará que la transmisión del negocio por parte de un heredero a otro no suponga, bajo determinadas condiciones, la pérdida del beneficio para el primero, siendo en el beneficio por este tipo de adquisiciones donde previsiblemente se concentrarán mayores novedades.
Como ejemplo, se facilita el cumplimiento del requisito para demostrar que existe implicación gerencial en las sociedades de las que se heredan las acciones, para que se pueda cumplir en el año del fallecimiento o el anterior, a fin de acceder a la deducción del 99%.
También se aclara, más explícitamente que antes, que en las adquisiciones mortis causa que permiten acceder a la reducción del 99%, el grupo de parentesco que hay que tener en cuenta tanto para verificar que se da el requisito de control de la entidad como el de realización de labores directivas, sea de hasta el cuarto grado.
Por otro lado, en la transmisión lucrativa inter vivos del negocio individual, se facilita el cumplimiento del requisito de que lo donado esté exento en el Impuesto sobre el Patrimonio y se flexibiliza la condición de mantenimiento de lo adquirido durante 5 años.
Así, en este supuesto, se aclara que no se perderá la reducción si, en ese mismo período, los bienes o derechos sobre la empresa o el negocio se aportan a una sociedad y las participaciones o los derechos sobre las mismas recibidas a cambio cumplen los requisitos de la exención, o si se transmiten a otro heredero que se haya beneficiado o se hubiera podido beneficiar de esta reducción.
En la regulación de la transmisión lucrativa inter vivos de participaciones en entidades, también se rebaja la edad que debe tener el donante para aplicar el beneficio, que pasa a ser 60 años.
Sin embargo, como señalaron fuentes del Departamento de Presidencia, Economía y Justicia del gobierno aragonés a este medio, aún se está terminando el texto definitivo, del que se prevé una visión más clara para la próxima semana, cuando se haya aprobado por el Consejo de Gobierno. Posteriormente, se remitirá a las Cortes para sellar el trámite parlamentario.
“Probablemente, la semana que viene se aportarán más detalles. Por el momento, se está ultimando el texto, que se aprobará en el Consejo de Gobierno la próxima semana, si todo sigue su curso”.




