Hacienda arrancó hace más de un mes la campaña de la RENTA y por segunda vez todos los autónomos, independientemente de los ingresos que obtuvieron el año pasado, deberán presentar la declaración de IRPF. Un año más, la Agencia Tributaria ha repasado algunos de los datos personales y económicos que aconsejan revisar antes de presentar la autoliquidación, y así evitar posibles errores.
La Agencia Tributaria enumeró a través de un comunicado algunos de los datos que pueden cambiar de año en año, y que a menudo los autónomos -y el resto de los contribuyentes- no comprueban en el borrador antes de presentar la declaración. Un simple error en algunos de estos campos puede suponer una sanción por parte de Hacienda, pero también, en el mejor de los casos, perder cientos de euros de deducciones. Eso sin contar los posibles retrasos que se podrían generar en la devolución.
Si bien es cierto que todos los contribuyentes en general deberían revisar el borrador de la declaración antes de presentarla. Según apuntaron distintos asesores y gestores consultados, esto es aún más cierto si cabe en el caso de los autónomos, ya que la Agencia Tributaria no incluye muchos de los datos de los trabajadores por cuenta propia, tanto ingresos como deducciones.
Diez datos que deberían revisar todos los autónomos antes de presentar la RENTA
Según explicaron desde la Agencia Tributaria, «siempre resulta conveniente revisar el borrador de declaración que ofrece la AEAT». A través de ‘Renta Web’ la información será la más actualizada posible pero, en todo caso, «la Agencia puede no disponer de todos los datos con trascendencia en la declaración, datos que quizá el contribuyente deba incorporar al borrador de declaración», reconocieron.
Algunos casos típicos que aconsejan esta revisión son los siguientes:
1. Deducciones autonómicas
Cada comunidad autónoma aplica sus propias deducciones fiscales. Es fundamental comprobar que se aplican correctamente según el lugar de residencia habitual del contribuyente.
2. Inmuebles y sus referencias catastrales
Es importante verificar que todos los inmuebles que se poseen o se usan estén correctamente declarados con su referencia catastral, ya que esto influye en imputaciones de renta y posibles deducciones.
3. Circunstancias personales y familiares (si cambiaron en 2024)
Cambios como nacimientos, fallecimientos, matrimonios, separaciones o discapacidades pueden afectar el resultado de la declaración, tanto en mínimos personales como en deducciones.
4. Arrendamientos de inmuebles
Tanto si el autónomo es arrendador como arrendatario, es clave comprobar que los ingresos y/o gastos por alquiler están bien reflejados y se aplican las reducciones o deducciones que correspondan.
5. Transmisiones
Las ventas de bienes (viviendas, vehículos, acciones, etc.) deben aparecer correctamente, con sus valores de adquisición y transmisión, ya que generan ganancias o pérdidas patrimoniales.
6. Aportaciones a planes de pensiones
Estas aportaciones permiten reducir la base imponible, por lo que conviene asegurarse de que figuran correctamente para no perder ventajas fiscales.
7. Cuotas sindicales
Pueden deducirse parcialmente en la base imponible general, por lo que es recomendable revisar que se han incluido si se ha hecho alguna aportación.
8. Percepciones por subvenciones y otras ayudas
Subvenciones, especialmente las vinculadas a la actividad económica, deben declararse adecuadamente, ya que tributan como ingresos y omitirlas puede acarrear sanciones.
9. Deducciones familiares y por maternidad
Padres con hijos menores, familias numerosas o con personas con discapacidad a cargo pueden beneficiarse de deducciones importantes. Es vital revisar que los datos estén actualizados y completos.
10. Deducción por inversión en vivienda habitual
Quienes adquirieron su vivienda habitual antes de 2013 pueden seguir aplicando esta deducción si cumplen los requisitos. Es importante confirmar que se ha incluido correctamente.
¿Qué datos de los autónomos sí suele tener Hacienda y podrían aparecer en el borrador de RENTA?
Aunque la Agencia Tributaria no tiene muchos de los datos de los autónomos en estimación directa, hay cierta información que sí está en sus bases de datos, aunque luego no siempre aparezca en el borrador.
-
Facturas con retención del cliente
En este apartado se recogen todos los ingresos de su actividad que ya han contado con una retención por parte del cliente en la factura, o bien ya han sido declaradas por el autónomo, por ejemplo, en las declaraciones trimestrales.
Así, se recogen los siguientes datos:
- Código de ingreso.
- NIF del pagador.
- Nombre del pagador.
- Clave: actividades profesionales
- Retribuciones dinerarias: cantidad total facturada por el autónomo al cliente.
- Retenciones aplicadas por estas retribuciones.
- Retribuciones en especie, en caso de existir.
- Ingresos a cuenta.
- Ingresos a cuenta repercutidos.
-
Datos censales sobre actividades económicas de alta en 2024
Por otro lado, los autónomos también podrán consultar el código de la actividad -o actividades- en las que permanecieron de alta el año pasado en el Impuesto de Actividades Económicas (IAE). Estos datos suelen aparecer en el borrador, pero también es importante verificar que se incluyen todos los epígrafes donde se desarrolló la actividad en 2024.
-
Cotizaciones al Régimen Especial de Trabajadores Autónomos
Otro dato habitual que suele tener Hacienda sobre los autónomos son las cuotas que pagaron el año pasado a la Seguridad Social por permanecer afiliados al Régimen Especial de Trabajadores Autónomos (RETA).
Se trata de un dato importante, ya que se trata de un gasto deducible en la RENTA y que, por tanto, se minorará del total de ingresos de actividades económicas declarados.
-
Datos sobre ayudas percibidas
Por otro lado, el informe de los datos fiscales de los autónomos también cuenta con otra información relativa a cualquier otro ingreso que tuvieran el año pasado y que fuera susceptible de tributar en el IRPF. Aunque, en muchos casos, estos datos ya se incluirán en el borrador de la declaración por defecto.
No obstante, conviene comprobarlos para “adelantar las gestiones dirigidas a la presentación de la declaración de RENTA correspondiente al ejercicio 2023, que podrás presentar desde el próximo 3 de abril”, afirmaron desde la Agencia Tributaria. Por ejemplo, se pueden encontrar los siguientes datos:




