Seguridad Social impondrá una base de cotización de 1.000 euros a los autónomos que en 2023 no obtuvieron ingresos. Así lo explicó a los graduados sociales, en un documento remitido por la Tesorería hace unos días, coincidiendo con el comienzo de las notificaciones sobre la primera regularización de cuotas para el colectivo.
De esta forma, los autónomos dados de alta que, pese a presentar este año la declaración de la RENTA, no obtuvieron ingresos de actividades económicas el año pasado, la Tesorería considerará que debieron pagar unos 294 euros de cuota. Por tanto, si pagaron la mínima debido a sus bajos rendimientos -230 euros-, deberían abonar 768 euros a la Seguridad Social.
De igual forma, Seguridad Social regularizará a los autónomos que no presentaron la RENTA este año, pese a estar obligados a ello, estableciendo una base de cotización de 1.000 euros durante 2023. En algunos casos, podría suponer la devolución de parte de las cuotas que pagaron, mientras que en otros tendrán que abonar las diferencias.
Se trata de dos de los supuestos especiales sobre la regularización de las cuotas que los autónomos pagaron en 2023. En estos casos, además, las fechas en las que la Tesorería comenzará a notificar el resultado de la regularización serán diferentes a las establecidas en los casos donde los autónomos presentaron la RENTA y declararon ingresos, aunque éstos fueran mínimos.
Seguridad Social establecerá una cuota definitiva de 294 euros a los autónomos que no declararon ingresos en 2023
Según se recoge en el documento que la Seguridad Social remitió a los graduados sociales hace unas semanas, la Tesorería contempla dos supuestos especiales a la hora de calcular el resultado de la regularización de cuotas de los autónomos.
Así, “los autónomos que no han declarado ingresos o han incumplido la obligación de presentación de la declaración del IRPF se les establece una base de cotización definitiva de 1.000 euros para el año objeto de regularización de cuotas. Se recalcularán las cuotas definitivas con las nuevas bases de cotización y se informará del resultado del cálculo.”
Esto podría suponer, como confirmó este diario, que muchos de los autónomos que el año pasado no obtuvieron ningún rendimiento de sus actividades económicas, pese a seguir dados de alta en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos (RETA) tengan que pagar las diferencias de cotización, ajustando su cuota a los 294 que correspondían al tramo de ingresos impuesto por la Seguridad Social. Incluso, aunque cumpliera con la obligación de presentar la declaración de la RENTA.
Por ejemplo, un autónomo que previendo sus bajos ingresos estableciera la base de cotización mínima, a la que correspondía una cuota de 230 euros, Seguridad Social le reclamará la diferencia con la que debería haber pagado con una base de cotización de 1.000 euros. Es decir, 64 euros mensuales. Multiplicado por 12, la Tesorería reclamará 768 euros en total a estos trabajadores por cuenta propia, a pesar de que en 2023 no obtuvieron ningún ingreso de sus negocios.
Los autónomos que no presentaron la RENTA también tendrán una base de cotización de 1.000 euros
Tras la entrada del sistema de cotización por ingresos reales, todos los autónomos, sin excepción, quedaron obligados a presentar la declaración de la RENTA cada año. No haberlo hecho, además de las correspondientes sanciones por parte de la Agencia Tributaria, supondrá un doble castigo por parte de la Seguridad Social, que considerará que cotizaron por una base de 1.000 euros.
Así, podría darse el caso de un autónomo que en 2023 estuviese pagando una cuota superior a 294 y no haya presentado la declaración de la RENTA. La Tesorería le devolvería el exceso de cotización, aunque esto repercutiría en sus prestaciones y también en su futura pensión de jubilación.
Asimismo, los autónomos que este año no hayan presentado la RENTA también podrán ser objeto de sanción por parte del Fisco. Las multas y recargos oscilan entre los 100 euros y el 150% de la cantidad que resultase a pagar, dependiendo del caso, como ya repasó este diario hace unos meses.
Seguridad Social adelantará la regularización de los autónomos sin ingresos o que no presentaron la RENTA
Además de imponerles una base de cotización definitiva de 1.000 euros, como ocurrirá en el caso de los autónomos societarios o colaboradores familiares, Seguridad Social también adelantará las fechas en las que comunicará el resultado de la regularización a los autónomos que, o bien no declararon ingresos en la RENTA, o directamente no la presentaron.
En ambos casos, las resoluciones se enviarán a partir de la segunda quincena de enero. Y, en caso de tener que abonar las diferencias, esta comunicación irá acompañada de un documento de pago, que los autónomos deberán abonar antes del último día del mes siguiente. En este caso, antes del 28 de febrero de 2025.
El resto de las fechas previstas por la Tesorería para realizar las comunicaciones variarán en función del resultado de la regularización. Son las siguientes:
- Trámites de audiencia para renunciar a la regularización: segunda quincena de noviembre.
- Resultado de la regularización neutro: segunda quincena de noviembre.
- Sin periodos que regularizar: segunda quincena de noviembre.
- Resultado a favor de la Seguridad Social: marzo de 2025.





