Cada año que empieza los trabajadores por cuenta propia y las pymes, deben encarar la presentación de sus obligaciones tributarias. Para poder cumplimentar cada una de éstas, es mejor contar con un calendario fiscal que sirva de guía para llevar adelante una ordenada contabilidad. 

Por eso es importante contar en este 2024 con toda la información actualizada sobre los modelos y a qué corresponde cada uno para comprender mejor de qué se trata cada liquidación y llevar un óptimo control mes a mes. 

De esta manera tanto autónomos como empresas pueden llevar las cuentas anuales al día, teniendo en cuenta que existen más de una decena de modelos distintos, que van desde los resúmenes de declaraciones hasta autoliquidaciones de impuestos. 

¿Qué es el calendario fiscal?

Modelos a presentar en enero

Hasta el 2 de enero

Hasta el 22 de enero

Hasta el 30 de enero

Modelos a presentar en febrero

Modelos a presentar en marzo

Modelos a presentar en abril

Desde el 6 de abril

Hasta el 20 de abril

Modelos a presentar en mayo

Modelos a presentar en junio

Modelos a presentar en julio

Hasta el 20 de julio

Hasta el 25 de julio

Modelos a presentar en agosto

Modelos a presentar en septiembre

Modelos a presentar en octubre

Modelos a presentar en noviembre

Hasta el 7 de noviembre

Modelos a presentar en diciembre

¿Qué es el calendario fiscal?

El calendario fiscal de autónomos es una especie de cronograma anual que tiene las fechas más importantes en las que los trabajadores autónomos y también las pequeñas empresas deben cumplir con sus obligaciones tributarias en España.

En este cronograma existen cuatro trimestres a lo largo del año, cada uno con determinadas especificaciones que a continuación se detallan. 

Primer trimestre: desde el 1 de enero hasta el 31 de marzo, se deben presentar los impuestos entre el 1 y el 20 de abril de 2023.
Segundo trimestre: desde el 1 de abril al 30 de junio, se deben presentar los impuestos del 1 al 20 de julio de 2023.
Tercer trimestre: desde el 1 de julio hasta el 30 de septiembre, es obligación presentar los impuestos entre el 1 y el 20 de octubre de 2023.
Cuarto trimestre: desde el 1 de octubre al 31 de diciembre, se deben presentar los impuestos del 1 al 30 de enero de 2024.

El calendario fiscal es sumamente útil para conocer exactamente cuándo se deben presentar los impuestos durante el año. Y de esta manera mantener un orden administrativo y fiscal.

Modelos a presentar en enero

En enero los autónomos y pequeñas y medianas empresas deben presentar una serie de modelos que comienzan el segundo día de este mes.

Hasta el 2 de enero

Antes del 2 de enero se deben presentar los modelos 036 y 037, correspondientes para renuncia o revocación de los regímenes de estimación directa simplificada y estimación objetiva para 2024 y sucesivos.

Hasta el 22 de enero

Modelo 111: lo utilizan tanto autónomos como pymes para declarar e ingresar las retenciones de IRPF. Es para el tributo que hayan practicado durante el último trimestre de 2023 a trabajadores, a otros empresarios o profesionales. 

Modelo 115: sirve para que las empresas y autónomos declaren a Hacienda las retenciones del IRPF sobre los alquileres urbanos. Se declara el último trimestre de 2023 y lo hacen todos los trabajadores por cuenta propia o empresarios que paguen alquileres por locales comerciales u oficinas, lugar donde realizan su actividad. Para los autónomos que presenten el modelo 115, también deben presentar el modelo 180.

Modelo 039: es utilizado para la comunicación de incorporaciones durante diciembre, régimen especial del grupo de entidades de IVA.

Hasta el 30 de enero

Modelos 130 y 131: deben ser presentados por los que tengan la Renta fraccionada, antes del 30 de enero para abonar lo correspondiente al cuarto trimestre de 2023. Para estimación directa se utiliza el modelo 130. Para estimación objetiva se presenta el modelo 131.

Modelo 303: los autónomos y empresarios presentan este modelo para la autoliquidación del IVA del cuarto y último trimestre. No es posible presentar este modelo en papel desde el 1 de enero.

Modelo 309: es para los empresarios minoristas que no están obligados a presentar cada trimestre la declaración periódica del IVA a través de los modelos 303 y 390. Se hace referencia al cuarto trimestre de 2023.

Modelo 349: con este modelo los autónomos realizan operaciones intracomunitarias ante la Agencia Tributaria. Es un modelo informativo y obligatorio pero no está asociado a ningún pago.

Modelo 390: a través de este modelo se hace la declaración recapitulativa de todo el año anterior en materia de IVA.

Modelos a presentar en febrero

Modelo 347: es para la declaración informativa anual de operaciones con proveedores y clientes que superen los 3005,06 €. Se debe presentar desde el 1 al 28 de este mes. 

Modelos a presentar en marzo

Modelo 720: este modelo es para realizar la declaración de bienes en el extranjero y debe presentar del 1 al 31 de marzo.

Modelos a presentar en abril

Luego de cerrar el primer trimestre fiscal del año, en abril se incrementan las obligaciones en relación al mes anterior. 

Desde el 6 de abril

Se debe realizar la presentación telemática de la Declaración de la Renta y Patrimonio a partir del 6 de abril. 

Hasta el 20 de abril

En este caso, los siguientes son los modelos a presentar del 1 al 20 de abril. 

Modelo 111: este modelo es para la declaración de retención e ingreso a cuenta del IRPF.

Modelo 115: en este caso es la declaración de IRPF sobre alquileres urbanos.

Modelo 130: se trata de la declaración trimestral del IRPF en estimación directa.

Modelo 131: este modelo es para la declaración trimestral del IRPF en estimación objetiva.

Modelo 202: con este modelo se convalida el pago a cuenta sobre el Impuesto de Sociedades.

Modelo 303: este se utiliza para la declaración trimestral del IVA.

Modelo 309: corresponde a la declaración del IVA para quienes no están obligados a hacerla de forma periódica.

Modelo 349: este modelo es para la declaración informativa sobre operaciones intracomunitarias.

Modelos a presentar en mayo

En mayo existe una presentación muy importante que los autónomos y empresas deben realizar. Se trata de la siguiente: 

Declaración de la Renta por vía telefónica, entre el 10 de mayo y el 30 de junio.

Modelos a presentar en junio

En junio hay dos declaraciones y liquidaciones que forman parte de las obligaciones fiscales:

Modelo 714: declaración del Impuesto sobre el Patrimonio y se presenta del 1 al 24 de junio.

Modelo 100: presentación de la Declaración del IRPF que tiene como fecha límite el 30 de junio.

Modelos a presentar en julio

Para este periodo con el cierre del trimestre, se deben concretar una lista de obligaciones fiscales, las cuales se describen a continuación.

Hasta el 20 de julio

Modelo 111: se utiliza para la declaración de retención e ingreso a cuenta del IRPF y se presenta del 1 al 20 de julio.

Modelo 115: este modelo corresponde a la declaración de IRPF sobre alquileres urbanos y se presenta del 1 al 20 de julio.

Modelo 130: se utiliza para la declaración trimestral del IRPF en estimación directa y se presenta del 1 al 20 de julio.

Modelo 131: corresponde a la declaración trimestral del IRPF en estimación objetiva y también debe presentarse del 1 al 20 de julio.

Modelo 303: es para la liquidación del IVA del segundo trimestre y se presenta del 1 al 20 de julio.

Modelo 309: con este modelo se valida la declaración y liquidación del IVA para quienes no están obligados a hacerla periódicamente y también debe presentarse del 1 al 20 de julio.

Modelo 349: es para la declaración de operaciones intracomunitarias del segundo trimestre y se presenta del 1 al 20 de julio.

Hasta el 25 de julio

Modelo 200: corresponde a la presentación del Impuesto de Sociedades y debe realizarse desde el 1 al 25 de Julio.

Modelos a presentar en agosto

La Agencia tributaria no especifica en agosto que se deba de proceder a la presentación de impuestos.

Modelos a presentar en septiembre

Al igual que pasa en Agosto, la Agencia tributaria no ha especificado que se deba de proceder a la presentación de ningún impuesto.

Modelos a presentar en octubre

Tras un nuevo cierre de trimestre fiscal, se renuevan las obligaciones fiscales periódicas en octubre, que replica a las de enero, abril e incluso julio. Todas se deben completar entre el 1 y el 20 de octubre. 

Modelo 111: este modelo corresponde a la declaración de retención e ingreso a cuenta del IRPF.

Modelo 115: es para la declaración de IRPF sobre alquileres urbanos.

Modelo 130: convalida la declaración trimestral del IRPF en estimación directa.

Modelo 131: es para declaración trimestral del IRPF en estimación objetiva.

Modelo 303: sirve para la declaración trimestral del IVA.

Modelo 309: se utiliza para la declaración del IVA para quienes no están obligados a hacerla de forma periódica.

Modelo 349: este modelo es para la declaración informativa sobre operaciones intracomunitarias.

Modelo 202: se utiliza para el pago a cuenta sobre el Impuesto de Sociedades.

Modelos a presentar en noviembre

En noviembre las obligaciones fiscales son de fácil cumplimiento pero también importantes.

Hasta el 7 de noviembre

Modelo 102: es para el pago del segundo plazo de la Declaración de la Renta si se optó por fraccionar, a presentarse del 1 al 7 de noviembre. 

Modelos a presentar en diciembre

En diciembre se debe completar una obligación fiscal que de alguna manera marca el cierre del año.

Modelo 202: este modelo corresponde al pago a cuenta sobre el Impuesto de Sociedades y hay que presentarlo del 1 al 20 de diciembre.

Así es el calendario fiscal para autónomos y empresas en 2024, conociendo las fechas, trimestres y modelos que deben presentarse durante cada uno de estos trimestres.