- Los autónomos tendrán que declarar los números de convocatoria de las ayudas que reciban
- El cambio permitirá diferenciar entre ayudas recibidas
- El modelo 347 es uno de los que más requerimientos genera
- El modelo 347 también incluye un apartado para declarar operaciones en efectivo
El modelo 347 de hacienda está diseñado para que los autónomos declaren las operaciones que realizan con clientes o proveedores en el ejercicio fiscal cuando superan los 3.005,06 euros. Sin embargo, también se utiliza para declarar las ayudas que hayan percibido de las Administraciones Públicas que sean superiores a esta cantidad.
Ahora, un nuevo Proyecto de Orden del Ministerio de Hacienda modifica el documento, ampliando la información requerida a declarar sobre las ayudas recibidas con un nuevo apartado, que pide incluir el número de convocatoria concreto de la ayuda en cuestión. “Esto es, principalmente, para ayudar a la mejora de los datos fiscales que se ofrecen”, explicaron fuentes de la Agencia Tributaria.
Esta declaración obliga a informar de la operaciones con terceros —otros autónomos y empresas—. Por tanto, de las entregas de bienes y servicios, teniendo que declarar la transacción tanto el proveedor como el cliente.
Pero Hacienda también toma como operaciones las ayudas, subvenciones y auxilios recibidos, por lo que éstas tienen que declararse cuando superen el importe de 3.005,06 euros, como podría suceder, por ejemplo, con el Kit Digital. De aprobarse la orden de manera definitiva, también habría que incluir los números identificativos de la convocatoria.
Los autónomos tendrán que declarar los números de convocatoria de las ayudas que reciban
Con este Proyecto de Orden, una vez que se apruebe y si no hay mayores modificaciones, se aumentará la información que se declara sobre las ayudas recibidas. Según señala Hacienda en el documento, la finalidad es “mejorar los servicios de asistencia al contribuyente”.
De esta forma, se creará un nuevo campo en el modelo 347, denominado “Número de Convocatoria BDNS”, donde será necesario que los contribuyentes consignen el número de convocatoria que aparezca en la Base de Datos Nacional de Subvenciones para esas ayudas y subvenciones que les hayan sido concedidas.
A un nivel más técnico, este apartado se incluirá dentro del tipo de registro 2 —registro declarado—, siendo las ayudas informadas en el modelo con la clave de operación E.
El cambio permitirá diferenciar entre ayudas recibidas
Según señalaron estas fuentes, la información de ayudas públicas puede venir de dos fuentes que nutren los datos fiscales de Renta, el 347 y el 190, de forma que, si coinciden en importe ayudas recibidas, cabe la posibilidad de que se haya declarado la misma en dos ocasiones diferentes.
“Si son del mismo importe, no siempre sabemos si son dos ayudas distintas o es la misma que nos han comunicado los pagadores por dos vías”.
En estos casos, la Administración avisa de este tipo de fallos para evitar errores posteriores en RENTA. Desde la AEAT aseguran que el nuevo código permitirá evitar estos supuestos y diferenciar con exactitud de qué ayuda se trata.

“Aunque muchos casos se logran depurar y en todo caso avisamos de posibles duplicidades en esos casos, tener el código de la ayuda nos permitirá entrar en las bases de la ayuda y ver si es la misma o no, para que solo aparezca una vez el importe en datos fiscales y así evitar que el contribuyente se equivoque al presentar la declaración”.
Estos cambios se incorporarían para la próxima declaración del modelo. Es decir, para el plazo de presentación que corresponda a partir del 1 de enero de 2026; en este caso, el 28 de febrero de 2026.
El modelo 347 es uno de los que más requerimientos genera
Como ya avanzó este medio, un gran número de los requerimientos para autónomos que reciben los fiscalistas y gestores provienen de errores cometidos en el modelo 347, al no coincidir la información que se declara en este modelo con la que se incluye en otras declaraciones.
Se trata de un modelo con el que Hacienda comprueba el IVA repercutido y soportado, el IRPF y el Impuesto de Sociedades, de forma que si se declara en el 347 una operación por un importe de 3.750 euros, pero en IVA declara una operación 4.200 euros, se genera el descuadre que permite a la Agencia Tributaria identificar que hay un error.
Uno de esos errores que se produce con frecuencia es omitir la declaración de determinados datos al pensar que no deben ser declarados, como sucede con las ayudas. Sin embargo, se deben incluir todas las operaciones que superen el límite de 3.005,06 euros, incluyendo ayudas y subvenciones, operaciones sujetas pero exentas de IVA, cobros o pagos en especie, hipotecas, préstamos bancarios, y operaciones de leasing, entre otros.
Asimismo, el artículo 198 de la Ley General Tributaria establece que no declarar las operaciones en el modelo 347 podría llevar a recibir sanciones por parte de Hacienda por valor de 300 euros por cliente o proveedor omitido.
El modelo 347 también incluye un apartado para declarar operaciones en efectivo
El modelo 347 también permite declarar operaciones en efectivo cuando estas hayan superado los 6.000 euros. Como explicaron desde la Agencia Tributaria, este apartado corresponde a la regulación que existía antes de que se limitaran los pagos en efectivo a los 1.000 euros.
Sin embargo, existe una excepción a esta limitación que se produce cuando los pagos son recibidos de un particular extranjero, donde el límite de la operación se sitúa en los 10.000 euros.
En este caso, si la operación se encuentra por debajo de 6.000 y por encima de 3.005, será necesario incluirla en el modelo. Y si la cuantía excede del límite de 6.000, será necesario especificar en el modelo que la operación es en efectivo.





