Los autónomos que se ven obligados a cerrar su negocio y solicitar la prestación por cese de actividad pueden también solicitar recibirla en un pago único para destinarlo a la creación de un nuevo negocio o pasar a ser socios de una sociedad mercantil, como ocurre con la capitalización del desempleo.
Aunque el acceso a la prestación de por si es complicado (seis de cada diez solicitudes fueron denegadas en 2025), una vez ha sido aprobado el derecho al cese de actividad, si un trabajador por cuenta propia solicita el pago único “es raro que se lo denieguen», explicó José Luis Perea, del Colegio de Graduados Sociales de Madrid.
Sin embargo, hay que tener en cuenta los requisitos a cumplir y determinadas incompatibilidades con el cobro de una sola vez de esta prestación. “Si no se justifica adecuadamente que el dinero recibido se ha destinado a poner en marcha una actividad por cuenta propia pueden solicitar la devolución de parte del importe» puntualizó Perea.
¿Qué autónomos pueden capitalizar la prestación por cese de actividad en 2025?
El artículo 34 de la Ley 31/2015 regula la capitalización del paro (también conocido como “pago único”), es decir, la posibilidad de usar el paro acumulado para empezar una actividad como autónomo o para entrar en una sociedad.
En primer lugar, para poder capitalizar este “paro de los autónomos” es imprescindible haber cesado la actividad como trabajador por cuenta propia y tener derecho a la prestación contributiva por cese de actividad, de hecho, es obligatorio estar cobrando la prestación en el momento de la solicitud.
A partir de este momento la capitalización del cese de actividad se puede solicitar en cualquier momento, siempre y cuando queden por percibir tres o más mensualidades de la prestación. José Luis Perea aclaró que “un autónomo puede comenzar a cobrarlo y pensar durante meses qué es lo que más le conviene, antes de solicitar el pago único”.
Requisitos para poder capitalizar el paro de autónomos
- El dinero del pago único del cese de actividad sólo se puede usar para emprender. Hay tres formas de hacerlo:
- Montar un negocio propio e invertir en lo que se necesite:
- Comprar materiales o herramientas
- Pagar el alquiler de un local
- Alquilar vehículos o maquinaria
- Pagar cursos de formación relacionados con tu actividad
- Entrar como socio en una empresa siempre que sea nueva (creada en el último año) y el autónomo tenga el control y trabaje en ella como profesional.
- Combinarlo: pedir solo una parte en pago único para arrancar el negocio y usar el resto para pagar las cuotas mensuales de autónomo a la Seguridad Social.

- Los autónomos deben haber cotizado al menos 12 meses para poder solicitar el cese de actividad y, una vez concedido, el pago único de ésta.
- “Puedes solicitarlo en cualquier momento, mientras tengas tres cuotas pendientes de cobro”, aclaró Perea.
- Estar al corriente en el pago de las cuotas a la Seguridad Social. “Podrías tener deudas con Hacienda y solicitarlo. En esta situación se valoraría el caso de manera individual”, explicó el graduado.
- Si un autónomo económicamente dependiente (TRADE) deja de trabajar con su cliente principal y cobra el paro de autónomos, no puede volver a trabajar con ese mismo cliente hasta que pase un año. “Si lo hace antes, la Seguridad Social puede pedirle que devuelva toda la prestación que cobró, porque podrían considerar que la baja fue falsa y que en realidad siempre siguió dependiendo de ese cliente”, Aclaró Perea.
- No se puede iniciar la nueva actividad antes de hacer el trámite de solicitud.
- Hay un mes como máximo para empezar la actividad desde que el pago único sea aprobado, y siempre después de haberlo solicitado.
“Eso sí, una vez hecha la solicitud, puedes empezar antes de que salga la resolución y darte de alta en la Seguridad Social”, puntualizó el experto consultado. - La capitalización es incompatible con haber disfrutado de la prestación por cese en los 4 años anteriores.
- Si en los dos años anteriores el autónomo cobró el paro mientras trabajaba por cuenta propia al mismo tiempo, no podrá pedir el pago único del paro para montar un negocio o entrar como socio en una sociedad.
- Este pago único es compatible con el trabajo como asalariado. Perea confirmó que, “un autónomo que haya optado a este pago único si puede iniciar una actividad por cuenta ajena, a jornada parcial o completa, tras haber capitalizado el cese de actividad”.
- El plan de negocio debe estar bien concretado. Es necesario presentar una memoria explicativa sobre el proyecto de inversión a realizar y actividad a desarrollar que explique cómo se va utilizar la prestación para emprender y la viabilidad del proyecto. “Presentar un plan mal definido no lleva a la denegación automática del pago único pero sí a una solicitud de subsanación”, aclaró José Luis Perea.
- Todo el dinero del pago único debe gastarse en poner en marcha la actividad por cuenta propia. “Si no se gasta todo en la actividad a la que inicialmente iba destinado, tendrá que devolverse la diferencia”. Aclaró el experto consultado.
- Cobrar el cese mes a mes no es compatible con la capitalización: en la disposición 5º del artículo 34 de la Ley 31/2015 se establece que el autónomo, deberá elegir entre una de las dos prestaciones y la elección de una de estas prestaciones implicará la extinción de la otra.





