- Las empresas pueden recuperar hasta el 70% de los gastos asumidos
- Solo pueden solicitarla sociedades con actividad industrial en Castilla y León
La Junta de Castilla y León ha abierto una nueva convocatoria de ayudas no reembolsables para empresas agroalimentarias, dotada inicialmente con cuatro millones de euros y con subvenciones que pueden cubrir hasta el 70% de los gastos admitidos. Cada beneficiario podrá recibir como máximo 105.000 euros, siempre que cumpla los requisitos establecidos y haya realizado los desembolsos dentro del periodo considerado subvencionable.
La línea está dirigida a todo tipo de empresas del sector agroalimentario que dispongan de al menos un establecimiento industrial en Castilla y León y desarrollen una actividad incluida entre los códigos admitidos. Las ayudas permitirán financiar seguros de instalaciones, certificaciones de calidad y seguridad alimentaria, determinadas certificaciones vinculadas a la producción y también servicios externos relacionados con comercio electrónico y presencia en redes sociales.
El plazo para presentar las solicitudes comenzó el 22 de julio y finalizará el 1 de septiembre de 2026, por lo que autónomos y pequeñas empresas interesadas disponen de algo menos de seis semanas para completar la tramitación. La concesión es directa y se efectuará por orden de presentación de las solicitudes completas, hasta que se agote el crédito disponible; una circunstancia que puede hacer especialmente relevante no esperar a los últimos días.
Las empresas pueden recuperar hasta el 70% de los gastos asumidos
La convocatoria forma parte del Plan Estratégico de la Industria Agroalimentaria de Castilla y León 2024-2028 y pretende compensar parte de determinados costes que las empresas ya han soportado para reforzar su actividad. En concreto, se consideran los gastos pagados entre el 1 de junio de 2025 y el 31 de mayo de 2026, siempre que encajen en alguna de las categorías previstas y puedan justificarse correctamente.
Uno de los bloques con mayor cuantía corresponde a las pólizas destinadas a cubrir siniestros en establecimientos e instalaciones industriales, para las que el límite máximo de ayuda alcanza los 70.000 euros. También se incluyen determinados seguros de crédito vinculados a operaciones de exportación, que comparten un límite inferior junto con otras actuaciones contempladas por la convocatoria.
En un segundo grupo se encuentran algunas certificaciones, así como los servicios de consultoría externa destinados a implantar o mejorar el comercio electrónico y la presencia de la empresa en redes sociales. Para este conjunto de actuaciones, la subvención puede alcanzar hasta 50.000 euros, dentro siempre del porcentaje máximo del 70% sobre el gasto que finalmente sea considerado admisible.
La convocatoria contempla además ayudas para obtener o mantener certificaciones relacionadas con la calidad y la seguridad alimentaria, entre ellas sistemas reconocidos utilizados habitualmente por fabricantes y distribuidores para acreditar sus procesos. En este apartado, el límite máximo previsto se sitúa en 30.000 euros, de modo que una empresa puede combinar diferentes bloques sin superar el tope global de 105.000 euros.

Solo pueden solicitarla sociedades con actividad industrial en Castilla y León
Aunque la línea puede resultar especialmente aprovechable para pequeñas empresas agroalimentarias, no está abierta a cualquier autónomo que desarrolle una actividad vinculada al sector. La convocatoria exige que los beneficiarios sean personas jurídicas con condición de sujeto pasivo y que, además, sean titulares de al menos un establecimiento industrial situado dentro de Castilla y León.
También deben estar dados de alta en el Impuesto sobre Actividades Económicas bajo un epígrafe que se corresponda con alguno de los CNAE considerados elegibles. Por tanto, la mera comercialización de alimentos no da acceso automáticamente a la subvención, ya que la actividad desarrollada y la existencia del establecimiento industrial forman parte de los requisitos que deben mantenerse durante el procedimiento.
Cada empresa únicamente puede presentar una solicitud y debe hacerlo exclusivamente por vía electrónica mediante la aplicación habilitada por la Administración autonómica. Una vez registrada, la petición no puede modificarse, por lo que cualquier cambio obliga a renunciar previamente a la solicitud presentada y formular otra nueva dentro del plazo establecido.
La dotación inicial asciende a cuatro millones de euros, aunque la convocatoria prevé la posibilidad de ampliar el crédito si existe disponibilidad presupuestaria.
Como se trata de una ayuda de concesión directa y no de una convocatoria competitiva en la que todas las solicitudes se comparen al finalizar el plazo, el orden de entrada de los expedientes completos determinará qué empresas acceden a los fondos, mientras quede presupuesto disponible.





