Después de que el Gobierno confirmara que miles de autónomos tendrán que comunicar de nuevo sus actividades para adaptarlas a una nueva Clasificación Nacional de Actividades Económicas (CNAE) antes del 30 de junio, los abogados laboralistas explicaron a este diario la importancia de actualizar correctamente esta información para evitar complicaciones administrativas, como acarrear problemas con la cotización de sus asalariados a cargo, afectar a determinadas ayudas sectoriales o, incluso, ser sancionados por Hacienda por no tener actualizada esta información.
Como contó este diario hace unas semanas, se publicó un nuevo decreto publicado en el Boletín Oficial del Estado (BOE) que estableció esta nueva obligación para autónomos y negocios de informar de nuevo sobre sus actividades antes del 30 de junio, para adaptar sus códigos a la nueva tabla para la clasificación.
Ahora, los autónomos y negocios que ya contaban con CNAE antes de que entrara en vigor y sus apoderados, tendrán que actualizar estos datos en base al nuevo listado, para lo que tienen de plazo hasta el próximo 30 de junio, mientras que se incorporen a dichos registros a partir de la entrada en vigor de este real decreto, deberán comunicar en el momento de su incorporación la codificación de la variable actividad económica según la CNAE-2025.
No actualizar correctamente la CNAE puede afectar a la cotización de los asalariados de los autónomos
Según explicó a este medio Jaume Barcons, abogado laboralista y socio de la gestoría Barcons, una consecuencia previsible de no actualizar la CNAE atañe a la cotización de los asalariados de los autónomos, al no poder presentar sus seguros sociales. “Lo que puede ocurrir es que cuando vayan a presentar los seguros sociales, la Tesorería, que tiene la referencia de la empresa con la CNAE, verá que no se ha actualizado y, por tanto, al presentarlos, puede dar error, y que haya una incidencia a la hora de presentar esa cotización”
A su vez, si la Tesorería admite la cotización, porque entiende que ese error de la CNAE no afecta la presentación del boletín de cotización, igualmente podría generar problemas en cuanto a las contingencias de los trabajadores, ya que según en qué categoría se encuentren en función del CNAE, se les aplica una tarifa determinada u otra para establecer su cotización por Accidente de Trabajo (AT) y Enfermedad Profesional (EP). Esto se debe a que la Seguridad Social regula primas diferentes para la cotización AT y EP de los trabajadores en función de determinadas características de su actividad.
Como ejemplo, esta cotización resulta especialmente importante, y más elevada, en el caso de aquellas profesiones que presentan un mayor índice de riesgos asociados al puesto o de peligrosidad, como sucede con la minería u otras industrias extractivas, la agricultura, la construcción, actividades de carga y descarga, o actividades de la ingeniería civil, entre otras. “Se trata de tipos específicos dentro de las tarifas de cotización, o código de ocupación, que vienen asociados a un CNAE”.
En concreto, el BOE con la actualización de las actividades establece que, ya se trate de autónomos dados de alta con anterioridad a la entrada en vigor de este RD, o aquellos que se incorporen a los registros a partir de la misma, deberán comunicar tanto la nueva actividad del CNAE -2025-, como la establecida anteriormente -2009-, para el periodo de tiempo que transcurra entre la publicación de este nuevo RD y la entrada en vigor de la legislación de la Seguridad Social en la que establecerá la tarifa de primas para la cotización por accidentes de trabajo y enfermedades profesionales adaptada a la CNAE-2025.
En este caso, si no ha actualizado correctamente la CNAE, y, por tanto, no cotiza correctamente, se podría perjudicar la cotización del trabajador. “Como ejemplo, si en este contexto uno de sus empleados tiene un accidente, la mutua puede no cubrir una parte de ese accidente porque hay una infracotización, resultante de no haber aplicado correctamente las tarifas, que vienen determinadas por el CNAE”.
Para el autónomo sin empleados a cargo, si bien no tiene efectos directos en su cotización, es igualmente necesario contar con el CNAE actualizado en Hacienda, donde debe aparecer declarado correctamente.
Los autónomos y las pymes también deben tener actualizadas sus actividades para otros trámites importantes
Según explicaron los fiscalistas a este diario, la CNAE también debe estar actualizada en la base de datos de Hacienda, que podría sancionar a los trabajadores por cuenta propia por no tener estos datos correctos, y que, si se asimila al artículo 202 de la LGT, supondría una multa de 150 euros.
Además, este código es necesario para realizar otras tareas administrativas esenciales para el negocio. Este es el caso de las sociedades mercantiles, donde el código debe aparecer en las escrituras de constitución de la sociedad, así como en las cuentas anuales que figuran en los registros públicos. También, si el código de la actividad cambia, se debe dar constancia de ello en el Registro Mercantil.
A su vez, algunos códigos CNAE son esenciales para dar acceso a determinadas ayudas o subvenciones públicas, o incentivos para determinados sectores. Así sucede, por ejemplo, con algunas ayudas europeas para el sector industrial vigentes, o con las ayudas a la solvencia para empresas y personas autónomas de los fondos estatales COVID que se pusieron en marcha durante la pandemia para ciertas actividades.
¿Qué trabajadores por cuenta propia deben revisar su CNAE?
Independientemente del tamaño o sector, cualquier negocio debe revisar su código CNAE para cerciorarse de que se adapta a la nueva tabla de actividades económicas. Esto incluye:
- Los autónomos dados de alta en el RETA.
- Negocios que facturen como sociedades mercantiles.
- Autónomos y negocios con asalariados a cargo.





