Los autónomos y los negocios que realicen donaciones a diferentes entidades todavía pueden beneficiarse de los nuevos límites deducibles en la RENTA y el Impuesto de Sociedades establecidos para 2024. Estos donativos podrían suponer un importante ahorro fiscal en las declaraciones que presentarán el próximo año, como recordaron hace unas semanas los economistas, antes del cierre del ejercicio fiscal.

Como ya contó este diario, el Gobierno aprobó hace ya un año la ampliación de los límites deducibles para las donaciones a fundaciones u otras entidades sin ánimo de lucro, con efectos desde 2024. Así, todos los donativos que se realicen hasta el 31 de diciembre ya podrán aplicar estas reducciones en las declaraciones de la RENTA y Sociedades que se presentarán en 2025, con los datos de este año.

Se trata de una cuestión desconocida para muchos autónomos y pequeños negocios, que acostumbran a donar parte de sus ingresos a entidades benéficas o fundaciones. Más aún, apenas una semana después del desastre natural de la DANA, donde miles de personas y empresas han aportado varios millones de euros a ONG como Cáritas o Cruz Roja, entre otras.

No obstante, aunque los límites deducibles en la RENTA y Sociedades para las donaciones aumentaron a principios de este año, los asesores fiscales consultados por este medio recordaron que presentan sus propias particularidades. Mientras que en el IRPF se trata de una reducción aplicable en la base imponible, en el caso de los negocios se trata de un descuento en la cuota que deben pagar.

Novedades en la deducción de las donaciones que autónomos y negocios pueden aplicar en RENTA y Sociedades

Aumenta a 250 euros el límite para deducir el 80% de la donación en la RENTA

La principal novedad de este año en las deducciones por donaciones que pueden aplicar los autónomos en el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF) es el incremento, hasta 250 euros, del límite para deducir el 80% en la base imponible de la declaración de la RENTA.

Sobre el resto de las cantidades donadas, Hacienda ya permitirá, en la próxima campaña del impuesto, una deducción del 40%, o del 45% cuando el donativo se haya repetido a la misma entidad en los dos ejercicios anteriores. Además, desde la asesoría Afiris recordaron que estos límites son ampliables en un 5% si se dona a una entidad prioritaria de mecenazgo, así como que “algunas comunidades autónomas cuentan con deducciones adicionales.”

Ricardo Perpiñán, secretario de la Asociación Española de Asesores Fiscales y Gestores Tributarios (Asefiget) explicó a este diario que, en el caso de la RENTA, la deducción máxima asciende al 10% de la base imponible. Es decir, si la declaración diera una base de 20.000 euros, los autónomos podrían deducir, como máximo, 2.000 euros de las donaciones que hayan realizado durante el año.

Las empresas deben aplicar la reducción de sus donaciones sobre la cuota del Impuesto de Sociedades

En el caso del Impuesto de Sociedades, este año también entró en vigor una ampliación de los límites que los negocios pueden restar por las donaciones que realicen a fundaciones u organizaciones sin ánimo de lucro. En 2024 serán, con carácter general, del 40%, aunque podrían alcanzar el 50% si se ha donado a la misma entidad también durante los dos ejercicios anteriores.

Sin embargo, a diferencia de lo que ocurre en las deducciones por la RENTA, en este caso “va sobre cuota, al no ser un gasto fiscalmente deducible. Mientras que los gastos se deducen sobre los ingresos, en el Impuesto de Sociedades se reduce después de haber restado los gastos a los ingresos, y haber aplicado el tipo impositivo que corresponda a cada negocio”, explicó a este medio Ricardo Perpiñán.

Así, el límite en este caso está fijado en el 15% de la cuota íntegra del impuesto de Sociedades, como explicaron los economistas hace unos días. Aunque, si se excede este límite, “se puede aplicar en los diez ejercicios inmediatos y sucesivos”, añadieron desde la asesoría Afiris.

Economistas y asesores fiscales recomiendan hacer donaciones para reducir la factura fiscal de los autónomos y los negocios

Ante la ampliación de las reducciones en la RENTA y el Impuesto de Sociedades que los autónomos y los negocios pueden aplicar este año por hacer donativos, desde el Consejo General de Economistas (CGE) valoraron, hace unos días, que es una opción para tener en cuenta para reducir la factura fiscal antes de que termine el año.

En concreto, tanto los autónomos persona física como las sociedades que realicen donaciones durante el mes que resta del año, podrían minorar estas cantidades, en los porcentajes establecidos anteriormente, en las declaraciones de impuestos que presentarán en 2025, donde recogerán los resultados que obtengan este ejercicio.

En la misma línea, desde Afiris recordaron esta opción, aunque resaltaron que sería conveniente “confirmar con la entidad que la aportación es deducible y solicitar el certificado.” Ello es debido a que no en todos los casos las organizaciones a las que se hacen donativos cumplen con las condiciones para hacer las deducciones.

Todo, en un contexto donde cientos de miles de personas -entre ellas, muchos autónomos- han efectuado donaciones para ayudar en la recuperación de las zonas afectadas por la DANA. Sobre todo, a organizaciones como Cáritas o Cruz Roja, quienes han conseguido recaudar millones de euros. En ambos casos, se trata de cantidades deducibles en IRPF y el Impuesto de Sociedades.