A pocos días de que finalice el plazo para que las pymes presenten el Modelo 200, para declarar el Impuesto de Sociedades, aún son muchos los pequeños empresarios que no lo han presentado. A pesar de que suele ser el gestor quien se ocupa de los asuntos fiscales, “el autónomo debería ser más proactivo, porque él es el obligado tributario y es a él a quien le impacta el resultado”, explicó María Orea, CEO y fundadora de Tuplanfiscal.com.

Según la experta, uno de los errores más habituales es no tener en cuenta los aspectos que no aparecen automáticamente. Y que, por tanto, los gestores pueden pasar por alto. “Es algo que el autónomo debe estudiar un poco más a fondo. Con mayor motivo si, además, es de los que cierra la contabilidad en estas fechas”.

Lo ideal, según explicó la experta, es “hacer un cierre previo en octubre-noviembre del año inmediatamente anterior, que permita prever lo que se va a pagar. Teniendo en cuenta, además, los pagos fraccionados que se han ido liquidando con Hacienda”.

  1. Errores más habituales y aspectos en los que fijarse en el Impuesto de Sociedades

Errores más habituales y aspectos en los que fijarse en el Impuesto de Sociedades

En gran parte de los casos, los trabajadores por cuenta propia tienden a delegar absolutamente todo en el gestor. Esto es un error, según la experta. “Por muy bien que lo haga el gestor, no es una mente pensante de tu negocio. Y desconoce qué daño real hace en la caja un resultado muy elevado a pagar”, alertó la fiscalista.

Para cualquier autónomo es muy importante contar con un mínimo de educación financiera. Conocimientos que le permitan “entender los aspectos básicos que van a influir, en tanto en los impuestos que paga como en cuándo los paga. Al que van a venir a buscar si tiene alguna deuda o incurre en algún impuesto grande por pagar va a ser a él, no va a ser al gestor”, explicó Orea.

Por ello, revisar el Impuesto sobre Sociedades antes de presentarlo es clave para no pasar por alto deducciones, ni cometer errores. Según explicó la fundadora de Tuplanfiscal.com, los puntos esenciales son el control de la facturación, la correcta identificación del tipo de entidad, los incentivos aplicables y la revisión de las deducciones.

Verificar la facturación y el tipo de entidad

Verificar el tipo de entidad al que se pertenece es fundamental ya que de ello dependerá el tipo impositivo a aplicar y los incentivos que se pueden aprovechar, entre otras cosas.

El tipo de entidad determina los incentivos fiscales que puede aplicar un autónomo
El tipo de entidad determina los incentivos fiscales que se puede aplicar un autónomo.

En palabras de María Orea, “es fundamental saber si somos una sociedad patrimonial o una entidad de reducida dimensión. Es decir, si se facturan menos de 10 millones de euros al año o, por el contrario, se supera esa cifra. Y ojo, porque esto siempre debe analizarse como grupo mercantil: si hay una empresa matriz que lo controla todo, hay que tener en cuenta tanto su facturación como la nuestra para determinar de qué tipo de entidad se trata”.

Incentivos que corresponden

En función de todo lo anterior se va a determinar qué incentivos pueden aplicar los autónomos societarios. “Si se trata de una entidad patrimonial, se podrán aplicar reservas de capitalización y poco más. En cambio, si se tiene actividad y encima se trata de una empresa de reducida dimensión, se podrán aplicar los máximos incentivos posibles”, aclaró Orea.

La reserva de capitalización es uno de los incentivos fiscales más potentes. Premia precisamente a las empresas que reinvierten sus beneficios para crecer, en lugar de repartir dividendos. Por ello, “las entidades que no aplican este mecanismo, a pesar de destinar año tras año sus ganancias a hacer crecer la empresa están perdiendo una oportunidad de ahorro fiscal importante”, apuntó María Orea.

Este año, hay novedades en normativa y modificaciones que han mejorado el porcentaje a aplicar. Según aclaró la fiscalista, esta ventaja fiscal, “se calcula según lo que aumentan los fondos propios de una empresa de un año a otro y sobre eso se aplica el 15% (en 2025 puede llegar al 20-30%, en función de si se crea y mantiene empleo, etcétera)”.

Deducciones aplicables

Para beneficiarse de todas las ventajas fiscales, los expertos recomiendan preparar con antelación la gestión anual del Impuesto sobre Sociedades.

En cuanto a las posibles deducciones que los empresarios deben tener en cuenta, Orea aconseja revisar partidas como la creación de empleo o los gastos en promoción. Son aspectos ligados a la gestión interna del negocio que, si no se comunican correctamente al gestor, pueden quedar sin aplicar en la declaración.

La fiscalista puntualizó que conviene comprobar si se ha creado empleo joven o para personas con discapacidad, o si se ha contratado a alguien en paro o con alguna situación especial. Ya que, en estos casos, es posible aplicar deducciones y reducir el gravamen resultante.

Otro ejemplo son los gastos de representación, como comidas, regalos o invitaciones, destinados a captar nuevos clientes o fortalecer la relación con los actuales. “Estos pueden deducirse con el límite del 1% de la facturación de la empresa”, aclaró la experta consultada.