La capitalización del paro es una medida para fomentar el autoempleo entre las personas desempleadas. Esta fórmula permite cobrar de una sola vez y en un único pago la cuantía completa del paro, para destinarlo a montar un negocio. 

Son miles de personas las que, cada año, pasan a encontrarse desempleadas. Y muchas de ellas deciden acogerse a esta alternativa para cobrar su prestación, de forma que puedan dedicarla a emprender. Durante 2024, en concreto, 49.596 personas decidieron capitalizar su prestación para abrir un negocio, por un importe neto medio de unos 10.400 euros. 

Según trasladaron a este diario fuentes del SEPE, en principio, una vez que se reconoce la prestación al nuevo emprendedor, el plazo para ingresar el importe suele ser en los 10 primeros días del mes. Eso sí, siempre que ese reconocimiento se hubiera producido en el mes anterior. 

  1. El SEPE paga el día 10 de cada mes siempre que haya reconocido la prestación
  2. ¿Qué documentación deben presentar los nuevos emprendedores?
  3. Un autónomo denuncia un tiempo de espera de dos meses para recibir la cuantía de la capitalización

El SEPE paga el día 10 de cada mes, siempre que haya reconocido la prestación

Como detallaron fuentes del SEPE, el servicio público paga el día 10 de cada mes, cuando haya reconocido la prestación y/o capitalización “antes del cierre de nómina del mes anterior”. 

Esta fecha suele ser el último día del mes, si éste no coincide con un fin de semana o un festivo. “Esto es, lo importante es que la reconozcamos, y a partir de ahí, el plazo es bastante corto”.

Según corroboraron desde el Colegio Oficial de Graduados Sociales de Madrid, el reconocimiento de la prestación dependerá de si está toda la documentación necesaria o no. 

Si falta algún documento o la información requerida no está actualizada, entonces hay que solicitarla de nuevo al contribuyente antes de poder tramitar la capitalización del desempleo, lo que provoca un retraso en el ingreso de la prestación. 

¿Qué documentación deben presentar los nuevos emprendedores?

Para poder capitalizar la prestación del desempleo, los emprendedores deben presentar la siguiente documentación, indicada por el Servicio Público de Empleo. En primer lugar, de manera general, y en todos los casos –ya sea para darse de alta como autónomo o constituir una sociedad–, deben incluir:

  • Impreso de solicitud de pago único, en modelo oficial.
  • Documento Nacional de Identidad (DNI), o pasaporte en vigor, o carnet de conducir en defecto de las anteriores.
  • En el caso de ciudadanos o ciudadanas que comparecen en nombre de terceras personas, verificación de la identidad de la persona que comparezca presencialmente, junto con cualquier documento válido legalmente para su identificación.
  • Memoria explicativa del proyecto y de la inversión a realizar. Excepcionalmente, esta memoria no será necesaria si sólo se solicita la subvención de cuotas a la Seguridad Social. 

Asimismo, dependiendo de la actividad que se proponga iniciar, debe presentar:

  • En el caso de constituir una entidad mercantil.
    • Documento firmado por las futuras personas socias en el que conste:
    1. Su identidad.
    2. La manifestación de su voluntad de constituir una sociedad de capital con elección de un tipo social determinado.
    3. El valor y número de acciones o participaciones a suscribir por cada socio o socia.
    4. La identidad de la persona o personas que tengan atribuidas las funciones de dirección y gerencia de la sociedad.
    5. La actividad profesional a realizar por la persona solicitante y que esta va a poseer el control efectivo de la sociedad.
    • Proyecto de Estatutos Sociales donde conste:
    1. La denominación de la sociedad.
    2. El objeto social.
    3. El capital social.
    4. Las participaciones o las acciones en que se divida su valor nominal y su numeración correlativa.
    • Cualquier otra documentación que pueda acreditar la inversión a realizar y/o la viabilidad del proyecto.
¿Cuánto tarda el SEPE en integrar la capitalización del paro para emprender a los nuevos autónomos?
¿Cuánto tarda el SEPE en integrar la capitalización del paro para emprender a los nuevos autónomos?
  • En el caso de que la persona trabajadora pretenda su incorporación a una sociedad mercantil constituida en los últimos 12 meses.
    • Escritura de constitución de la empresa y justificante de su inscripción en el Registro Mercantil.
    • Certificación del órgano de administración de la sociedad donde se indique:
    • Que la persona trabajadora ha solicitado su ingreso en la misma.
    • Las condiciones en que se producirá dicho ingreso para la realización de una actividad profesional encuadrada como persona trabajadora por cuenta propia en la Seguridad Social y que poseerá el control efectivo de la misma.
    • El valor de adquisición de las acciones o participaciones de la sociedad.
    • Fecha prevista en que la persona solicitante efectuará su aportación al capital social.
    • La identidad de la persona o personas que tengan atribuidas las funciones de dirección y gerencia de la sociedad.
    • Memoria del proyecto si se trata de incorporación a una sociedad mercantil que aún no ha iniciado la actividad.
    • Cualquier otra documentación que pueda acreditar la inversión a realizar.
  • En el caso del inicio de actividad autónoma.
    • La solicitud deberá acompañarse de la memoria explicativa sobre el proyecto de la actividad a desarrollar y de la inversión a realizar, salvo que se solicite exclusivamente la modalidad de subvención de cuotas a la Seguridad Social.
    • Cualquier documentación que justifique que el proyecto puede llevarse a cabo.

Además, en el caso de desarrollar una actividad como persona trabajadora autónoma, no será posible realizar el trabajo como autónomo económicamente dependiente (TRADE) cuando hayan firmado un contrato con una empresa con la que ya hubieran mantenido una relación contractual justo antes del desempleo.

Un autónomo denuncia una espera de dos meses para recibir la cuantía de la capitalización

Un autónomo emprendedor, vecino de Talamanca de Jarama (Madrid), se encuentra solicitando apoyo y asesoramiento por un retraso del SEPE en resolver su solicitud de pago único del desempleo, que remitió el pasado 29 de mayo de 2025.

Según detalló este trabajador por cuenta propia, ha presentado múltiples escritos al SEPE para encontrar una solución a su situación. Sin que, por el momento, haya podido recibir “ninguna respuesta”. 

El autónomo, que ya ha puesto en marcha su proyecto a través de una sociedad, con la inversión en el local y la maquinaria encargada, denunció no poder continuar debido a esta paralización administrativa. 

Como explicó, su familia y él se encuentran en una situación económica límite. Por lo que pide poder tramitar la solicitud lo antes posible. Para ello, ha elevado también escrito al Defensor del Pueblo, a fin de buscar alternativas para resolver su situación.