1. Díaz quiere aprobar el nuevo control horario entre esta semana y la que viene
  2. Nuevas obligaciones para las pymes con el nuevo control horario a partir de verano

Después de varios meses de retrasos y de un duro dictamen del Consejo de Estado, el Ministerio de Trabajo afronta la recta final para aprobar el nuevo real decreto que desarrollará el registro de jornada para todas las empresas y autónomos con empleados. La propia Yolanda Díaz afirmó el pasado martes que la norma «está prácticamente lista», y reiteró su intención de que «vea la luz antes del 31 de julio», cumpliendo así el compromiso adquirido con los sindicatos.

La presión sobre el Gobierno ha aumentado en las últimas semanas. Los sindicatos CCOO y UGT han llegado incluso a advertir de que dejarán de negociar nuevos acuerdos con el Ejecutivo si el registro horario digital no se aprueba antes del parón estival. Mientras tanto, el Ministerio de Economía continúa defendiendo que las pequeñas empresas dispongan de un periodo de adaptación más amplio para implantar el nuevo sistema, por el impacto económico y organizativo que supondrá para muchos negocios.

Si finalmente el Consejo de Ministros da luz verde al reglamento durante los próximos días, miles de autónomos con trabajadores y pequeñas empresas tendrán que revisar sus actuales sistemas de fichaje. Aunque el texto definitivo todavía no se ha publicado, el último borrador conocido confirma nuevas obligaciones en materia de registro digital, acceso remoto para la Inspección de Trabajo y trazabilidad de todos los movimientos realizados sobre la jornada laboral.

Díaz quiere aprobar el nuevo control horario entre esta semana y la que viene

El registro horario digital se ha convertido en una de las prioridades del Ministerio de Trabajo tras las dificultades encontradas para sacar adelante la reducción de jornada de 37,5 horas. Al tratarse de un desarrollo reglamentario del Estatuto de los Trabajadores, el Gobierno puede aprobar esta reforma mediante un real decreto, sin necesidad de superar la tramitación parlamentaria que requiere una ley.

Durante los últimos meses, el proyecto ha permanecido paralizado mientras el Ministerio analizaba las observaciones formuladas por el Consejo de Estado y por otros departamentos del propio Gobierno, entre ellos Economía y Función Pública.

Pese a ello, Yolanda Díaz ha insistido en varias ocasiones en que el Ejecutivo mantendría el compromiso de aprobar el nuevo sistema y, esta misma semana, aseguró que el reglamento «está prácticamente listo» y que se encuentra en su fase final de negociación dentro del Gobierno.

La ministra también ha justificado la urgencia de la reforma por el elevado volumen de horas extraordinarias que, según Trabajo, siguen sin declararse correctamente cada año. El objetivo del nuevo sistema es dificultar la manipulación de los registros horarios y facilitar las actuaciones de la Inspección de Trabajo.

¿Qué plazos de entrada en vigor y adaptación tendrá el registro de jornada?

Una de las principales incógnitas que todavía permanece abierta es el tiempo del que dispondrán las empresas para adaptarse al nuevo sistema una vez que el real decreto se publique en el BOE.

En las primeras versiones de la reforma, cuando el registro horario reforzado formaba parte del Proyecto de Ley de reducción de jornada, Trabajo contemplaba un periodo transitorio de seis meses para que las empresas adaptaran sus sistemas de control horario antes de que comenzaran a exigirse las nuevas obligaciones.

En el primera proyecto de Ley del nuevo registro de jornada sí constaba un periodo de adaptación de seis meses que luego desapareció en el Real Decreto.
En el primera versión del proyecto de ley del nuevo registro de jornada sí constaba un periodo de adaptación de seis meses, que luego desapareció en el real decreto.

Sin embargo, durante la tramitación surgieron discrepancias dentro del propio Gobierno. El Ministerio de Economía defendió ampliar ese plazo hasta un año para las pymes, al considerar que muchas pequeñas empresas todavía utilizan registros en papel o aplicaciones que tendrían que sustituirse completamente, con el consiguiente coste económico y organizativo.

A estas diferencias se sumó posteriormente el dictamen del Consejo de Estado, que cuestionó distintos aspectos del proyecto, entre ellos la carga administrativa que podría generar para pequeñas empresas, la adaptación de la norma a determinados sectores económicos y algunos aspectos jurídicos relacionados con el alcance del reglamento. Aunque dicho informe no era vinculante, obligó al Ministerio de Trabajo a revisar parte del texto durante los últimos meses.

Lo llamativo es que el último borrador oficial del Real Decreto ya no incorpora ningún régimen transitorio específico para las empresas. En cambio, la única previsión temporal que contiene es que el reglamento entrará en vigor a los veinte días de su publicación en el Boletín Oficial del Estado, sin mencionar expresamente ningún periodo adicional de adaptación.

No obstante, esta cuestión todavía no puede darse por cerrada. El texto definitivo aún no ha sido aprobado por el Consejo de Ministros y el Gobierno podría introducir modificaciones de última hora antes de su publicación definitiva, incluida la incorporación de un régimen transitorio para facilitar la adaptación de las pequeñas empresas.

Nuevas obligaciones para las pymes con el nuevo control horario a partir de verano

Aunque el contenido definitivo dependerá del texto que apruebe el Gobierno, el último proyecto conocido permite anticipar cuáles serán las principales obligaciones que deberán asumir autónomos y empresas con trabajadores.

La primera gran novedad será la desaparición de muchos de los sistemas tradicionales de fichaje. El borrador establece que todas las empresas deberán garantizar un registro diario realizado por medios digitales, que sea objetivo, fiable y accesible. Además, cada trabajador deberá registrar personalmente el inicio y el final de su jornada, así como las pausas que no tengan la consideración de tiempo de trabajo efectivo.

Otra de las novedades más relevantes será la obligación de que cualquier modificación realizada sobre un registro deje constancia de quién la efectuó, cuándo se produjo y cuál fue el cambio introducido. El objetivo es impedir alteraciones posteriores de los horarios sin dejar rastro y reforzar la seguridad jurídica del sistema.

El nuevo reglamento también obligará a las empresas a elaborar un protocolo interno de organización y funcionamiento del registro horario, informar y formar a toda la plantilla sobre su utilización y conservar toda la información durante un plazo de cuatro años. Asimismo, tanto los trabajadores como sus representantes deberán poder acceder de forma inmediata a los registros correspondientes.

Uno de los aspectos que más preocupa a las empresas es el refuerzo de las facultades de la Inspección de Trabajo. Según el borrador, los inspectores podrán acceder al registro de jornada de forma remota y en cualquier momento, lo que facilitará la comprobación de posibles incumplimientos relacionados con jornadas superiores a las declaradas u horas extraordinarias no registradas.

Todo ello obligará a muchos pequeños negocios –especialmente en sectores como la hostelería, el comercio, el transporte o los servicios– a revisar durante los próximos meses sus actuales sistemas de control horario y valorar la contratación de nuevas soluciones digitales capaces de cumplir todos los requisitos técnicos que finalmente establezca el Gobierno.