El Ministerio de Trabajo ha iniciado los trámites para aprobar por vía urgente la reducción de la jornada de los empleados a 37,5 horas. Como ya avanzó este diario, esta tramitación va a requerir una reforma del Estatuto de los Trabajadores y, de forma casi inédita, se va a llevar a cabo de forma unilateral y sin el respaldo de los empresarios. 

Prácticamente el mismo día que el número dos de Yolanda Díaz comunicó el final de las negociaciones con la Confederación Española de Organizaciones Empresariales (CEOE) y el inicio de los trámites normativos para aprobar esta rebaja, se publicó en el portal del Ministerio de Trabajo la consulta pública para sacar adelante este decreto. Concretamente, se abrió la participación para el «proyecto de ley de reducción de la duración máxima de la jornada de trabajo, el registro de jornada y el derecho a la desconexión digital».

Según el portal de Trabajo, el inicio del trámite de participación, que se puede consultar en este enlace, arrancó el sábado 23 de noviembre y terminará el 7 de diciembre. En este momento, previsiblemente, se pasaría al Congreso la norma para su ratificación y su posterior entrada en vigor, que debería ser a principios de año.

De hecho, según marca la propia consulta, la idea del Ejecutivo es que desde el 1 de enero de 2025 tenga efectos la reducción de la jornada. Sin embargo, como apuntaron algunas fuentes consultadas, para ello no es necesario que la ley esté lista este día, puesto que las horas de los trabajadores se contabilizan de forma anual y se podría aplicar el decreto de forma retroactiva.

De ser así, como ya avanzó este diario y han venido denunciando distintas organizaciones de autónomos y empresarios, los costes laborales de los negocios se dispararán a partir del año que viene puesto que se verán obligados o bien a contratar a otro trabajador para cubrir las horas que dejarán de trabajar la plantilla o bien cerrar la actividad durante ese tiempo, lo que supondría perder ingresos. 

Para cubrir la reducción de un solo empleado con un sueldo medio, los negocios tendrían que gastar en torno a 200 euros mensuales en horas extra. A esto se añade que el Ministerio de Trabajo también ha eliminado las ayudas que prometió a más de 80.000 microempresas y autónomos, por lo que ni si quiera podrán acceder a subvenciones o bonificaciones para compensar estos sobrecostes.

Reducción de la jornada a 37,5 horas a partir del 1 de enero de 2025

Según el texto sacado a consulta pública por el Ministerio de Trabajo, «a partir del 1 de enero de 2025» se pretende reducir la jornada máxima de trabajo de 40 a 37,5 horas directamente, sin pasar por ese periodo de tránsito de 38,5 horas que se había prometido en un primer momento.

De ser así, y salir adelante este texto, en un principio se modificaría el artículo 34.1 del Estatuto de los Trabajadores, que lleva desde el año 1983 sin sufrir ningún cambio. Este artículo pasaría a redactarse de la siguiente manera: «la duración de la jornada de trabajo será la pactada en los convenios colectivos o contratos de trabajo».

Sin embargo, «la duración máxima de la jornada ordinaria de trabajo será de treinta y siete horas y media semanales de trabajo efectivo de promedio en cómputo anual». Además, apunta el texto sacado a consulta, se establecerán «disposiciones específicas tanto para el trabajo a tiempo parcial y las jornadas reducidas».

Además, y a falta de posibles modificaciones, parece que el texto tampoco incluye las ayudas prometidas a 80.000 autónomos y microempresas para paliar los efecto de la rebaja de la jornada. No es que fuera mucho, habida cuenta de que en España hay cerca de un millón de autónomos con asalariados afectados por esta medida, pero ni a los primeros 80.000 ni al resto se les va a compensar por los costes de la reducción de la jornada en su plantilla. Como ya avanzó este diario, tras la negativa de la patronal a aceptar una reducción por ley, el Ministerio decidió también castigar a los negocios sin tan siquiera una compensación económica.

La norma no prevé ayudas ni compensación por la reducción de jornada

Estas ayudas, que se habían prometido directas, no eran tampoco subvenciones a fondo perdido como tal, sino nuevas líneas de Kit Digital y Kit Consulting para menos de un 7% de los empresarios que van a tener que contratar a nuevos trabajadores para suplir las horas que dejen de trabajar sus empleados. 

En cualquier caso, el secretario de Estado avanzó el pasado jueves que ni si quiera se va a ofrecer estas ayudas a los negocios. Según Rey, «no ha sido posible el acuerdo con la patronal», por lo que «el texto cambiará» y desaparecerán las ayudas. Ahora, se ha podido comprobar que el texto tampoco incluye estas subvenciones.

Fuentes de CEOE consultadas se remitieron al comunicado enviado el 5 de noviembre para explicar las causas por las que han rechazado el acuerdo. Según confirmaron a este diario, «por responsabilidad no podíamos aceptar un cambio así por ley», sin tener en cuenta las diferencias por sectores ni el coste económico para algunos negocios.

¿Cuánto tendrán que pagar los autónomos en horas extras si se reduce la jornada a 37,5 horas en 2025?

Según explicaron distintos abogados laboralistas a este medio, de llevarse a cabo a partir del 1 de enero la rebaja de jornada, un negocio cualquiera, sin importar el sector, que quiera mantener el mismo horario cada semana tendría que asumir un coste de dos horas y media extraordinarias semanales –diez horas mensuales– para ello.

Esto sin tener en cuenta a algunos negocios de actividades como la hostelería o en general el sector servicios, que aunque tengan un incremento de la productividad deberían asumir de igual manera estas horas extra puesto que no pueden estar abiertos menos tiempo. 

El sobrecoste medio podría superar los 200 euros al mes por empleado

Según el Estatuto de los Trabajadores, la cuantía a percibir por cada hora extra “no podrá ser en ningún caso inferior al valor de la hora ordinaria”, aunque numerosos convenios colectivos establecen un recargo sobre esta cantidad. Por ejemplo, un 50% más del valor de la hora ordinaria.

Siguiendo este ejemplo, un asalariado que cobre el salario medio en 2024, que ronda los 2.100 euros, percibiría una media de 20 euros por cada hora extra. En el supuesto de que el negocio quisiera cubrir exactamente las dos horas y media que se rebajaría la jornada de cada trabajador semanalmente, debería pagar 10 horas extra mensuales. O, lo que es lo mismo, una media de 200 euros más para cubrir ese tiempo.