1. Europa dice que las indemnizaciones que pagan las pymes españolas son insuficientes
  2. Díaz quiere una indemnización que tenga en cuenta las circunstancias del trabajador
  3. ¿Cuánto pagan las mismas ahora por el despido de un trabajador y cuánto aumentaría la indemnización?

La vicepresidenta segunda y ministra de Trabajo, Yolanda Díaz, ha confirmado este miércoles en el Congreso que el Gobierno pretende reformar la indemnización por despido y elevar su coste para los autónomos y empresas. La ministra ha asegurado que despedir en España es “muy barato” y ha situado en 8.000 euros de media la indemnización que actualmente se paga, una cifra que asciende a unos 12.000 euros en Euskadi.

Díaz respondió así a una pregunta del portavoz económico de EH Bildu, Oskar Matute, sobre si el Ejecutivo tiene previsto modificar las indemnizaciones por despido. Su respuesta fue tajante: “La respuesta es sí”. La vicepresidenta recordó que ya existe una mesa de diálogo social en la que se está trabajando sobre esta cuestión y vinculó la reforma a las críticas realizadas por el Comité Europeo de Derechos Sociales al sistema español.

Para los autónomos y pymes con trabajadores, la reforma puede tener un impacto directo en el coste de extinguir contratos. Sin embargo, todavía no existe una nueva indemnización aprobada ni una cifra concreta de cuánto podría aumentar. Díaz ha descartado que el objetivo sea simplemente recuperar los 45 días por año trabajado que estuvieron vigentes antes de 2012 y ha defendido un sistema que tenga en cuenta las circunstancias particulares de cada trabajador.

Europa dice que las indemnizaciones que pagan las pymes españolas son insuficientes

La intención de Trabajo se produce después de que el Comité de Ministros del Consejo de Europa aprobara en junio una resolución en la que instó a España a modificar su legislación para garantizar que las indemnizaciones por despido improcedente sin causa justificada sean suficientemente disuasorias para el empresario. La resolución asumió las conclusiones previas del Comité Europeo de Derechos Sociales sobre la aplicación en España del artículo 24 de la Carta Social Europea.

El organismo europeo considera que la reparación no debería depender exclusivamente de una fórmula vinculada al salario y la antigüedad, sino que debería poder tener en cuenta también el perjuicio real sufrido por el trabajador y sus circunstancias particulares. También reclama mayores posibilidades para que los tribunales puedan valorar la readmisión cuando no exista una causa suficientemente acreditada.

El debate afecta especialmente al despido improcedente. Desde la reforma laboral de 2012, la indemnización general pasó de 45 a 33 días de salario por año trabajado, con un máximo de 24 mensualidades. Este es el sistema que continúa vigente actualmente.

El sistema actual permite calcular de antemano cuánto cuesta un despido improcedente

A día de hoy, el artículo 56 del Estatuto de los Trabajadores establece que, cuando un despido es declarado improcedente, el empresario puede optar por readmitir al trabajador o abonar una indemnización de 33 días de salario por año de servicio, hasta un máximo de 24 mensualidades. Si opta por la readmisión, se generan salarios de tramitación en los términos previstos por la ley.

El sistema, por tanto, ofrece a las empresas una fórmula objetiva para calcular el coste de la indemnización antes de tomar determinadas decisiones. La cuantía depende fundamentalmente del salario y del tiempo trabajado.

La indemnización por despido actual cuesta entre 24 y 33 días de salario por año trabajado.
La indemnización por despido actual cuesta entre 24 y 33 días de salario por año trabajado.

Este carácter tasado es precisamente uno de los elementos que Trabajo y los sindicatos quieren revisar. Si la futura regulación permite incrementar la indemnización atendiendo a las circunstancias personales del trabajador, el coste dejaría de depender únicamente de dos variables fácilmente calculables.

Para un autónomo con pocos empleados, este cambio puede ser especialmente relevante. Una indemnización superior puede representar un desembolso considerable en relación con la facturación o la tesorería del negocio, especialmente cuando el trabajador tiene una antigüedad elevada.

La cuestión, además, no se limita a la cantidad que se paga al finalizar el contrato. Una reforma que permita valorar individualmente el perjuicio podría introducir una mayor incertidumbre sobre cuánto tendrá que asumir finalmente una empresa cuando un despido termine en los tribunales.

Díaz quiere una indemnización que tenga en cuenta las circunstancias del trabajador

La ministra ha dejado claro que no plantea simplemente volver al modelo de 45 días por año trabajado. Su propuesta apunta hacia una fórmula en la que la reparación dependa también de la situación concreta de la persona despedida.

Díaz ha utilizado como ejemplo el caso de una mujer de 60 años, sin formación y con problemas de salud frente al de una persona joven, con idiomas y mayores posibilidades de encontrar rápidamente otro empleo. Según la vicepresidenta, ambos casos no deberían recibir necesariamente la misma reparación porque el perjuicio derivado de la pérdida del puesto puede ser diferente.

La ministra ha defendido que la indemnización debe cubrir tanto el daño provocado por el despido como el lucro que pierde el trabajador. Es precisamente esta concepción la que podría modificar de forma más importante el actual sistema tasado.

No obstante, para que esta posibilidad se convierta en una obligación para las empresas todavía sería necesario aprobar una reforma legal. El Ministerio lleva meses abordando el asunto en el diálogo social y, en mayo, se comprometió con CCOO y UGT a trabajar en un texto articulado para su posterior tramitación parlamentaria. La CEOE, por su parte, acudió a esa mesa para trasladar su oposición a modificar el régimen del despido.

La patronal sostiene que el sistema vigente ofrece seguridad jurídica y se ha apoyado también en la doctrina reciente del Tribunal Supremo. En una sentencia de diciembre de 2024, el Alto Tribunal concluyó que los jueces no pueden incrementar por su cuenta la indemnización tasada del artículo 56 del Estatuto de los Trabajadores atendiendo a las circunstancias particulares de cada caso. El Supremo consideró que la indemnización legal es compatible con las exigencias del Convenio 158 de la OIT.

La reforma podría elevar indemnizaciones, recuperar salarios de tramitación y reforzar la readmisión

El aumento de las indemnizaciones no es la única vía que se ha planteado para modificar el coste del despido.

CCOO y UGT han defendido que una futura reforma permita indemnizaciones superiores a las tasadas actualmente cuando el daño sufrido por el trabajador justifique una reparación mayor. También se ha planteado recuperar o ampliar los salarios de tramitación en determinados supuestos y reforzar el derecho a la readmisión cuando la empresa no pueda acreditar suficientemente la causa del despido.

Los salarios de tramitación ya existen en el ordenamiento actual en determinados escenarios. El artículo 56 establece que, cuando el empresario opta por la readmisión tras un despido improcedente, el trabajador tiene derecho a percibir los salarios dejados de cobrar desde el despido hasta la notificación de la sentencia o hasta que encuentre otro empleo, con las condiciones establecidas legalmente.

La propuesta que se debate pretende ampliar su utilización en determinados casos, lo que añadiría otro posible coste para las empresas.

La readmisión es otro elemento relevante. Actualmente, ante un despido improcedente, el empresario puede optar con carácter general entre readmitir o indemnizar. Una reforma que limite esa posibilidad en determinados supuestos podría obligar a mantener la relación laboral cuando el trabajador reúna determinadas circunstancias o cuando el despido no esté suficientemente justificado.

Todo ello explica por qué la CEOE considera que el cambio puede afectar a la previsibilidad del coste de despedir. Mientras el sistema actual permite realizar una estimación relativamente sencilla, introducir factores individuales podría hacer que dos despidos con salarios y antigüedades similares acabaran teniendo consecuencias económicas diferentes

¿Cuánto pagan las mismas ahora por el despido de un trabajador y cuánto aumentaría la indemnización?

Actualmente, cuando un despido es declarado improcedente, la empresa debe abonar una indemnización equivalente a 33 días de salario por año trabajado, con un máximo de 24 mensualidades.

En los contratos anteriores a la reforma laboral de 2012 se mantiene la parte generada hasta esa fecha a razón de 45 días por año trabajado, aunque únicamente respecto al período acumulado antes de la entrada en vigor de la reforma.

Por ejemplo, un trabajador con 10 años de antigüedad y un salario bruto anual de 30.000 euros tendría derecho a percibir aproximadamente unos 27.000 euros de indemnización por despido improcedente bajo la normativa actual.

La gran incógnita es cuánto podría aumentar esa cuantía si finalmente prospera la reforma impulsada por Trabajo y respaldada por Europa.

Por el momento no existe un texto definitivo, pero los sindicatos han planteado varias posibilidades. Entre ellas, permitir que los jueces puedan reconocer indemnizaciones superiores cuando acrediten que el daño sufrido por el trabajador excede de la compensación tasada actualmente.