1. Los autónomos tendrían que «compensar» los gastos de sus becarios, además de las cotizaciones
  2. Los autónomos ya deben pagar las cotizaciones de los estudiantes en prácticas

El Gobierno podría aprobar pronto la nueva ley que obligará a los autónomos y empresas a asumir costes extra cuando contraten a un becario. Tras la reforma que obligó desde el año pasado a todos los negocios a pagar cotizaciones por los estudiantes que tengan en prácticas, el Ministerio de Trabajo quiere dar luz verde al Estatuto que aumentará las obligaciones y el control de esta figura.

Así lo avanzó la ministra de Trabajo y Economía Social, Yolanda Díaz, en el acto ‘Juventud. Precariedad’ celebrado en Madrid el viernes pasado. Según Díaz, el Estatuto del Becario, está «en el carril de entrada» al Consejo de Ministros. Una vez se aprobara, como ha sucedido con el anteproyecto para la reducción de la jornada, se remitiría al Congreso para que diera el último visto bueno antes de su aprobación definitiva. 

Este anteproyecto para regular la figura del becario lleva más de dos años en el cajón desde que Trabajo y los sindicatos firmaron el acuerdo. Después, la norma se sometió a finales de 2024 a consulta pública. En este lapso de tiempo, según reconoció la ministra, la ley habría generado «pequeñas discusiones internas» en el seno del Gobierno que «se van a resolver». De ser así y aprobarse en alguno de los próximos consejos, los negocios podrían soportar ya unos costes de cientos de euros que se sumaran a los 200 euros al año que pagan por las cotizaciones de cada estudiante en prácticas.

Este anteproyecto que prevé aprobar el Ejecutivo incluye, entre otras cosas, la obligación de los negocios de sufragar ciertos costes de los estudiantes en prácticas, como los desplazamientos, además de aumentar el control de la Inspección sobre los negocios que contraten becarios. 

Los autónomos tendrían que «compensar» los gastos de sus becarios, además de las cotizaciones

Como se recoge en el anteproyecto de ley del Estatuto de las personas en formación práctica no laboral en el ámbito de la empresa, sometido el año pasado a audiencia pública, los autónomos y pequeños negocios que quieran incorporar becarios a sus empresas tendrán que asumir, tras su aprobación, nuevos costes por su contratación.

En concreto, deberán compensar los gastos “en los que la persona en formación práctica en la empresa incurra como consecuencia de esta, tales como gastos de desplazamiento, alojamiento o manutención”, siempre que no reciban una remuneración por realizar estas prácticas. Asimismo, el texto recoge que, en ningún caso las empresas podrán cobrar a los estudiantes por realizar las prácticas, una situación poco común, pero que se ha dado en algunos casos.

Esto, que ya podrían ser cientos de euros al año, se sumará a las cotizaciones que los negocios y los autónomos con becarios ya están obligados a pagar a la Seguridad Social desde el pasado 1 de enero. Se trata de una cuota que está bonificada al 95%, pero que supone un coste de casi 200 euros al año por estudiante en prácticas. O de unos 130 euros, si se trata de prácticas no remuneradas.

Aunque afecta a todos los sectores los expertos aseguran que los gastos de dietas y manutención normalmente están asociados a los estudiantes que realizan prácticas en hoteles o establecimiento del sector, a los cuales se paga el alojamiento cuando tienen que desplazarse y, al menos, una comida al día.

El Estatuto aumentará también el control de la Inspección sobre los becarios

Asimismo, el texto busca aumentar el control sobre los llamados “falsos becarios”. Es decir, aquellos que son contratados como estudiantes en prácticas cuando en realidad desempeñan las funciones de un empleado más del negocio. Sobre este asunto, “se planificarán campañas específicas y se continuarán organizando acciones formativas dirigidas al personal con competencias inspectoras.”

Así, se delimitará claramente qué constituye una formación práctica no laboral de una relación laboral, y serán consideradas ilegales las prácticas que sustituyan las funciones de un empleado.

Respecto a los horarios, el anteproyecto del Estatuto del Becario prohíbe la realización de prácticas en horas nocturnas o a turnos, e impone un máximo de estudiantes según el tamaño del negocio. En el caso de los centros con menos de 30 asalariados, sólo se podrá contar con un máximo de tres becarios.

Sobre este asunto, los expertos consultados consideran que trata de la puesta en marcha de campañas específicas por parte de la Inspección, aunque son aspectos que ya se estaban controlando antes. Por un lado, que los becarios realmente acudan al negocio para aprender y no para desempeñar un trabajo, así como que cumplan los horarios y condiciones establecidos.

En este sentido, el anteproyecto de ley también recoge que, durante el desempeño de su actividad, los becarios puedan acceder a los mismos servicios que el resto de los empleados de la empresa, como podrían ser las zonas de descanso o las habilitadas para comer.

Los autónomos ya deben pagar las cotizaciones de los estudiantes en prácticas

Al margen del Estatuto, el pasado 1 de enero de 2024 entró en vigor el Real Decreto-Ley 2/2023, de 16 de marzo que, entre otras medidas, establece un nuevo sistema de cotización para los becarios. Desde entonces, los estudiantes que realicen prácticas formativas en pequeños negocios, ya sean remuneradas o no, deben estar afiliados al sistema de la Seguridad Social.

El problema es que, como ya avanzó este diario , las universidades se han visto obligadas a pagar ellas mismas estas cotizaciones porque la mayoría de las empresas y organismos públicos, donde habitualmente los alumnos hacían prácticas, se han negado a pagar este sobrecoste de cotizaciones habida cuenta de que los becarios van únicamente a cubrir unos créditos universitarios y aprender como si fuera una asignatura más. 

En ambos casos –que las prácticas sean o no remuneradas-, los autónomos y negocios que incorporen a un becario no estarán obligados a pagar la cotización correspondiente al Mecanismo de Equidad Intergeneracional (MEI), que desde el pasado 1 de enero empleadores y asalariados deben asumir cada mes. 

Además, a las cuotas por contingencias comunes se aplicará una reducción del 95%. Es decir, los autónomos y negocios que den de alta a alumnos en prácticas formativas sólo deberán asumir el 5% de su cotización. Dependiendo de si son o no remuneradas, las bases de cotización mensuales podrían variar, tal y como estableció el decreto ley. 

En el caso de las prácticas formativas remuneradas, la base de cotización mensual aplicable a efectos de prestaciones será la base mínima de cotización vigente correspondiente al grupo de cotización 7, el de auxiliares administrativos. Es decir,  unos 1.381 euros, el nuevo Salario Mínimo Interprofesional, en vigor desde el pasado 1 de enero. 

Atendiendo a los tipos de cotización correspondientes, un autónomo que incorpore a un alumno en prácticas remuneradas debería pagar entorno al 24% de la base de cotización, unos 317 euros mensuales. Al contar con una reducción del 95%, los negocios deberán pagar alrededor de 16 euros al mes por cada becario remunerado. O, lo que es lo mismo, unos 192 euros anuales