Muchos autónomos piensan que, cuando un trabajador presenta su dimisión, siempre debe avisar con 15 días de antelación. Sin embargo, este plazo no es universal: depende del convenio colectivo y de la categoría profesional de cada empleado. Esto significa que, en algunos casos, el preaviso puede ser más corto o incluso alargarse hasta varios meses.
El abogado laboralista de AGM Abogados Rubén Mateu explicó a este medio que “el uso de costumbre son 15 días, si no se dice nada en el convenio colectivo”. Sin embargo, muchos convenios colectivos marcan otros periodos, en función de la complejidad del trabajo a desarrollar. Además, pueden diferir en cada comunidad autónoma.
La consecuencia práctica para los pequeños negocios es clara: si el trabajador no cumple con el preaviso establecido, el dueño del negocio puede descontar del finiquito los días no avisados. Como advirtió Mateu: “Lo primero que hay que hacer es mirar el convenio, porque es lo que realmente marca el tiempo de preaviso. No guiarse por lo que todo el mundo dice de los quince días”.
- No siempre son 15 días: depende del convenio y la categoría
- Diferencias entre comunidades autónomas
- Si no hay preaviso, el autónomo podrá descontar los días del finiquito
- Lo que no deben olvidar los autónomos al contratar
- Informar bien a los trabajadores puede evitar problemas futuros
- Es posible pactar acuerdos de salida más cortos
No siempre son 15 días: depende del convenio y la categoría
Aunque en la práctica muchos profesionales hablan de esas dos semanas días de preaviso, dicho plazo sólo se aplica cuando el convenio colectivo no hace mención a otra cosa. Tal y como recordó el abogado, “el uso de costumbre son 15 días, si no se dice nada en el convenio colectivo”.
En realidad, cada convenio establece un plazo diferente en función de la categoría profesional. Para los puestos más básicos, como operarios u ordenanzas, es habitual que el preaviso sea más corto, incluso de 10 días. En cambio, en categorías con mayor responsabilidad, el plazo suele ampliarse considerablemente.
“En algunos convenios el preaviso mínimo para abogados es de tres meses”, señaló Mateu, quien insistió en que antes de aplicar un descuento en el finiquito, el empresario debe comprobar siempre qué marca el convenio colectivo.
Diferencias entre comunidades autónomas
Los plazos de preaviso no sólo varían según la categoría profesional, también pueden cambiar de una comunidad autónoma a otra. El abogado laboralista Rubén Mateu puso dos ejemplos claros.
En el convenio de oficinas y despachos de Madrid, el artículo 11 establece que los trabajadores deben preavisar con 15 días naturales. Si no lo hacen, la empresa puede descontar del finiquito la parte proporcional de los días no avisados.

En cambio, el convenio de oficinas y despachos de Cataluña fija criterios distintos: para los grupos profesionales uno y dos, esto es, los puestos de mayor responsabilidad, exige 30 días de preaviso. Mientras que para el resto de trabajadores basta con 10 días. En ambos casos, si no se cumple, el descuento en el finiquito es automático.
“Quizás según la categoría profesional y según el convenio, igual es preciso dar 15, sino 10 días. O igual hay que dar tres meses”, advirtió Mateu.
Si no hay preaviso, el autónomo podrá descontar los días del finiquito
Cuando un trabajador no cumple con el preaviso que le corresponde, el empleador tiene derecho a descontar del finiquito los días no avisados. Se trata de una práctica habitual y amparada por los convenios colectivos.
“Si un trabajador tiene que dar un preaviso de un mes y en vez de eso da 15 días, puede restarle otros 15 días de la liquidación. Si no da nada de preaviso y el preaviso es de un mes, podría perder en la liquidación la cantidad correspondiente a un mes de sueldo”, explicó Mateu.
En la práctica, esto significa que el autónomo puede reducir el finiquito en proporción al tiempo que falte por cumplir. Eso sí, el descuento debe ajustarse siempre al plazo real fijado por el convenio colectivo.
Lo que no deben olvidar los autónomos al contratar
Uno de los errores más comunes en los pequeños negocios es pensar que basta con aplicar la regla general de los 15 días de preaviso. Sin embargo, el primer paso siempre debe ser dejar claro en el contrato de trabajo qué convenio colectivo regula la relación laboral.
“En el contrato de trabajo que se hace con el trabajador debe indicarse cuál es el convenio colectivo de aplicación”, recordó Mateu. A partir de ahí, es el propio trabajador quien debe informarse sobre el plazo de preaviso que le corresponde en función de su categoría profesional.
Si un autónomo descuenta indebidamente días del finiquito por desconocer lo que dice el convenio, el trabajador puede reclamar y con toda probabilidad ganar la demanda. En ese caso, aunque las consecuencias económicas no suelan ser graves, el empresario se vería obligado a afrontar el conflicto y devolver el importe descontado.
También puede ocurrir que, por puro desconocimiento, no exija el preaviso necesario en puestos de mayor responsabilidad. Lo que podría redundar en el perjuicio de la organización del trabajo y la productividad del negocio.
Informar bien a los trabajadores puede evitar problemas futuros
Contar con un contrato claro y con la referencia expresa al convenio aplicable no sólo evita confusiones, también puede librar al empresario de problemas legales.
Es obligatorio especificar en el contrato el convenio aplicable, sin embargo, no es necesario especificar la duración concreta del preaviso. Por otro lado, y advertir al trabajador de las consecuencias de no cumplir el preaviso es la mejor forma de prevenir reclamaciones y litigios innecesarios.
Mateu aclaró que “lo más recomendable es estipularlo todo en el contrato de trabajo. Ahora bien, el desconocimiento de la ley no exime su cumplimiento. Si en el contrato está estipulado el convenio colectivo de aplicación que sea, es responsabilidad del trabajador consultar el convenio al que pertenece. Entonces, si no das ese preaviso, lo normal es que la empresa te descuente del sueldo los días que correspondan”.
En noviembre de 2024, el Tribunal Superior de Justicia de Madrid dictó una sentencia que obligó a una empresa a devolver a un trabajador más de 3.200 euros descontados de su finiquito. El motivo es que no había informado con suficiente claridad de las consecuencias de incumplir el preaviso previsto en su convenio.
Rubén Mateu matiza que este criterio no es doctrina del Supremo, pero muestra cómo los tribunales valoran la falta de información: “Esta sentencia lo anuncia así, pero no significa que en la práctica tenga que ser siempre de este modo. Lo recomendable es evitar riesgos e informar bien desde el inicio”.
Es posible pactar acuerdos de salida más cortos
Aunque los convenios marquen unos plazos de preaviso obligatorios, nada impide que empresario y trabajador lleguen a un acuerdo distinto. En la práctica, esto ocurre con frecuencia en los pequeños negocios, donde la flexibilidad es clave.
“Muchas veces incluso he encontrado casos de que el trabajador tiene que dar un mes y el empresario acuerda con él que se puede ir en 15 días y ya está. Eso también se puede hacer, si hay acuerdo entre las partes no hay problema”, explicó Mateu.
De este modo, si ambas partes están de acuerdo, el trabajador puede incorporarse antes a otro empleo o resolver su situación personal, y el autónomo puede organizar la transición sin tener que aplicar descuentos en el finiquito.





