El Ministerio de Economía emitió una nota de prensa este domingo en la que informa de que el Consorcio de Compensación de Seguros está comenzando las peritaciones de daños producidos por la DANA «con el fin de poder empezar a efectuar los primeros pagos a finales de la próxima semana». Esto podría ser a partir del jueves 7 o viernes 8 de noviembre.

Según explicaron desde el Ministerio, el volumen que se ha registrado de reclamaciones en tan solo cuatro días se eleva a más de 35.800, hasta primera hora del pasado domingo. Muchas de estas solicitudes corresponderían a trabajadores por cuenta propia que habrían sufrido grandes daños en sus negocios tras el paso de la DANA. 

Para cuantificar todos estos daños, el Consorcio de Compensación de Seguros, según informó Economía, habría desplegado más de 400 peritos para la realización de estas labores. La organización cuenta además con la colaboración de las aseguradoras y mediadoras, que habrían puesto también a disposición a sus profesionales.

¿Qué autónomos afectados por la DANA tienen derecho a indemnización?

Según explicaron fuentes de las aseguradoras, en principio, en la póliza que haya firmado el autónomo con su aseguradora figurarán qué daños por fenómenos meteorológicos están cubiertos (lluvia, viento, pedrisco, granizo, nieve, fuego) y con qué límites. Casi todos los seguros tienen cobertura de daños por agua y, según lo que se haya contratado, la póliza cubrirá también otros eventos climáticos. Es decir, el primer paso para los autónomos sería releer las condiciones de la póliza del seguro que firmaron en su momento.

También es importante saber que una inundación es un fenómeno natural considerado por las aseguradoras como «riesgo extraordinario”, por lo que, en principio, quedarían exoneradas de hacerse cargo, aunque la responsabilidad se trasladaría al Consorcio de Compensación de Seguros (CSS).

Según fuentes consultadas, lo normal es que el seguro de comercio, empresas e industrias cubra los daños de continente del local (paredes, puertas, ventanas…) y los de su contenido (muebles, mercancías que hubiera dentro…). Además,  si la póliza incluía la cobertura de pérdida de beneficios por inundación por parte del Consorcio de Compensación de Seguros (CCS), el negocio asegurado podrá recibir una indemnización por la paralización de su actividad empresarial en las condiciones estipuladas en el contrato (importe, días…).   

Los autónomos pueden solicitar la indemnización directamente al Consorcio

Según informaron directamente desde el Consorcio, los autónomos y demás personas que hayan sufrido los daños de la DANA, podrían solicitar directamente la indemnización al Consorcio de Compensación de Seguros

Esto se puede hacer a través de la página web del Consorcio: http://consorseguros.es, de su teléfono gratuito, 900 222 665, o de las propias compañías aseguradoras, que realizarán los trámites necesarios.