El Boletín Oficial del Estado (BOE) publicó este martes un real decreto por el que se eleva el límite máximo de las ayudas de minimis para los autónomos y pequeños negocios del sector agrícola y pesquero. Además, se regula el procedimiento para garantizar que no se sobrepasan los topes nacionales y sectoriales establecidos en la normativa europea.

Los «minimis» son ayudas o subvenciones públicas a los negocios por cuantías que suelen ser pequeñas y que la ley entiende que «no distorsionan la competencia ni afectan negativamente al comercio entre los Estados miembros de la Unión Europea (UE)». Con la nueva publicación a través del Real decreto aprobado este lunes en Consejo de Ministros se ha armonizado para toda España el importe de estas ayudas, elevándose además el máximo al que podrán acceder los agricultores o pescadores.

Así, según el BOE, las ayudas de minimis que pueden concederse a una única empresa durante tres años pasarán a tener un máximo de 20.000 a 25.000 euros en el caso del sector de la agricultura, y de 30.000 a 40.000 euros en el caso del sector de la pesca y la acuicultura. Todo ello de acuerdo con lo establecido en los reglamentos de la Comisión Europea que regulan las ayudas de minimis en esos sectores.

Los límites se podrían modificar automáticamente si hubiera cambios en la legislación europea

Además, este real decreto publicado en el BOE del martes prevé de igual manera la incorporación automática de los límites que se pudieran aprobar en el marco de la modificación de dicha normativa europea, que actualmente se encuentra a debate, y que tiene como finalidad ampliar los límites de minimis en el sector agrario y eliminar los topes sectoriales.

De esta forma queda establecido un procedimiento para garantizar que España no supera los topes establecidos por la normativa comunitaria en este tipo de ayudas, lo que garantiza seguridad jurídica a los perceptores y adecua el marco a futuro ante posibles cambios reglamentarios.

Este marco legal amplía el margen de los autónomos y las empresas agrarias y de la pesca y la acuicultura para recibir ayudas de minimis, toda vez que una parte importante de los apoyos destinados a esos sectores para paliar los efectos de la guerra de Ucrania se han concedido en base a dicho régimen. 

Con este real decreto, el Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación da cumplimiento a uno de los compromisos incluidos entre las 43 medidas comprometidas por el Gobierno para dar respuesta a las principales preocupaciones expresadas por los agricultores y ganaderos en las movilizaciones de principios de año.