La temporada estival no está exenta de obligaciones fiscales para los autónomos. En pleno mes de junio, y aunque muchos estén preparando sus vacaciones, en los próximos meses miles de autónomos y pequeñas empresas van a tener que seguir presentando distintas autoliquidaciones ante Hacienda: desde el IVA hasta el IRPF, pasando por la declaración anual del Impuesto de Sociedades para muchas pymes. 

En este próximo mes de julio, casi todos los autónomos y pymes tendrán que presentar impuestos tan importantes como la declaración del IVA trimestral o del IRPF en caso de que paguen este tributo de forma trimestral.

Además, los trabajadores por cuenta propia que tengan empleados a su cargo también deberán pagar las retenciones del segundo trimestre por la plantilla contratada o por el local en caso de que lo tengan en alquiler. 

Tampoco hay que olvidar que en julio, hasta el día 25, miles de pequeños empresarios van a tener que presentar su declaración anual del Impuesto de Sociedades, en el que, en algunos casos, podrán optar a rebajas. 

Obligaciones fiscales para autónomos en julio de 2025 

Hasta el 21 de julio

  • Declaración de retenciones de IRPF: Modelo 111 

Autónomos o empresarios con empleados o colaboradores profesionales deberán declarar las retenciones correspondientes al segundo trimestre de 2025. 

La temporada estival no está exenta de obligaciones fiscales para los autónomos.
La temporada estival no está exenta de obligaciones fiscales para los autónomos.
  • Declaración de retenciones por arrendamientos: Modelo 115 

Aquellos negocios con locales alquilados deberán declarar las retenciones realizadas al arrendador durante el segundo trimestre de 2025.

  • Declaración de IRPF fraccionado: Modelos 130/131 

Los autónomos que presentan el IRPF fraccionado han de declarar este impuesto respectivo al segundo trimestre de 2025.​

  • Modelo 130: Para autónomos en estimación directa. 

  • Modelo 131: Para quienes tributen por estimación objetiva (módulos). 

  • Autoliquidación de IVA del segundo trimestre de 2025: Modelo 303 

Todos los autónomos y empresas deberán presentar este modelo para declarar el IVA correspondiente al segundo trimestre del año. 

  • Declaración recapitulativa de operaciones intracomunitarias: Modelo 349 

Este modelo será obligatorio para empresas con operaciones dentro de la Unión Europea, dependiendo de si sus operaciones superan o no los 50.000 euros. 

Hasta el 25 de julio 

  • Declaración anual del Impuesto de Sociedades 

Las empresas cuyo año fiscal coincida con el año natural deberán presentar la declaración correspondiente al ejercicio 2024.  Esta obligación se tiene que cumplir a través de los modelos 200, 206 o 220. Será obligatorio entregar estos modelos para todas las sociedades cuyo periodo impositivo coincida con el año natural. Resto de entidades: en los 25 días naturales siguientes a los seis meses posteriores al fin del período impositivo. 

En cualquier caso, este año las micropymes y pequeñas empresas van a tener tipos más reducidos de los habitual, como ya avanzó este diario. 

  • Modelo 282: declaración informativa anual de ayudas recibidas en el marco del régimen económico y fiscal de Canarias y otras ayudas de estado por contribuyentes del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas o el Impuesto sobre la Renta de no Residentes sin establecimiento permanente

Hasta el 30 de julio

  • Autoliquidación mensual de IVA: Modelo 303 

Los autónomos que presenten el IVA de manera mensual deberán declarar el correspondiente a junio de 2025. 

Hasta el 31 de julio

  • Declaración del IVA para e-commerce: Modelo 369 

Este modelo aplica a aquellos con ventas a particulares en la Unión Europea que superen los 10.000 euros durante el segundo trimestre de 2025. 

Las obligaciones fiscales de los autónomos continúan hasta en agosto

Los autónomos deben saber que Hacienda está en marcha incluso en el mes de agosto. Éstas son algunas de las obligaciones que deberán cumplir ciertos contribuyentes.

Hasta el 20 de agosto

  • Modelo 111 y modelo 115: el 20 de agosto es la fecha límite para presentar el modelo 111 en el que se declaran e ingresar las retenciones de IRPF sobre trabajadores, profesionales o empresarios; y el modelo 115 es con el que los autónomos y empresas declararán a Hacienda las retenciones del IRPF de los alquileres urbanos.

  • Modelo 592: como es mensual, este impuesto especial sobre los envases de plástico no reutilizables hay que declararlo de nuevo en agosto. Corresponde a julio de 2024.