El Emprendedor de Responsabilidad Limitada es una figura –todavía muy desconocida para muchos- que surgió en 2013 gracias a la Ley 14/2013 del 27 de septiembre de apoyo a emprendedores y su internacionalización.

Mediante ésta, se pretendía ofrecer una posibilidad a aquellos trabajadores por cuenta propia que quisieran seguir manteniendo su condición de autónomo persona física, ofreciéndoles la posibilidad de poder proteger su vivienda en caso de que el negocio tuviera dificultades.

De hecho, pueden proteger su vivienda –con un límite de 300.000 o 450.000 euros, dependiendo de la población en la que vivan- y desde hace poco también los bienes de su negocio. Por lo que podrían seguir produciendo si acaban contrayendo deudas.

Los autónomos persona física, a diferencia de aquellos constituidos como sociedad, responden con todo su patrimonio presente y futuro ante las deudas generadas en el negocio. Es decir, cualquier autónomo puede llegar a perder su casa si contrae deudas relacionadas con su actividad comercial, ya que su responsabilidad ante estas deudas es ilimitada. Cuestión por la que muchos emprendedores terminan montando una sociedad, con todos los costes y obligaciones que conlleva, en vez de ser persona física.

Como concepto «intermedio» nació el emprendedor con responsabilidad limitada (ERL), una figura a medio camino entre el autónomo persona física y la sociedad, pero que sin embargo no ha terminado de cuajar.  Actualmente, hay poco más de un centenar de autónomos constituidos como ERL. Entre otras cosas, según explicaron graduados sociales y abogados laboralistas, esto es por desconocimiento y por el aumento de obligaciones contables y los costes de gestoría y asesoría que acarrea.

¿Por qué los autónomos no se están dando de alta como Emprendedor de Responsabilidad Limitada?

La Ley 14/2013, de 27 de septiembre, de apoyo a los emprendedores y su internacionalización crea en su Capítulo II la figura del «Emprendedor de Responsabilidad Limitada», a la que podrán acceder «todos los emprendedores persona física, cualquiera que sea su actividad». El autónomo que acceda a esta figura podrá beneficiarse de la limitación de responsabilidad sobre » su vivienda habitual siempre que su valor no supere los 300.000 euros», según apunta la Ley.

Esto significa que el trabajador por cuenta propia persona física seguirá respondiendo a las deudas con todo su patrimonio excepto con uno de los bienes más importantes, su casa, que sería inembargable.

Además, en la Ley Crea y Crece, se introdujo también la posibilidad de proteger los bienes del negocio, para que los autónomos puedan seguir produciendo si finalmente las cosas van mal.

Con todo ello, los expertos consultados ven algunas razones por las que los autónomos no se están dando de alta como Emprendedores de Responsabilidad Limitada. Pero en resumen se podría decir que esta figura tiene casi las mismas obligaciones que una sociedad y, sin embargo, solo limita su responsabilidad  a la vivienda, cuando un autónomo societario sólo responde del capital aportado a la empresa. Es decir que suele compensar más crear una sociedad limitada.

Desconocimiento de los propios autónomos

Los expertos y expertas consultadas coinciden en que la figura del ERL es bastante desconocida para la mayoría de las personas en España, de hecho, según datos oficiales, menos de 100 personas en España se han constituido hasta la fecha como Emprendedor de Responsabilidad Limitada. Según Eva Torrecilla, presidenta de los graduados sociales de Madrid “si no hay más autónomos que se acojan a esta figura es, muchas veces, por desconocimiento”.

Se trata de una figura muy desconocida, “que los asesores fiscales no ofrecen porque en muchos casos ni conocen”, apunta en la misma línea María Isabel Miranda Santiago, abogada mercantil.

Obligaciones contables: tiene obligación de presentar cuentas anuales

Aunque el ERL es un autónomo persona física a todos los efectos, tiene una particularidad que quizá podría ser una de las razones por las que algunos trabajadores por cuenta propia echan atrás a la hora de tomar la decisión de si cambiar su entidad hacia el ERL.

José Carlos Piñero, Director del Área Jurídica de la Federación de Asociaciones de Trabajadores Autónomos (ATA) aclaró a este diario que efectivamente “los empresarios de responsabilidad limitada –a pesar ser personas físicas- sí tienen que presentar las cuentas anuales ante el Registro Mercantil si no quieren perder el beneficio de la limitación de la responsabilidad”.

 Esto conllevaría una mayor cantidad de trámites para el autónomo y le obligaría a llevar un control más exhaustivo de su contabilidad.

Trámites y gastos asociados

Los trámites para la constitución como empresario de responsabilidad limitada ERL pueden ser otra de las causas que alejen a los autónomos de esta figura.

Para ser ERL, se requiere la inscripción del autónomo en el Registro Mercantil de su domicilio, bien mediante acta notarial o bien mediante instancia suscrita con la firma electrónica del empresario y remitida telemáticamente a dicho Registro, debiendo indicarse el bien inmueble y los bienes de equipo productivo que se pretenden proteger.

En cualquier caso,  los gastos de constitución como ERL pueden variar notablemente, en función de si el autónomo contrata los servicios de un notario o, por el contrario, lleva a cabo este trámite online por si mismo, haciendo uso de su firma electrónica.

Las deudas contraídas con Hacienda y Seguridad Social quedan excluidas (créditos de derecho público)

Tal y como añadió José Carlos Piñero, director del Área Jurídica de ATA, hay que tener en cuenta además que este blindaje de la vivienda “no opera frente a deudas no empresariales o profesionales, ni frente a deudas empresariales o profesionales contraídas con anterioridad a la inscripción de limitación de responsabilidad”. Por lo tanto, no protege “frente a las obligaciones tributarias o con la Seguridad Social”, que desgraciadamente son de las más frecuentes en el colectivo.

Además, “la protección se limita a deudas de la actividad profesional del autónomo. No te protege frente a deudas personales” suscribió también la abogada mercantil María Isabel Miranda Santiago.

El valor de la vivienda no puede superar los 300.000 euros (en algunos casos los 450.000)

En cuanto a la protección de la vivienda, ésta opera, siempre y cuando el precio de la vivienda se encuentre por debajo de los 300.000 euros.

Esto es una limitación importante, porque hay cada vez más viviendas que tienen precios por encima de este umbral y quedan desprotegidas. Según apuntó María Isabel Miranda Santiago “otra limitación -para constituirse como ERL- es que solamente se cubren los gastos de la vivienda hasta 300.000 euros o 450.000 euros en ciudades de más de un millón de habitantes.

Además, tampoco afecta a segundas viviendas, sólo a la habitual. Por todo ello, según los expertos, a veces los autónomos prefieren optar por constituirse como sociedad. Ya que “por casi el mismo precio” consiguen proteger todo su patrimonio, no solo la vivienda.

Novedades introducidas por la Ley que afectan a la figura del ERL

Según el director del Área Jurídica de ATA,  teniendo en cuenta “la vulnerabilidad de la figura de los autónomos dentro del panorama laboral, recientemente se introdujeron –a petición de ATA- ciertas novedades dentro de la Ley de Creación y Crecimiento de las Empresas en Materia de Limitación de Responsabilidad, que afectan a la figura del ERL”.

Mediante una enmienda de modificación en el Proyecto de Ley de Creación y Crecimiento de empresas se modificaron algunos artículos de la Ley 14/2013, de 27 de septiembre, de apoyo a los emprendedores y su internacionalización, y se extendió el mecanismo de protección de la vivienda habitual del autónomo ERL a los bienes de equipo de producción.

Fue entonces cuando se añadieron a la ya conocida protección de la casa del autónomo, los bienes de equipo.  Es decir, todos aquellos utensilios o materiales necesarios para desarrollar la actividad comercial, como pueden ser maquinaria, mobiliarios, etc.

“A partir de la puesta en marcha de esta mejora, los medios con los que el trabajador por cuenta propia desarrolla su actividad empresarial y profesional también quedan protegidos ante posibles deudas al constituirse como ERL.” recalcó Piñero.