España tenía que haber aprobado hace siete meses una directiva para eliminar el IVA para los autónomos y pequeños negocios que exportan fuera de nuestras fronteras. A pesar de las exigencias de la Unión Europea y de los avisos de Bruselas, nuestro país sigue siendo el único de toda la UE que no exime a los pequeños negocios de pagar este impuesto. Según confirmaron fuentes de Hacienda a este diario, a día de hoy la norma sigue atascada en el Parlamento.

Como ya avanzó este diario, los pequeños negocios españoles son los únicos de toda la UE que no tienen a su disposición ninguna exención para poder quedar liberados de pagar IVA en sus operaciones.

Este problema tiene dos vertientes: una es la exoneración en las operaciones nacionales y otra en las internacionales. Hacienda prometió hace casi dos años que liberaría a las pymes con menos de 85.000 euros de facturación de pagar este impuesto en sus operaciones con otros clientes españoles, pero tampoco lo ha hecho.

  1. España debió liberar a los autónomos de pagar IVA en operaciones internacionales hace siete meses
  2. En pleno julio, la directiva sigue bloqueada en el Congreso
  3. ¿Qué autónomos tienen que quedar exentos de pagar IVA, según la normativa europea?
  4. Hacienda sigue bloqueando la negociación del IVA franquiciado en operaciones nacionales

España debió liberar a los autónomos de pagar IVA en operaciones internacionales hace siete meses

De momento, no hay nada que obligue a España a liberar a las pymes de pagar IVA en este tipo de operaciones. Ahora bien, desde hace siete meses, nuestro país sí tenía la obligación de adaptarse a la normativa europea y trasponer la directiva 2020/285. Con esta ley en marcha, los negocios que facturaran menos de 85.000 euros no tendrían que pagar este impuesto al vender a otros clientes europeos.

Según apuntaron fuentes del Ministerio de Hacienda a este diario, en pleno verano y tras siete meses de espera, la trasposición no se ha llevado a cabo todavía por cuestiones de «aritmética parlamentaria» y ahora mismo seguiría bloqueada en el Congreso.  

A pesar de las noticias e informaciones erróneas publicadas a finales del año pasado, la obligación que afectaría ahora mismo a España –por la que podría ser sancionada– respecto al régimen de IVA de franquicias no es la de liberar a los autónomos y pequeñas empresas en sus operaciones nacionales, sino en las internacionales. 

España es el único país que obliga a las pymes a estar sujetas a este impuesto en ambas operaciones. En el caso de las internacionales, ahora mismo España estaría infringiendo la normativa europea.

De hecho la Comisión Europea anunció a principios de febrero la apertura de dos expedientes a España por no haber adoptado varias normativas comunitarias relativas al IVA. Una de ellas sería la trasposición de la directiva 2020/285, con la que se implantaría el sistema de franquicias para liberar de este impuesto a miles de autónomos que trabajan con clientes o proveedores de fuera de España. El Gobierno tenía hasta el pasado 1 de enero de 2025 para trasponer a nuestra legislación esta norma, pero aún no lo ha hecho. 

En pleno julio, la directiva sigue bloqueada en el Congreso

Todos los países tenían hasta el 31 de diciembre de 2024 para adoptar la directiva de tipos especiales del IVA para pequeñas empresas, que permite a los autónomos y pymes dejar de incluir el IVA en las facturas de operaciones internacionales. Y también eximiría de este impuesto a los negocios con base en un Estado miembro distinto al que debe pagar el IVA.

Además, éste no sería el único apercibimiento que habría recibido el pasado viernes nuestro país. La Comisión habría expedientado también a España -junto a Bélgica, Bulgaria, Grecia, Lituania, Portugal y Rumanía- por no haber comunicado una transposición de la directiva de tipos del IVA, que debía ser trasladada a sus legislaciones nacionales antes del 31 de diciembre de 2024.

Lo que hacía esta normativa era flexibilizar el uso del tipos reducidos en este impuesto, que antes de la reforma estaba limitado a una lista preestablecida de productos, y dio más libertad a los Estados miembros para decidir qué bienes y servicios podían disfrutar de un gravamen inferior al general. Un cambio que nuestro país habría aprovechado, sin haber comunicado convenientemente esta trasposición.  

Hasta la fecha, España tampoco habría llevado a cabo la trasposición de esta norma sobre los tipos de IVA.

¿Qué autónomos tienen que quedar exentos de pagar IVA, según la normativa europea?

En cuanto a la normativa del IVA de franquicias, en caso de ponerse en marcha próximamente, no afectaría a la gran mayoría de los autónomos, sino tan sólo a los que venden sus productos y servicios a otros negocios que sí están establecidos en un país europeo con IVA franquiciado. 

O dicho de otro modo, sólo quedarían exentas de IVA  las facturas con clientes que estén en países en los que esté en funcionamiento este sistema, no en España. 

Lo que está previsto -y debería haberse aprobado en enero- es que los empresarios españoles que estén dentro del umbral europeo y del de cada país que tenga franquicia interna, puedan aplicar franquicia por sus operaciones en ese país que tenga franquicia. No por sus operaciones en España. Y el empresario de un país que tenga franquicia la aplicará por sus operaciones en ese país, no por las que haga en España.

Hacienda sigue bloqueando la negociación del IVA franquiciado en operaciones nacionales

De momento, y aunque miles de autónomos llevan más de dos años solicitando la implantación del IVA de franquicias a nivel nacional, desgraciadamente la mesa para la reforma fiscal sigue paralizada en esta cuestión. Todo, desde que Hacienda cambió el rumbo de la negociación negándose a aplicar la exención de este impuesto a los trabajadores por cuenta propia cuyas operaciones se realizan en España.

Mensaje a través de X de Lorenzo Amor, presidente de ATA, sobre el régimen de IVA de franquicias.
Mensaje a través de X de Lorenzo Amor, presidente de ATA, sobre el régimen de IVA de franquicias.

En su momento, el presidente de la Federación Nacional de Asociaciones de Trabajadores Autónomos (ATA), Lorenzo Amor, confirmó a través de sus redes sociales que Hacienda se había negado en la reunión del Foro Fiscal dé Autónomos y Pymes a que los autónomos españoles tengan esta ventaja, de dejar de pagar IVA, que sí tienen el resto de autónomos europeos».

Según fuentes cercanas a la mesa de negociación propuesta para dirimir cuestiones relativas al IVA franquiciado en España para pequeños negocios, “no hay visos de que esto vaya a cambiar en los próximos meses”.

Estas mismas fuentes afirmaron a este diario que “ese tema está totalmente parado”. Es decir, lo más previsible es que este 2025 no se ponga en marcha la exención de IVA para autónomos con ingresos limitados.

A pesar de ello, aseguró Lorenzo Amor, «ATA seguirá exigiendo que se aplique» esta exención de declarar IVA a los trabajadores por cuenta propia que realicen operaciones en España y facturen menos de 85.000 euros. Desgraciadamente, todavía no se ha logrado.