España sigue acumulando avisos y expedientes sancionadores por no transponer varias directivas que afectan directamente a la fiscalidad, a la conciliación laboral e incluso a la denominación de las pymes. Normativas para que, cuando superen determinado umbral de empleados o facturación, no pasen a considerarse grandes empresas, como ocurre ahora mismo.
Tras haber recibido en los últimos meses varios avisos de la Comisión Europea, por no haber transpuesto la directiva que librará a miles de negocios de pagar el IVA cuando trabajen con clientes europeos, Bruselas puso recientemente sobre aviso a España por no haber aprobado la ley que modificará la definición legal de «pyme». Una norma que beneficiaría a unos 100.000 negocios, para que pudieran seguir sacando partido de la denominación de pequeña o mediana empresa.
Según informó la CE en un comunicado, el mes pasado la institución habría dado ya un ultimátum a España para que actualice los umbrales económicos que determinan el tamaño de las empresas según su balance y volumen de negocio. Como ya avanzó este diario, la ley que redefiniría el concepto de pyme para que más negocios puedan librarse de determinadas cargas y obligaciones que implican dar el salto a mediana empresa, lleva paralizada más de un año.
- Europa sancionará a España si no cambia la denominación que beneficiaría a cerca de 100.000 pymes
- La directiva europea redefine el límite de facturación para ser considerado pyme
- Miles de negocios podrían seguir presentando su contabilidad simplificada
- Europa también sancionará a España si no elimina el IVA a los negocios con operaciones internacionales
Europa sancionará a España si no cambia la denominación que beneficiaría a cerca de 100.000 pymes
El Ejecutivo comunitario habría dado en julio un paso más en el procedimiento de infracción que abrió en enero a cuatro países: España, Portugal, Chequia y Malta, después de que incumplieran la fecha límite del 24 de diciembre de 2024 para trasladar a su legislación nacional la directiva que cambia los criterios para establecer si una firma es considerada micro, pequeña, mediana o gran empresa.
Hasta ahora, el límite legal para ser considerada una pequeña empresa se situaba en los cuatro millones de euros en activos, los ocho millones en volumen de negocio y los 50 empleados. Con la nueva propuesta, se duplicarían los límites financieros. Por lo tanto, esta actualización permitiría incorporar al grupo de las pequeñas empresas a muchas sociedades que, pese a su estructura operativa, han superado por poco los límites contables actuales.
El nuevo umbral permitiría que muchos negocios, que ahora se clasifican como medianos, pasen a ser consideradas pequeños. Siempre que durante dos años consecutivos no superen los 7,5 millones de euros en activos, los 15 millones en cifra de negocio o los 50 trabajadores.

El aviso de la Comisión Europea llega porque los umbrales que determinan el tamaño empresarial no están ajustados desde 2013. Así, la CE calcula que, desde ese año y hasta 2023, la inflación acumulada alcanzó el 24,3% en la eurozona y el 27,2% en el conjunto de la Unión Europea.
La directiva europea redefine el límite de facturación para ser considerado pyme
De hecho, en la directiva europea se obligaría a España a subir los criterios monetarios, es decir, la facturación, y contables para que una micro o pequeña empresa pase a ser considerada mediana, pero en principio no afectaría al número de empleados.
El objetivo es que esta inflación a la que se refiere la CE no afecte a las microempresa y a las pymes en general. Las cuales, sin tener mayores rendimientos netos, pasarían por una simple denominación a tener que cumplir con otras obligaciones como auditorías especiales o normativas específicas para su plantilla como la Ley LGTBI u otras sobre sostenibilidad.
Según estimaciones de Cepyme, la medida en la que estaría trabajando ahora mismo el Ministerio de Economía permitiría a las pequeñas empresas ahorrar la friolera de ocho millones de euros en trámites y nuevas obligaciones administrativas vinculadas a su denominación. Eso sin contar que su operativa diaria e incluso su gestión fiscal- también se haría más sencilla.
Miles de negocios podrían seguir presentando su contabilidad simplificada
En el caso de España, otra de las grandes ventajas que tendría el cambio de criterio y el aumento del umbral para las pymes sería que muchos negocios que están a punto de sobrepasar los ocho millones de facturación o cuatro en activos podrían acogerse a modelos simplificados de cuentas anuales. La diferencia entre unos y otros modelos puede ser muy grande a nivel de costes de gestoría y auditoría, además de información contable necesaria que ha de recopilarse y detallarse cada año.
Por cuestiones como ésta –tanto de regulación como de trámites y obligaciones contables–, miles de negocios cada año esperan todo lo posible para dar el salto a la siguiente franja. Esto sucede especialmente en las empresas que están cerca del límite de los 50 trabajadores, ya que a partir de ahí las cargas y presión regulatoria aumentan considerablemente.
Europa también sancionará a España si no elimina el IVA a los negocios con operaciones internacionales
Este expediente a España por no transponer directivas comunitarias no es el único que tiene pendiente nuestro país. Como ya avanzó este diario, la semana pasada Bruselas ya impuso una sanción porque el Gobierno no aplicó por completo la Ley de conciliación, que podría traer nuevas obligaciones laborales para los autónomos como el permiso parental.
Y más importante todavía, desde enero España tenía que haber aprobado la directiva del IVA franquiciado, con la que miles de autónomos y pequeños negocios podrían quedar liberados de este impuesto cuando trabajen con clientes de otros países europeos.
De hecho la Comisión Europea anunció a principios de febrero la apertura de dos expedientes a España por no haber adoptado varias normativas comunitarias relativas al IVA. Una de ellas sería la trasposición de la directiva 2020/285, con la que se implantaría el sistema de franquicias para liberar de este impuesto a miles de autónomos que trabajan con clientes o proveedores de fuera de España. El Gobierno tenía hasta el pasado 1 de enero de 2025 para trasponer a nuestra legislación esta norma, pero aún no lo ha hecho.
Según apuntaron fuentes del Ministerio de Hacienda a este diario, en pleno verano y tras siete meses de espera, la trasposición no se ha llevado a cabo todavía por cuestiones de «aritmética parlamentaria» y ahora mismo seguiría bloqueada en el Congreso.





