Hace más de dos semanas que el Gobierno puso en marcha una batería de medidas para paliar los efectos de la DANA que han sufrido miles de autónomos y pequeños empresarios. A pesar de los avisos de expertos y organizaciones, tanto las subvenciones directas como las modalidades especiales de cese de actividad siguen excluyendo a varios tipos de trabajadores por cuenta propia que, por distintas circunstancias, han quedado fuera de estas ayudas a pesar de necesitarlas como el resto.
Así lo lleva denunciando desde el principio la Federación Nacional de Asociaciones de Trabajadores Autónomos (ATA), que lanzó un comunicado avisando de que las subvenciones de 5.000 o entre 10.000 y 150.000 euros para autónomos y empresas tenían distintos fallos que excluían a una parte del colectivo. En aquel entonces ATA detectó un error que excluía a los autónomos y empresas del sector del transporte que en ese momento estaban de paso por las zonas afectadas y que no tenían domicilio fiscal ni local en los municipios declarados catastróficos.
El problema es que los dos reales decretos recogen como requisito tener domicilio fiscal en uno de esos 80 municipios para cobrar las subvenciones. Desde aquel momento ya han pasado casi dos semanas y ATA habría identificado, al menos, dos perfiles de autónomos más que tampoco podrían acceder a las ayudas directas o a las modalidades extraordinarias por cese de actividad. Así lo recordó este domingo el Presidente de la Federación, Lorenzo Amor, a través de un mensaje en la red social X Esto daría como resultado, según Amor, al menos tres grupos de autónomos que quedarían excluidos o bien de las ayudas o bien de la prestación.
Los tres perfiles de autónomos que ahora mismo quedarían excluidos de las ayudas directas o el nuevo cese por la DANA
Según el Presidente de ATA los tres perfiles de autónomos que «no podrán solicitar las ayudas de la DANA a partir del 19 de noviembre- cuando se activará el formulario» o que «no tendrán derecho al cese de actividad, «salvo corrección en el próximo Consejo de Ministros» son:
- Los autónomos en tránsito o desplazados a la zona de la catástrofe
- Los autónomos que no hayan realizado Renta de 2023 o Impuesto de Sociedades de 2023 -es decir que se dieran de alta en 2024-
- Los nuevos autónomos con tarifa reducida de cotización o las autónomas madres con esta tarifa plana al reincorporarse tras la maternidad tampoco tendrán derecho a la prestación por cese de actividad activada por la Dana
Estos son los autónomos que NO podrán solicitar las ayudas directas de la Dana a partir del 19 de noviembre y los autónomos que No tendran derecho al cese de actividad,salvo corrección en el próximo Consejo de Ministros que volvemos a solicitar…
-Los autónomos en tránsito o…— Lorenzo Amor (@lorenzoamor_ata) November 17, 2024
En el mismo mensaje de la red social X, Amor también aseguró que ATA volverá a solicitar a la Seguridad Social que rectifique estos tres errores que excluyen de las ayudas por la DANA a miles de autónomos.
Autónomos en Tarifa Plana
Recientemente, el Gobierno aprobó distintas modificaciones en el cese de actividad y en otras medidas de ayuda a los autónomos afectados por la DANA para que no sucediera como en la Pandemia donde se fijaron muchas condiciones y algunos se quedaron fuera. Primero, en el Real Decreto 6/2024 y el pasado lunes 11 en el Real Decreto 7/2024 se ha intentado simplificar el acceso a las distintas subvenciones, sin requisitos de carencia, sin consumir paro y, además, sin cumplir ciertas condiciones de caída de facturación o de rendimientos netos.
A pesar de ello, según advirtió José Carlos Piñero, director del Área Jurídica de la Federación Nacional de Asociaciones de Trabajadores Autónomos (ATA) en declaraciones a este diario, «los autónomos en Tarifa Plana, con el texto del Real Decreto, habrían quedado excluidos de esta prestación extraordinaria, porque se exige que coticen por la contingencia de cese de actividad y, como sabemos, estos emprendedores están exentos por ley».
El problema es que, al igual que sucedió durante la pandemia, aunque las modificaciones introducidas en los distintos decretos hayan eliminado algunas condiciones del cese de actividad , como haber cotizado 12 meses, no se han acordado de que los emprendedores en Tarifa Plana no tienen que asumir esta contingencia, con lo que la ley les deja fuera de una prestación que les supondría alrededor de 700 u 800 euros mensuales.
Autónomos de paso y nuevos emprendedores
Por otro lado, las medidas propuestas recientemente por el Ejecutivo para tratar de paliar los efectos de la Dana también han dejado en el olvido a miles de autónomos que no cumplen con los requisitos exigidos.
Como ya avanzó este diario, este es el caso de los autónomos que se dieron de alta en 2024 y de aquellos pertenecientes al sector del transporte o el taxi, así como repartidores, agentes comerciales, instaladores, albañiles, electricistas, fontaneros, carpinteros o del sector de la construcción que pudieron estar en ruta o trabajando en alguna de las zonas afectadas en el momento de la catástrofe, y haberse visto igualmente afectados por la DANA.
En el caso de los nuevos autónomos, la introducción de un nuevo requisito en el Real Decreto 7/2024, aprobado el pasado martes les quita el derecho a acceder a las compensaciones económicas previstas. Según los abogados consultados por este diario, esta modificación excluirá de las ayudas directas por la DANA a todos aquellos que emprendieron su negocio en 2024.
Además, aquellos que se encontrasen en alguna de las zonas afectadas, pero que perteneciesen a alguna de las localidades contiguas o a otras zonas del territorio español fuera de los municipios afectados, tampoco podrán beneficiarse de las ayudas previstas en el Real decreto 7/2024.
El problema que ya había en un primer momento, y que no se ha solventado, es que estos trabajadores por cuenta propia no tienen ni domicilio fiscal ni tampoco ningún local o bien inmueble en estas localidades, por lo que mientras esto último sea un requisito para percibir las ayudas, no podrían acceder a ellas.






