Que a un abogado se le intercepten llamadas o correos protegidos por el secreto profesional, que se le impida ver a su cliente en un centro de detención o que reciba un expediente disciplinario tras declarar en prensa sobre un caso sensible no son situaciones excepcionales, sino interferencias cada vez más documentadas que ponen en riesgo el libre ejercicio de la abogacía.

A partir de ahora, los cerca de 160.000 abogados ejercen actualmente en España -la mayoría de ellos como profesionales autónomos- contarán con un nuevo marco de protección. El Consejo de Europa ha aprobado el primer tratado jurídico vinculante que busca blindar la profesión de la abogacía frente a amenazas, acoso e interferencias, en un texto sin precedentes que refuerza la seguridad jurídica para quienes ejercen por cuenta propia en un entorno que resulta a veces hostil.

El nuevo Convenio para la Protección de la Profesión de Abogado no sólo reconoce formalmente los riesgos crecientes a los que enfrentan estos profesionales en su ejercicio diario, sino que obliga a los Estados firmantes de la UE a garantizar que puedan ejercer sin intimidaciones, ni obstáculos ilegítimos. La medida responde a una preocupación creciente por los ataques físicos y legales que sufren los abogados, en especial quienes trabajan en casos delicados, mediáticos o relacionados con los derechos humanos.

El convenio señala cualquier obstáculo o intromisión que impida llevar a cabo la labor conforme a la ley

El tratado, aprobado por el Comité de Ministros del Consejo de Europa, establece por primera vez un marco normativo que cubre no solamente a los abogados a título individual, sino también a las asociaciones y los colegios profesionales. De hecho, en su articulado advierte de que en numerosos países europeos –incluyendo democracias consolidadas, como España– se están documentando situaciones de acoso, amenazas y presión institucional sobre los letrados; especialmente sobre quienes trabajan de forma independiente o sin el respaldo de grandes bufetes.

Entre las conductas más preocupantes que denuncia este convenio figuran las interferencias indebidas, entendidas como cualquier obstáculo o intromisión que impida a los abogados llevar a cabo su trabajo conforme a la ley. Estas interferencias van mucho más allá de la agresión física o verbal, abarcando desde barreras administrativas hasta espionaje o sanciones encubiertas. El texto destaca la importancia de que se respete la confidencialidad abogado-cliente y de que los profesionales puedan defender con libertad causas impopulares o delicadas.

Una de las formas más frecuentes de interferencia es la limitación del acceso al cliente. En algunos procedimientos judiciales, sobre todo en contextos de detención o en prisiones, los abogados se ven con serias dificultades para reunirse o comunicarse con sus defendidos, lo que afecta directamente al derecho a una defensa efectiva. Esta práctica, si bien minoritaria, ha sido motivo de denuncias por parte de profesionales que ejercen en jurisdicciones penales o de extranjería.

En la profesión preocupan los obstáculos para ejercer la libertad de expresión

Abogados que han hecho declaraciones públicas sobre irregularidades procesales, violaciones de derechos fundamentales o críticas a la actuación judicial han sido objeto de represalias. En algunos casos, se han abierto expedientes disciplinarios con fines disuasorios, lo que genera un efecto de autocensura entre quienes trabajan por cuenta propia y carecen de un respaldo corporativo.

“Me parece especialmente valioso que el tratado aborde temas como la confidencialidad abogado-cliente y la libertad de expresión profesional”, afirmó a este diario Consuelo Favre, de la Asociación de Abogados Ejercientes. “Son pilares fundamentales de nuestra labor que, a veces, se ven amenazadas”.

Se han documentado casos en los que la correspondencia entre abogado y cliente ha sido interceptada
Se han documentado casos en los que la correspondencia entre abogado y cliente ha sido interceptada.

El tratado arroja también claridad sobre la vigilancia ilegal o desproporcionada. Se han documentado casos en los que la correspondencia entre abogado y cliente ha sido interceptada, o en los que se han utilizado herramientas tecnológicas para seguir las actividades del letrado. Estas prácticas vulneran el principio básico de confidencialidad, esencial para cualquier relación profesional en el ámbito jurídico. “Este convenio llega en un buen momento, pues cualquier compañero ha podido ver, de primera mano, cómo determinadas presiones y obstáculos pueden afectar nuestro trabajo”, apuntó Favre. “En especial a quienes ejercemos por cuenta propia”.

Además, el texto advierte contra las sanciones administrativas o penales usadas como forma de intimidación. En lugar de limitarse a corregir infracciones deontológicas reales, en algunos entornos se emplean estos mecanismos para obstaculizar el trabajo legal. El uso abusivo del poder disciplinario puede convertirse, según esta letrada, en una forma encubierta de censura, especialmente dañina para los profesionales que ejercen como autónomos.

Cualquier intento de control se considera una amenaza indirecta al ejercicio libre de la profesión

El Convenio para la Protección de la Profesión de Abogado delimita con precisión qué se entiende por actividades protegidas: asesoramiento, asistencia y representación legal en cualquier jurisdicción, ya sea nacional, internacional o en mecanismos de resolución extrajudicial. También se incluye el derecho a participar en reformas legales o comentar propuestas legislativas. Quedan fuera, sin embargo, las actividades puramente comerciales, como la gestión de patrimonios o fondos, que no impliquen asesoramiento legal.

Aunque el tratado se aplica a todos los abogados europeos, su aprobación tiene una relevancia especial para el caso español, donde la abogacía se caracteriza por una gran atomización. De los más de 255.000 colegiados registrados en el país, cerca de 157.000 ejercen activamente, muchos de ellos en régimen de autónomo. Una realidad que hace que estén más expuestos a presiones directas, sanciones injustificadas o dificultades de acceso a garantías procesales, especialmente cuando ejercen en solitario o en zonas rurales.

El texto también subraya el papel de las asociaciones profesionales como garantes de los derechos de sus miembros. El tratado exige a los Estados que protejan la libertad de asociación de los abogados, así como su derecho a formar parte activa de los colegios profesionales. Cualquier intento de debilitar o controlar estas estructuras se considera una amenaza indirecta al ejercicio libre de la profesión, lo que incluye injerencias políticas o restricciones arbitrarias a su funcionamiento.

Uno de los aspectos más relevantes del tratado es que recoge la posibilidad de que los Estados impongan ciertas restricciones a los derechos de los abogados, pero solo bajo condiciones muy específicas. Cualquier limitación debe estar prevista por ley, ser necesaria en una sociedad democrática y ser proporcional. Este principio evita que los gobiernos usen argumentos genéricos de seguridad nacional o interés público para justificar abusos, algo que preocupa especialmente a quienes litigan en causas sensibles.

Según los expertos, su eficacia real dependerá en realidad de cómo se implemente en España

El preámbulo del convenio recuerda que los abogados desempeñan un papel clave en el mantenimiento del Estado de Derecho, el acceso a la justicia y la defensa de los derechos humanos. Subraya que, si no existe un entorno seguro para ejercer la abogacía, el conjunto del sistema jurídico se debilita. Por eso considera inaceptable que se normalicen las amenazas o presiones contra estos profesionales, y llama a los gobiernos a condenar públicamente estas prácticas.

El Consejo de Europa espera ahora que los Estados miembros ratifiquen este tratado y lo apliquen a través de medidas concretas: reformas legislativas, protocolos en las fuerzas de seguridad, garantías disciplinarias independientes y mecanismos de denuncia eficaces. “Aunque este convenio es un gran paso adelante, su eficacia real dependerá en realidad de cómo se implemente en España”, advierte Favre. “De modo que será preciso estar atentos a las medidas concretas que se tomen para proteger realmente a quienes ejercemos en nuestra práctica diaria”.

En la práctica, el tratado también puede reforzar la posición de los abogados autónomos frente a situaciones de acoso por parte de otros operadores jurídicos, como fiscales o jueces. Si bien la inmensa mayoría de las relaciones procesales son correctas, no son infrecuentes los casos de trato despectivo o dilatorio, especialmente cuando el abogado carece del peso institucional de un gran despacho. El nuevo texto aporta un marco normativo que permite elevar estas denuncias a un nivel internacional, dotando a los profesionales de más herramientas legales.