La Xunta de Galicia recordó que las ayudas que puso en marcha este año para financiar unidades de formación dentro de las empresas se pueden solicitar hasta el 30 de septiembre de 2025, siendo la fecha límite para realizar las acciones formativas el 28 de noviembre.

El Gobierno gallego destina a estas subvenciones ocho millones de euros, con los que pretende cualificar a más de 2.500 personas desempleadas a través de la realización de unas 200 acciones formativas demandadas por el propio tejido productivo y con el compromiso de contratación de entre el 40% y el 60% del alumnado participante.

La iniciativa permite, de este modo, llevar a las empresas formaciones flexibles y a la demanda de sus necesidades reales y de sus perspectivas de crecimiento, promoviendo en paralelo nuevas oportunidades laborales para las personas sin trabajo. Además, con esta línea de apoyos, el Gobierno autonómico quiere avanzar en dar respuesta a retos clave del mercado, como la cobertura de vacantes, el impulso de la competitividad de las empresas y la creación de puestos de trabajo especializados y sostenibles.

Así, una de las principales novedades de esta edición es que también pueden solicitar las ayudas las asociaciones empresariales o sectoriales, como los clústeres, lo que contribuirá a seguir adaptando la capacitación profesional de los gallegos en situación de desempleo a los perfiles profesionales que exigen los diferentes entornos y sectores.

¿Qué autónomos y empresas podrán acceder a estas ayudas para formación en Galicia?

Pueden optar a las unidades formativas con compromiso de contratación empresas, entidades y titulares de centros inscritos para impartir formación profesional para el empleo en la comunidad y, por primera vez, entidades sin ánimo de lucro, como asociaciones empresariales.

Para acceder a estas acciones, los alumnos deberán estar registrados como demandantes en el Servicio Público de Empleo de Galicia y no estar ocupados en la fecha de inicio de los cursos. Pueden obviar este trámite las personas jóvenes inscritas en el fichero del Sistema Nacional de Garantía Juvenil, también potenciales beneficiarias de la cualificación.

En lo que respecta a las formaciones, éstas se realizarán en formato presencial y pueden tener lugar en sus propias instalaciones o en entidades de formación homologadas. Las temáticas deben estar incluidas en el Catálogo de Especialidades Formativas del Servicio Público de Empleo Estatal. No obstante, con el fin de permitir una mayor flexibilidad, en el momento de la solicitud, las empresas también podrán requerir otros itinerarios, presentando su propuesta de alta.

En cuanto al compromiso de contratación, será de un mínimo del 60% del alumnado aprobado o formado en el caso de contratos con una duración de al menos seis meses, o del 40% si es por un periodo igual o superior a los 12 meses.

La cantidad de las ayudas se calculará en función del coste de la formación de la especialidad impartida, de la duración y del número de participantes. Cabe señalar que la orden, aplicando el régimen de concurrencia no competitiva, agiliza el proceso de concesión de subvenciones, favoreciendo que las empresas accedan a la formación y cobertura de los puestos de trabajo de forma inmediata.