- Cinco descuadres que se pueden producir entre modelos con las declaraciones de los autónomos
- Qué documentación conviene que los autónomos conserven
- Sectores más expuestos a los descuadres por Bizum y operaciones con tarjeta
Desde comienzos de este año, la Agencia Tributaria (AEAT) ya registra las operaciones de los autónomos y los empresarios en plataformas como Bizum mediante la declaración mensual del Modelo 170, que presentan las entidades bancarias.
Con esta declaración, las operaciones de los profesionales adheridos a estos sistemas de cobro, ya sea por medio de tarjetas como a través pagos asociados al número de teléfono móvil, quedan documentadas y desglosadas, sin límite de importe para su notificación.
Adicionalmente, otros modelos complementan el resto de la información sobre las operaciones de los trabajadores por cuenta propia: el modelo 196 informa mensualmente de las cuentas, el Modelo 171, que declara pagos y cobros en metálico de más de 3.000 euros, el 174, que informa de las operaciones con tarjetas superiores a 25.000 euros y el Modelo 181, que recoge los préstamos por encima de los 6.000 euros y las operaciones financieras vinculadas a inmuebles.
Toda esta información también es declarada por medio de las entidades bancarias, permitiendo conocer la actividad del autónomo al completo. Sin embargo, como explicó a este medio Luis Miguel Larriba, del despacho especializado en fiscalidad LRB Tax and Legal, el cruce de información de la que realiza la AEAT del Modelo 170 con el 303 de las declaraciones trimestrales de IVA puede dar lugar a descuadres legítimos, que conviene tener en cuenta en la práctica.
Cinco descuadres que se pueden producir entre modelos con las declaraciones de los autónomos
Desde el 1 de enero de 2026, el Real Decreto 253/2025 y de la Orden HAC/747/2025 establecieron el funcionamiento del Modelo 170, que pasó a ser una declaración mensual de las operaciones de los empresarios y profesionales adheridos a sistemas de cobro a través de cualquier tipo de tarjetas y mediante pagos asociados a números de teléfono móvil, con desglose separado de ambos medios, identificación del comercio o negocio y sin umbral mínimo.
En ese sentido, hay que destacar que la declaración 170 y el Modelo 303 recogen conceptos diferentes: el primero declara los importes liquidados por un medio de pago (por ejemplo, Bizum) y, el segundo, las bases imponibles devengadas del IVA.
Por ello, como avisó el experto, pueden producirse descuadres en diferentes supuestos, como devoluciones y anulaciones, el cobro de propinas, los cobros por cuenta de terceros, las operaciones exentas de IVA, o, incluso, por mezclar los Bizum personales con los del negocio.
Como añadió Larriba, esto puede resultar más evidente en función del sector de actividad o negocio. Así, podrían ser todos aquellos casos en los que el cliente paga al empresario algún importe que, realmente, no es ingreso del empresario o autónomo. “Por ejemplo, cuando un cliente paga a un notario, y le abona sus honorarios, pero también tasas de las hojas notariales. O cuando compra en el estanco el Metrobús de 10 euros, pero el estanco no es quien declara ese ingreso de 10 euros; está vendiendo (y lo facturará) el consorcio de transportes, que paga al estanco un porcentaje de comisión”.
Devoluciones y anulaciones
El 170 refleja el flujo del TPV mes a mes; el IVA exige factura rectificativa y modificación de la base imponible del 303. Si la venta se produce en un trimestre y la devolución en el siguiente, el cotejo mensual arroja un exceso en el 170 en el primer periodo y un déficit en el segundo. En comercio con devolución masiva o campañas de rebajas, el desfase puede ser mayor.
Propinas
No se considera una contraprestación de servicios, de modo que no integran la base imponible del IVA (consultas vinculantes de la Dirección General de Tributos V0028-10, V2604-10 y V3095-17), pero pueden entrar en las operaciones del TPV o de Bizum y, por tanto, ser declaradas por las entidades bancarias en el 170. De igual forma, son retribución con retención en el IRPF (artículo 76.1 del reglamento). En cualquier caso, darían una cuantía en el 170 superior a la base declarada.
Bizum personal recibido en la cuenta del negocio
El 170 solo debería recoger cobros de actividad, pero si el número de teléfono o la cuenta están adheridos como comercio, cualquier abono se informa como facturación, contribuyendo a la aparición de descuadres. Este es uno de los motivos por los que los expertos fiscalistas recomiendan tener un Bizum para el negocio y otro para uso personal. Además, con el nuevo Modelo 196, la Agencia Tributaria dispone de los movimientos totales de la cuenta.
Cobros por cuenta de terceros
Los suplidos —sumas pagadas en nombre y por cuenta del cliente en virtud de mandato expreso— quedan fuera de la base imponible del IVA. El dinero cruza el TPV del profesional sin ser ingreso propio: plataformas de reparto, gestión de trámites, tasas, billetes emitidos por un tercero.
Así sucede en una administración de loterías, donde el boleto de lotería de navidad de 20 euros no es ingreso para esta administración, sino un porcentaje que les paga después Loterías del Estado. “Si el boleto de loterías te lo vende una gasolinera, realmente hay hasta dos intermediarios (la gasolinera y la administración de loterías que lo acredita) y no es ingreso para ninguno de los dos”.
Los suplidos también puede producirse en una gestoría, que cobre al cliente 250 euros por sus servicios, pero que estos incluyan 60 o 70 euros de tasa del Registro Mercantil, mientras que la gestoría solo ingresa 180 o 190 euros de diferencia (IVA incluido). O por las compras en Amazon, o cualquier otro marketplace, donde se paga a Amazon directamente pero hay vendedores externos a los que Amazon cobrará una comisión. No es Amazon quien emite la factura, aunque reciba el pago.
Como apuntó Larriba, “puede haber cientos de casos en que en que el autónomo reciba un ingreso (en este caso por Bizum, pero puede ser por cualquier medio de pago) y en el que el ingreso en el banco sea de un importe muy diferente del declarado como ingreso en IVA, y en IRPF o en el Impuesto de Sociedades”.
Asimismo, el experto aseguró que en la actualidad ya hay muchas comprobaciones por descuadres entre las cifras declaradas por los bancos en los ingresos de los TPVs y los importes declarados en el IVA. Una información que concuerda con los puntos centrales de los planes anuales de control tributarios que viene publicando anualmente la Agencia Tributaria.
Operaciones exentas
Las operaciones exentas de IVA también pueden ser otro foco de descuadres, como sucede con la asistencia sanitaria y las prótesis dentales (se cobran por tarjeta pero son operaciones sin IVA).

Qué documentación conviene que los autónomos conserven
Por norma general, conservar el Libro registro de facturas expedidas y libro de ventas e ingresos; los cierres diarios y las hojas de arqueo de caja; los informes de liquidación del TPV o de la pasarela y extractos de la cuenta de abono; la relación de devoluciones con su factura rectificativa correlativa; el registro de propinas y su reparto, con nóminas; las facturas a nombre del cliente en los suplidos y, en el ámbito sanitario, los documentos que permitan acreditar la exención, entre otros.
En resumen, “conservar de forma clara la entrada y la salida de dinero y la factura del autónomo emitida por el importe que se queda”, añadió Larriba. En el caso de la gestoría, la entrada al banco de la gestoría es de 250 euros y la salida al Registro Mercantil de 60 euros. La diferencia, los 190 euros, es el total de honorarios al cliente (que hay que sacar a la base imponible y el IVA).
En el supuesto del estanco, habría que justificar de forma clara que la entrada del dinero es por un Metrobús y que se abona al Consorcio y ellos abonan al negocio, por ejemplo, un 5% de comisión. “Normalmente, efectúan una liquidación y compensan la diferencia de importes”.
El experto destaca que es fundamental tanto tener documentación clara y acreditativa de la entrada de dinero, de la salida y de lo que se queda el autónomo, como que ello coincida con lo que ha declarado en sus impuestos. “Operación por operación y pago por pago. Si se hace de forma conjunta, por bloques homogéneos; evitar mezclar entre sí”.
Cómo contestar un requerimiento de Hacienda si el autónomo lo recibe
Además, como añadió Larriba, también es esencial dar la información clara, ordenada y de manera sencilla. “Hay ocasiones en que los contribuyentes, por no complicarse, entregan todos los extractos bancarios, todos los listados de la máquina registradora, todas las compras, etcétera. Y en bloque. Si operan así, deben tener 100% claro que todo cuadra perfecto y al céntimo y haberlo revisado antes”.
En ese sentido, aportar cuadros numéricos de conciliación con anexos numerados, o presentar la información de manera que las operaciones estén claramente organizadas y ordenadas, facilita el procedimiento. Asimismo, cabe recordar que desatender un requerimiento se sanciona por el artículo 203 de la Ley General Tributaria con entre 250 y 600 euros.
Sectores más expuestos a los descuadres por Bizum y operaciones con tarjeta
La exposición aumenta cuando se trata de un negocio en el que conviven efectivo y tarjeta, porque la periodicidad mensual del 170 permite construir series y detectar ratios anómalos entre cobro electrónico e ingreso declarado.
Así puede suceder en hostelería (propinas, delivery cobrado por plataformas, tipos del 10% y 21%), clínicas dentales (exención sanitaria junto a tratamientos estéticos no exentos, prótesis y financiación por terceros), veterinarias (los servicios siguen al 21% frente a medicamentos y piensos al 10%), peluquerías (21%, propinas y bonos prepago con devengo anticipado, comercio minorista (devoluciones, vales y, en recargo de equivalencia, ausencia de 303), o el transporte de viajeros (10%, billetes emitidos por plataformas y cobros ajenos).
En general, «son todos aquellos sectores que venden o comercializan productos o servicios que no son propios. Si yo compro Coca Colas y las revendo, tengo una factura de compra de Coca Cola por 0,80 euros y una de venta de 1 euro. La diferencia es mi beneficio. Tengo un ingreso de 1 euro y un pago 80 céntimos. Todo cuadra», añadió Larriba.





