El pasado viernes se publicaron en el Boletín Oficial del Estado (BOE) los nuevos modelos de Hacienda para la declaración mensual y anual del IVA, que los autónomos y negocios deberán presentar en los próximos meses, para adaptarlos a las reducciones de este impuesto que el Gobierno ha venido prorrogando durante 2024, así como a los recargos de equivalencia por los que algunos trabajadores por cuenta propia declaran el Impuesto sobre el Valor Añadido.
En concreto, el BOE recoge la modificación del Modelo 322 y 353 de autoliquidación mensual del IVA, que incorporan nuevas casillas para declarar los tipos de IVA y recargos de equivalencia resultantes de la prórroga de los tipos reducidos hasta el 31 de diciembre de este año.
Por otro lado, también se han modificado algunos apartados del Modelo 390, de declaración-resumen anual de IVA, que todos los autónomos deben presentar en enero para informar a Hacienda de todas las declaraciones trimestrales o mensuales que ha ido presentando a lo largo del año.
Fuentes de la Agencia Tributaria explicaron a este diario que las modificaciones forman parte de un proceso “lógico y necesario, como es adaptar los modelos a lo que sea necesario para aplicar la norma bien al presentar las declaraciones” de IVA que realizan los autónomos periódicamente.
Cambios en los modelos de IVA mensual y la declaración-resumen que se presenta en enero
Modelo 322 de declaración mensual de IVA
En primer lugar, el BOE recoge algunos cambios en el Modelo de IVA mensual que algunos autónomos y negocios utilizan para declarar el impuesto. En concreto, estas modificaciones buscan incluir la prórroga de los tipos reducidos aplicados a ciertos alimentos hasta el 31 de diciembre de 2024.
“Desde el 1 de octubre”, explicaron fuentes de la Agencia Tributaria a este medio, “coexisten seis tipos impositivos y seis tipos de recargo de equivalencia, mientras que el diseño del anterior modelo 322 sólo permitía la declaración de cinco tipos impositivos y cuatro tipos de recargo de equivalencia.”
Tras el cambio, “se introducen en el mismo las casillas necesarias para los nuevos tipos impositivos y los nuevos tipos de recargo de equivalencia”, explicaron las mismas fuentes.
Modelo 390 de declaración-resumen anual del IVA
Asimismo, el BOE recoge estos mismos cambios en el Modelo 390, que corresponde a la declaración-resumen anual que todos los autónomos deberán presentar en enero. Además, también incluye el resto de los tipos reducidos que los negocios han podido ir aplicando en diferentes momentos de 2024.
En este sentido, desde la Agencia Tributaria explicaron que “a lo largo del ejercicio 2024 habrán estado en vigor siete tipos impositivos y ocho tipos de recargo de equivalencia, mientras que el diseño del vigente modelo 390 únicamente permite declarar cinco tipos impositivos y seis recargos, por lo que se introducen en el mismo las casillas necesarias para los nuevos tipos impositivos y los nuevos tipos de recargo de equivalencia.”
Así, todos los autónomos que hayan estado acogidos a alguno de los tipos de IVA reducidos durante 2024 deberán rellenar las nuevas casillas correspondientes en la declaración-resumen que presentarán en enero. Un modelo meramente informativo, pero obligatorio. No presentarlo, o hacerlo fuera de plazo, puede suponer sanciones de hasta 200 euros.
Según se recoge en el BOE, la nueva orden entrará en vigor el próximo viernes, 1 de noviembre, por lo que los autónomos que declaren el IVA mensualmente -o sus gestores- ya deberán aplicar los cambios en la declaración de octubre del Modelo 322. El resto también deberá hacerlo, aunque su turno llegará en la declaración-resumen que presentarán en enero. Ambos modelos, con sus modificaciones, pueden consultarse en este enlace.
Los nuevos modelos de IVA también afectan a los autónomos en recargo de equivalencia
Asimismo, los cambios en los modelos de IVA también afectan a los autónomos que están acogidos al Régimen de Recargo de Equivalencia, un sistema que les permite no declarar trimestralmente IVA, aunque después no puedan aplicar deducciones por sus gastos.
Este régimen ha sido utilizado a menudo por autónomos con ferreterías, estancos, kioscos o pequeñas tiendas que venden al consumidor final bienes que no se modifican. Según explicaron a este diario fuentes de la Agencia Tributaria, alrededor de 29.000 proveedores declaran haber hecho operaciones con estos autónomos, por lo que la cifra exacta de trabajadores por cuenta propia en recargo de equivalencia podría ser de “decenas de miles”.
En concreto, a lo largo del año se han ido estableciendo ocho tipos de recargo de equivalencia diferentes, tras las medidas que tomó el Gobierno como resultado de los conflictos en Ucrania y Oriente Próximo en materia fiscal, energética y social, prorrogando hasta el 31 de diciembre la aplicación de tipos reducidos a determinadas entregas de alimentos.
Los modelos de IVA ya cambiaron en agosto para incorporar la autoliquidación rectificativa
Estos cambios se han publicado en el Boletín Oficial del Estado escasas semanas después de que, a mediados del pasado agosto, Hacienda ya aprobase cambios en los modelos del IVA que deben presentar los autónomos para adaptarlos al nuevo sistema para corregir errores: la autoliquidación rectificativa.
Fuentes de la Agencia Tributaria explicaron entonces a este diario que, con este nuevo modelo de autoliquidación, se podrán aplicar directamente las correcciones de IVA unificadas bajo el nuevo sistema de autoliquidaciones rectificativas. Por tanto, las declaraciones de IVA que se presentaron en octubre ya comenzaron a aplicar este nuevo sistema y modelo de declaración.
Desde entonces, los autónomos que tengan que solicitar la devolución de IVA, por ejemplo, porque hayan olvidado incluir 200 euros de gastos deducibles en su declaración, podrán emplear este modelo y no tendrán que realizar una solicitud de rectificación -con la que el proceso se llegaba a demorar durante meses-.





