- Los tipos que deberán aplicar las pymes y el resto de sociedades en el Impuesto sobre Sociedades de 2026
- Las micropymes son las grandes beneficiadas de la rebaja fiscal
- Las empresas de reducida dimensión consolidan el tipo del 23%
- El tipo general continúa en el 25%
- Las empresas de nueva creación seguirán tributando al 15%
- Las empresas emergentes mantienen el incentivo previsto por la Ley de Startups
- Las entidades patrimoniales seguirán tributando al 25%
- Las cooperativas mantienen un régimen fiscal diferenciado
- Las micropymes son las grandes beneficiadas de la rebaja fiscal
- Cómo han evolucionado los tipos del Impuesto sobre Sociedades entre 2024 y 2026
La Agencia Tributaria acaba de publicar la tabla oficial con los tipos de gravamen que deberán aplicar las empresas en el Impuesto sobre Sociedades correspondiente a los ejercicios iniciados en 2026. El documento recoge los porcentajes aplicables a cada tipo de contribuyente y confirma la culminación de una nueva rebaja fiscal para micropymes, así como el mantenimiento de otros tipos reducidos para entidades de reducida dimensión, empresas de nueva creación, cooperativas fiscalmente protegidas y empresas emergentes.
Con esta publicación, Hacienda confirma definitivamente qué porcentaje deberán aplicar las sociedades en la próxima liquidación del impuesto, diferenciando por primera vez de forma clara entre las micropymes –con una cifra de negocios inferior al millón de euros– y el resto de pequeñas y medianas empresas. También recoge los tipos específicos para cooperativas, entidades patrimoniales, fondos de inversión, entidades sin ánimo de lucro y otras figuras con regímenes especiales.
La tabla oficial permite además comprobar cómo ha evolucionado la rebaja del Impuesto sobre Sociedades durante los últimos tres ejercicios. Mientras las micropymes han pasado de tributar al 23% en 2024 a hacerlo al 19% por los primeros 50.000 euros de base imponible en 2026, las empresas de reducida dimensión han visto disminuir progresivamente su tipo del 25% al 23%, consolidando el calendario de reducción aprobado por el Gobierno.
Los tipos que deberán aplicar las pymes y el resto de sociedades en el Impuesto sobre Sociedades de 2026
La tabla publicada por la Agencia Tributaria recoge todos los tipos de gravamen que deberán aplicar las empresas cuyos ejercicios fiscales comiencen en 2026.
En ella, se diferencian por primera vez de forma muy clara las micropymes, las empresas de reducida dimensión, las entidades de nueva creación, las empresas emergentes, las cooperativas fiscalmente protegidas y el resto de sociedades, cada una con un porcentaje distinto en función de sus características.
Las micropymes son las grandes beneficiadas de la rebaja fiscal
Las micropymes, es decir, las empresas cuya cifra de negocios no supera el millón de euros al año, vuelven a ser las principales beneficiadas por la reforma del Impuesto sobre Sociedades. Desde los ejercicios iniciados en 2026 dejarán atrás el antiguo tipo único del 23% y pasarán a tributar mediante una escala progresiva. Así, los primeros 50.000 euros de base imponible tributarán al 19% y el resto de beneficios al 21%.
La diferencia respecto a hace apenas dos ejercicios resulta considerable. Una micropyme que obtenga una base imponible de 80.000 euros pagará este año 15.800 euros en el Impuesto sobre Sociedades. Si hubiera obtenido ese mismo beneficio en 2024 habría soportado una cuota de 18.400 euros y, en 2025, de 17.100 euros. Es decir, la rebaja acumulada alcanza ya los 2.600 euros respecto al régimen vigente hace dos años.

Las empresas de reducida dimensión consolidan el tipo del 23%
También se benefician de la rebaja las empresas de reducida dimensión, es decir, aquellas cuya cifra de negocios no supera los diez millones de euros y que no tienen la consideración de micropymes. En su caso no existe una escala progresiva, sino un tipo único que se ha ido reduciendo de forma gradual desde el 25% de 2024 hasta el 23% que deberán aplicar en los ejercicios iniciados este año.
Por ejemplo, una pyme con una base imponible de 200.000 euros abonará 46.000 euros en concepto de Impuesto sobre Sociedades. Esa misma empresa habría pagado 50.000 euros en 2024 y 48.000 euros en 2025, de modo que la rebaja acumulada asciende a 4.000 euros respecto a hace dos ejercicios.
El tipo general continúa en el 25%
Para el resto de sociedades no existen novedades. El tipo general del Impuesto sobre Sociedades permanece en el 25% y continuará aplicándose a aquellas empresas que no puedan acogerse a ninguno de los regímenes especiales previstos en la normativa.
Así, una sociedad con una base imponible de 200.000 euros seguirá pagando 50.000 euros de impuesto, exactamente la misma cantidad que abonó en los ejercicios 2024 y 2025.
Las empresas de nueva creación seguirán tributando al 15%
La Agencia Tributaria también confirma el mantenimiento del tipo reducido del 15% para las entidades de nueva creación. Este incentivo está pensado para facilitar el inicio de nuevos proyectos empresariales y puede aplicarse durante el primer ejercicio en el que la sociedad obtenga beneficios y el siguiente, siempre que no se trate de una empresa creada para continuar otra actividad que ya existía.
En la práctica, una sociedad que obtenga una base imponible de 100.000 euros pagará 15.000 euros en el Impuesto sobre Sociedades. Si tributara al tipo general, la cuota ascendería a 25.000 euros, lo que supone un ahorro fiscal de 10.000 euros durante esos primeros años de actividad.
Las empresas emergentes mantienen el incentivo previsto por la Ley de Startups
Las empresas emergentes también continuarán tributando al 15%, aunque en este caso el incentivo se regula a través de la Ley de Startups. Para acceder a este régimen especial deben cumplir determinados requisitos, como desarrollar una actividad innovadora, tener menos de cinco años de antigüedad –siete en algunos sectores–, no superar los 10 millones de euros de facturación anual, no repartir dividendos y no cotizar en mercados regulados.
Si una startup obtiene una base imponible de 100.000 euros, su factura fiscal también será de 15.000 euros, diez mil euros menos que si tributara por el régimen general.
Las entidades patrimoniales seguirán tributando al 25%
La tabla publicada por la Agencia Tributaria confirma igualmente que las entidades patrimoniales continuarán tributando al tipo general del 25%. Se consideran patrimoniales aquellas sociedades cuya principal función consiste en gestionar un patrimonio inmobiliario o financiero y no en desarrollar una actividad económica propiamente dicha.
Precisamente por ello, no pueden beneficiarse de las rebajas previstas para micropymes o empresas de reducida dimensión.
Las cooperativas mantienen un régimen fiscal diferenciado
Las cooperativas fiscalmente protegidas seguirán aplicando un régimen específico que distingue entre los resultados cooperativos, obtenidos en el desarrollo de la actividad con sus propios socios, y los resultados extracooperativos, derivados de operaciones ajenas a esa actividad.

En el caso de las cooperativas que tengan la consideración de micropymes, los resultados cooperativos tributarán este año al 16% por los primeros 50.000 euros y al 18% por el resto, mientras que los resultados extracooperativos aplicarán los mismos tipos previstos para las micropymes ordinarias, esto es, el 19% y el 21%, respectivamente.
Por ejemplo, una cooperativa que obtenga 40.000 euros de resultados cooperativos y otros 20.000 euros de resultados extracooperativos abonará 10.200 euros en el Impuesto sobre Sociedades, aplicando cada uno de los tipos que corresponden a ambas categorías de rendimientos.
Cómo han evolucionado los tipos del Impuesto sobre Sociedades entre 2024 y 2026
La tabla publicada por la Agencia Tributaria refleja el último paso del calendario de reducción del Impuesto sobre Sociedades aprobado por el Gobierno a finales de 2024.
En apenas dos ejercicios, el sistema ha dejado de aplicar un tratamiento prácticamente uniforme para las pequeñas empresas y ha pasado a distinguir entre micropymes, empresas de reducida dimensión y el resto de sociedades, con tipos específicos para cada una de ellas.
Las mayores beneficiadas han sido las micropymes, que han pasado de tributar al 23% en 2024 a aplicar una escala progresiva del 19% por los primeros 50.000 euros de base imponible y del 21% por el exceso. También las empresas de reducida dimensión han visto rebajado su tipo desde el 25% hasta el 23%, mientras que las sociedades que tributan por el régimen general continúan aplicando el mismo 25%.
Por su parte, las entidades de nueva creación y las empresas emergentes mantienen el tipo reducido del 15%, de manera que la principal novedad de la reforma se concentra en las pequeñas empresas ya consolidadas, especialmente aquellas con menor volumen de negocio.
Las micropymes concentran el mayor ahorro fiscal de la reforma
La rebaja aprobada por el Gobierno beneficia a prácticamente todas las pequeñas empresas, aunque su impacto no es el mismo en todos los casos. Las micropymes son las que experimentan una mayor reducción de la carga tributaria, especialmente cuando su base imponible no supera los 50.000 euros, ya que pueden aplicar el tipo más bajo de toda la escala general del Impuesto sobre Sociedades.
Las empresas de reducida dimensión también ven reducida su factura fiscal respecto a 2024, aunque de forma más moderada, mientras que el resto de sociedades no experimentan cambios al mantenerse el tipo general en el 25%.
En la práctica, la publicación de esta tabla por parte de la Agencia Tributaria ofrece a las empresas una referencia definitiva sobre los porcentajes que deberán aplicar en los ejercicios iniciados en 2026 y permite comprobar el efecto real que ha tenido la reforma fiscal aprobada hace dos años sobre cada categoría de contribuyente.





