El sistema de cotización por ingresos reales, en vigor desde 2023, ha cambiado la forma en la que se calculan las prestaciones para los autónomos. La cuantía de la Incapacidad Permanente, situación en la que un trabajador por cuenta propia, debido a una enfermedad o lesión, ve reducida o anulada su capacidad laboral de forma definitiva, se sitúa entre el 50% y el 175% de la base por la que se cotiza. Y varía cada año, en función de las actualizaciones de las tablas de beneficios, cuotas y cotizaciones.

A día de hoy, hay cerca de 100.000 autónomos que cobran alguna de las diferentes categorías de pensión por incapacidad, ya sea la total, la parcial o incluso la gran invalidez. Esta prestación, que es fundamental para quienes no pueden desarrollar plenamente su actividad laboral, se clasifica en varios grados según el nivel de limitación funcional: parcial, total, absoluta y gran invalidez.

Para poder cobrar la prestación, es imprescindible haber cotizado al menos 12 meses, ya que se calcula en función de las bases declaradas en el último año. Con las cuotas vigentes, los autónomos pueden llevar a cabo una estimación sobre lo qué percibirían en 2025 si tuvieran que ausentarse de forma permanente de su negocio por motivos de salud.

  1. La prestación se calcula en función de la cuota, y en 2025, los importes oscilan notablemente

La prestación se calcula en función de la cuota, y en 2025, los importes oscilan notablemente

Las cuantías por incapacidad permanente se obtienen aplicando un porcentaje concreto a la base reguladora del autónomo, que varía según los rendimientos netos declarados y el grado de incapacidad reconocido. En 2025, los importes oscilan notablemente: desde pagos únicos inferiores a 12.000 euros, en el caso de una incapacidad parcial, hasta pensiones mensuales que superan los 3.600 euros o incluso los 8.500 en casos de gran invalidez.

Incapacidad permanente total para la profesión habitual

Este grado inhabilita al trabajador para desempeñar las tareas principales de su actividad habitual, pero le permite dedicarse a una distinta. Por ejemplo, un fotógrafo con problemas de visión que ya no pueda realizar sesiones profesionales, pero pueda dedicarse a la gestión de un comercio de material fotográfico. 

La prestación correspondiente es una pensión vitalicia equivalente al 55% de la base reguladora. En el caso de que el trabajador por cuenta propia no pueda encontrar una nueva actividad profesional compatible, este porcentaje puede incrementarse en un 20% para los mayores de 55 años cuando se presuma la dificultad de obtener empleo en una actividad distinta.

Con las bases de cotización aplicables en 2025, la pensión por incapacidad permanente total podría oscilar entre los 490 euros y los 3.682 euros mensuales, según el rendimiento neto declarado.

Cuantías Incapacidad Permanente Total 2025. Fuente: Seguridad Social
Cuantías Incapacidad Permanente Total 2025 (Fuente: Seguridad Social).

Incapacidad permanente absoluta para todo trabajo

Esta situación se reconoce cuando el profesional independiente queda incapacitado para desempeñar cualquier tipo de profesión u oficio remunerado. Por ejemplo, un programador afectado por una enfermedad neurodegenerativa que le impide realizar cualquier actividad laboral. 

En este caso, la cuantía de la pensión será del 100% de la base reguladora, asegurando así un ingreso mensual constante para el autónomo afectado.

La base por la que cotizan los autónomos determina la pensión que recibirían en caso de sufrir una incapacidad permanente de cualquier tipo
La base por la que cotizan los autónomos determina la pensión que recibirían en caso de sufrir una incapacidad permanente.

En 2025, las cuantías de esta pensión se sitúan entre los 653 euros y los 4.909 euros al mes, dependiendo de la base de cotización asignada al tramo de rendimientos netos.

Cuantías Incapacidad Permanente Absoluta 2025. Fuente: Seguridad Social
Cuantías Incapacidad Permanente Absoluta 2025 (Fuente: Seguridad Social).

Gran invalidez

Este es el grado más severo y se aplica cuando, además de estar incapacitado para toda actividad laboral, el trabajador por cuenta propia necesita la ayuda de otra persona para realizar tareas básicas de la vida diaria, como vestirse, comer o desplazarse. Por ejemplo, un conductor de transporte afectado por una parálisis total tras un accidente. 

En estos casos, la pensión incluye un complemento adicional, calculado como un 45% de la base mínima más un 30% de la última base de cotización por la contingencia que dio lugar a la incapacitación. Esto significa que el trabajador por cuenta propia podría recibir hasta un 175% de su base reguladora.

Según las tablas vigentes, las pensiones por gran invalidez oscilan entre los 1.143 euros y los 8.591 euros mensuales en 2025.

Cuantías Gran Invalidez 2025. Fuente: Seguridad Social
Cuantías Gran Invalidez 2025 (Fuente: Seguridad Social).

Incapacidad permanente parcial para la profesión habitual

Al margen de las anteriores pensiones, hay un tipo de incapacidad que da derecho a un pago directo y no a una prestación como el resto. Este grado se reconoce cuando el trabajador sufre una reducción de al menos un 33% en su capacidad para desempeñar su actividad habitual, sin que esto le impida realizar las tareas fundamentales de su negocio.

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Cuantías Incapacidad Permanente Parcial 2025 (Fuente: Seguridad Social).

Por ejemplo, un peluquero que, debido a una lesión en la muñeca, vea afectada su destreza manual para cortes complejos, pero pueda realizar otras tareas como teñir el cabello o gestionar el establecimiento.

En este caso, la prestación económica se otorga únicamente si el autónomo ha cotizado por contingencias profesionales y no se recibe una pensión vitalicia, sino un pago único. Este equivale a 24 mensualidades calculadas con el 75% de la base reguladora aplicada a una incapacidad por accidente laboral.

En 2025, este pago único puede variar entre los 11.764 y los 88.371 euros, según el nivel de rendimientos netos y la base de cotización elegida.