Después de la entrada en vigor la nueva Directiva europea que aumentará el control de la venta de productos a través de plataformas digitales, Hacienda ha aclarado a este diario cuándo es necesario darse de alta cómo autónomo y cómo tributar por los ingresos generados a través de las plataformas digitales de segunda mano.

El crecimiento de la venta de productos de segunda mano por Internet, que se produce en plataformas como Wallapop, Vinted, o Ebay, entre otras, cuentan ya con millones de usuarios, debido a que constituye una forma de ganar ingresos adicionales a partir de productos que ya no desean o utilizan. 

Sin embargo, como se desprende de varias nuevas consultas al portal INFORMA de la Agencia Tributaria, los contribuyentes todavía desconocen si es necesario darse de alta como autónomo por las ventas que lleven a cabo a través de estas plataformas y cómo deben tributar por los ingresos obtenidos. 

Los vendedores tienen que darse de alta como autónomos si la actividad es habitual

Para saber si se trata de una actividad propia de un autónomo, el primer criterio que deben valorar los contribuyentes es comprobar si se encuadran dentro de lo que el Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones establece como tal. Este criterio dice que cualquier actividad que se realice “de forma habitual, personal y directa a título lucrativo” y sin estar “sujeto a un contrato de trabajo”, se considerará propia de un autónomo. 

Si, efectivamente, el contribuyente se encuentra en una situación en la que desarrolla esta actividad de manera habitual, y los ingresos que obtiene por la venta de artículos de segunda mano son recurrentes, se trataría indudablemente de una actividad económica. 

Por su parte, la Agencia Tributaria establece que se realiza una actividad económica cuando se ordenan por cuenta propia los medios de producción o los recursos humanos con el fin de intervenir en la producción o distribución de bienes o servicios.

En el caso de las ventas de productos de segunda mano por Internet, tanto la Seguridad Social como el Fisco comprueban los mismos elementos. Estos contribuyentes estarían obligados a darse de alta en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos (RETA) y abonar la cuota mensual que corresponda en función de sus ingresos, así como presentar la declaración del IVA y tributar por actividades económicas en la RENTA.

¿Cómo tributan los ingresos por la venta de artículos en las plataformas de segunda mano?

Si, a pesar de los criterios mencionados anteriormente, no se trata de un trabajador por cuenta propia, no será necesario tributar por los ingresos obtenidos si no se genera una ganancia patrimonial -se vende el artículo más barato de lo que se adquirió por pérdida de valor-, que suele ser lo más habitual en las plataformas de venta de segunda mano. 

Según establece una consulta, como con carácter general se trata de bienes de consumo duradero (vehículos, electrodomésticos, muebles, ordenadores, libros, ropa, etc.), a efectos del cálculo de la ganancia o pérdida hay que tener en cuenta que en estos casos: 

  • Habrá que minorar el valor de adquisición en la depreciación del valor por el uso. 
  • No procederá computar una pérdida patrimonial en la medida en que la pérdida de valor venga dada por su utilización normal. Es decir, que, dado que la mayoría de las veces se está vendiendo un producto por debajo del precio al que se compró y depreciado -siendo el valor “consumido” por el cliente-, no tiene la consideración de ganancia, por lo que no será necesario declararlo, como explicaron fuentes de Hacienda. 

Como ejemplo, Hacienda establece en la consulta el siguiente: Un particular en 2025 vende por Wallapop un vehículo por su valor de mercado, 10.998 euros. Lo compró en 2020 por 28.200 euros. “Al venderse por su valor de mercado no existirá alteración patrimonial, toda vez que el resto del valor de adquisición ha sido consumido por el contribuyente”.

Este tipo de situaciones de venta, con depreciaciones del producto y por tanto de su precio, tampoco se consideran pérdida patrimonial, como explicaron desde Hacienda. “No hay alteración patrimonial de ningún tipo, por eso no se declara”. 

Eso sí, aunque no sea necesario declarar estas cuantías, es necesario conservar la justificación documental correspondiente a las compras y ventas realizadas, a fin de acreditar las fechas y los valores correspondientes, por si, en cualquier caso, surgiera un requerimiento de información de Hacienda. 

Sin embargo, es necesario incluir en la declaración de la RENTA aquellos ingresos obtenidos a través de estas plataformas de segunda mano en los casos en los que el precio por el que se vende un artículo es mayor que el precio por el que se adquirió, ya que, en ese caso, sí se estaría generando una ganancia patrimonial. Es decir, tributarán por los beneficios obtenidos superiores al valor inicial del artículo.

Si se da este caso, aunque, como apuntaron desde Hacienda, es menos frecuente, habrá que tributar las ganancias en de la base imponible del ahorro, donde para este año se establecen los siguientes tipos:

  • Hasta 6.000 euros: 19% (se mantiene igual).
  • De 6.000 euros a 50.000 euros: 21% (también sin cambios).
  • De 50.000 euros a 200.000 euros: 23% (sin modificaciones).
  • De 200.000 euros a 300.000 euros: 27% (tampoco hay cambios).
  • Más de 300.000 euros: 30%, -un incremento de 2 puntos porcentuales, ya que se elevó el tipo para este ejercicio 2025-.

Si, por el contrario, se trata de un autónomo, éste tendrá que declarar los ingresos como un rendimiento más de su actividad económica, tributando por ello en RENTA.

En esta situación, será posible para el trabajador por cuenta propia tributar por módulos, considerado como un régimen más beneficioso, si la actividad de venta -por ejemplo, venta de electrodomésticos-, se encuentra incluida como una de las que permite su aplicación, a partir del epígrafes correspondientes del IAE, y siempre que no se sobrepasen los límites de ingresos establecidos para poder acogerse a este sistema de tributación.

Hacienda escribirá a los autónomos para que declaren las ventas en plataformas como Wallapop o Airbnb

Como informó este diario, la Agencia Tributaria está barajando enviar comunicaciones directas a los autónomos que han vendido productos o servicios a través de plataformas digitales como Wallapop, Vinted, Milanuncios o Airbnb debido a la entrada en vigor de una nueva Directiva europea -DAC 7-. 

Según explicaron desde la AEAT, Hacienda estaría decidiendo desde mandar simples recordatorios hasta la inclusión automática de los datos del vendedor en el borrador de la RENTA, a fin de aumentar el control en la venta a través de medios digitales.