España es el único país de la Unión Europea donde los pequeños negocios deben declarar el IVA, facturen lo que facturen. Como ya avanzó este diario, Hacienda todavía no ha aplicado el Régimen de Franquicias ni en las operaciones nacionales, pero tampoco en las internacionales, a pesar de que podría enfrentarse a duras sanciones por parte de Bruselas.

En un principio, en 2023, Hacienda se comprometió a exonerar de declarar este impuesto a todos los autónomos que facturasen por debajo de los 85.000 euros. Finalmente, decidió que sólo eximiría de IVA a aquellos trabajadores por cuenta propia que trabajen con otros negocios fuera del país, algo que, por otra parte, era obligatorio según la Directiva europea 2020/285.

Fuentes cercanas a la mesa de negociación que hay entre las asociaciones de autónomos y Hacienda aseguraron que la situación con el régimen de IVA de franquicias es la siguiente: La AEAT tiene bloqueada la implantación de esta exención a nivel nacional y sin “visos” de aprobarse este 2025.

Por otro lado, España debería aprobar este régimen de franquicias para operaciones internacionales en apenas un mes, si no quiere ser sancionado por Europa. Pero esta norma todavía está bloqueada “por la aritmética parlamentaria”, valoraron las mismas fuentes.

España tiene un mes para aprobar la exención de IVA para las ventas en otros países de la UE

Así, todo parece indicar que el IVA franquiciado no saldrá adelante en España, al menos por el momento. Sin embargo, el IVA franquiciado para operaciones internacionales sí ha sido aprobado ya en una Directiva europea que obliga al Gobierno a poner en marcha la exención realizadas en otros países de la UE.

Concretamente, exime a los autónomos de retener y declarar IVA, dentro de los límites fijados en cada país. Esto quiere decir que, en cualquier operación -ya sea de compra o de venta de bienes o servicios entre empresas europeas- no habrá que retener el impuesto, lo que redundará en una mejora de la competitividad de los trabajadores por cuenta propia y los pequeños negocios españoles.

Por tanto, los autónomos exportadores no tendrían por qué declarar el IVA por sus ventas en Suecia, Italia o Portugal, lo que los situaría en igualdad de condiciones con los trabajadores por cuenta propia y los pequeños negocios de esos países.

En la mayoría de la UE, los negocios con ingresos anuales inferiores a un determinado límite pueden estar exentos de IVA, lo que implica no abonarlo a la administración fiscal ni incluirlo en facturas, pero tampoco deducirlo. No obstante, pueden optar voluntariamente por el régimen general, en cuyo caso deberán abonar el IVA, pero también podrán deducir el soportado.

Sin embargo, aunque esta medida ya debería haber entrado en vigor el pasado 1 de enero de 2025, no ha sido así. Es por esto por lo que Europa ha dado un toque de atención al Gobierno para que acelere los trámites si no quiere enfrentarse a sanciones.

La Comisión Europea comunicó el 31 de enero la apertura de un expediente de infracción a España por no haber aplicado todavía el régimen de IVA de franquicias que liberará a miles de autónomos y pequeñas empresas de pagar IVA en sus operaciones internacionales.

En este momento, España tiene aproximadamente un mes para cumplir con el plazo de implantación de la Directiva 2020/285, que establecerá el sistema de franquicias y eximirá del IVA a miles de autónomos que trabajan con clientes o proveedores extranjeros.

Hacienda no tiene previsto eximir de a los autónomos de declarar el IVA por sus ventas en España

Este medio ha podido confirmar que la mesa de negociación sobre el IVA franquiciado sigue paralizada en este momento. Según fuentes cercanas a la mesa de negociación propuesta para dirimir cuestiones relativas al IVA franquiciado en España para pequeños negocios, “no hay visos de que esto vaya a cambiar en los próximos meses”.

Estas mismas fuentes afirmaron a este diario que “ese tema está totalmente parado”. Es decir, lo más previsible es que este 2025 no se ponga en marcha la exención de IVA para autónomos con ingresos limitados.

Esta mesa de negociación dio comienzo hace ya un par de años para tratar de llegar a un acuerdo en cuanto a la aprobación del régimen de franquicias en el IVA para los trabajadores por cuenta propia y pequeños negocios que facturen por debajo de los 85.000 euros anuales.

Es decir, de aprobarse la medida, aquellos facturasen por debajo de esa cifra no tendrían que repercutir IVA a sus clientes, o lo que es lo mismo, podrían eliminar el IVA de sus productos. Al mismo tiempo, no podrían tampoco deducirse el IVA de las compras de bienes relacionados con su actividad.

Sobre este asunto, el recién reelegido presidente de la Federación Nacional de Asociaciones de Trabajadores Autónomos (ATA), Lorenzo Amor, recordó este lunes, durante su discurso, que “España es el único país de la Unión Europea en el que los autónomos no tienen un IVA franquiciado. Somos el único estado que no ha traspuesto la Directiva europea».