Kit Digital dio por finalizadas recientemente las dos últimas convocatorias de su programa, tras cuatro años de funcionamiento.

El programa, gestionado por Red.es, entidad adscrita al Ministerio para la Transformación Digital y de la Función Pública a través de la Secretaría de Estado de Digitalización e Inteligencia Artificial, y financiado con fondos europeos, ha concedido más de 860.000 ayudas a pymes y autónomos de todos los territorios, lo que supone un 127% del objetivo inicial. Con la tramitación ya cerrada y las solicitudes recibidas, el esfuerzo de la entidad gestora se centra ahora en acompañar a los beneficiarios en las fases finales del proceso.

Pese al cierre de las convocatorias, miles de autónomos -fundamentalmente los incluidos en la última línea para negocios de menos de tres empleados- han formalizado en los últimos meses o semanas sus solicitudes y aún se encuentran en pleno proceso de implantación de estas ayudas a la digitalización.

Todos ellos disponen de un plazo de, como mucho, seis meses para finalizar la implementación y justificar correctamente la ayuda, un requisito imprescindible para evitar reintegros y sanciones. A continuación, Red.es explica los pasos para que todos estos autónomos que solicitaron recientemente las subvenciones cumplan con todas las obligaciones del programa.

Obligaciones de justificación de las ayudas para digitalizadores, pero también para autónomos beneficiarios

Si bien la fase de justificación corresponde en gran medida al agente digitalizador, la responsabilidad final es compartida. Según recordaron desde Red.es, “cuando un acuerdo es validado es muy importante que todas las fases queden finalizadas y justificadas correctamente puesto que, de no ser así, tanto el digitalizador como la empresa beneficiaria de la ayuda —es decir, el autónomo— pueden incurrir en un incumplimiento de lo dispuesto en las Bases Reguladoras del Programa”.

Un error en la justificación puede implicar la pérdida del derecho a la ayuda y la obligación de reintegrar los pagos ya realizados.

¿Cuáles son los pasos para justificar el uso de la ayuda de Kit Digital?

Para evitar incidencias, Red.es ha difundido diversos materiales informativos que detallan el procedimiento de justificación, uno de los puntos que más dudas suele generar entre los participantes del programa.

De acuerdo con la entidad gestora, es el agente digitalizador quien debe elaborar y presentar la justificación del bono digital en nombre del beneficiario. El autónomo únicamente tendrá que revisar y validar electrónicamente el documento que le remita su agente.

 

  • Pasos para el agente digitalizador

El proceso se inicia cuando el digitalizador accede al espacio digitalizador de Red.es con su usuario y certificado digital. Desde el menú de tramitación de acuerdos puede consultar las cincuenta justificaciones más recientes o iniciar una nueva. Para ello, es imprescindible contar con un acuerdo previamente validado.

Una vez introducido el número de acuerdo, se selecciona “iniciar nueva justificación”. A partir de ese momento se genera un formulario dividido en dos páginas. En ambas figuran el número de la cuenta justificativa, el número del acuerdo, la categoría de la solución contratada y el NIF tanto del digitalizador como de la pyme beneficiaria.

La primera página corresponde a la memoria técnica, que el agente debe completar con la información solicitada. Tras guardar, el sistema permite avanzar al segundo apartado.

En la segunda pantalla se detalla el desglose de costes y la aportación de evidencias documentales. El digitalizador debe introducir la descripción y el importe sin impuestos de cada concepto, asegurándose de que la suma total sea igual o superior al importe asociado al acuerdo. Esta cifra, además, debe coincidir con el importe de la factura sin impuestos. Finalizado el registro, se adjunta la factura correspondiente y el justificante de abono, obligatorio en todas las categorías.

  • El beneficiario debe validar la justificación

El último apartado incluye las declaraciones responsables y conformidades. Tras completarlo, el digitalizador envía la justificación a la pyme para su revisión. En esta fase, la documentación queda en estado “pendiente de conformidad por parte de la pyme” y ya no puede editarse.

Si el beneficiario está de acuerdo con la implantación, validará la justificación y esta pasa a estado “pendiente de presentar”. El agente podrá entonces acceder a ella, consultar la memoria técnica generada automáticamente y proceder a la firma y presentación final. En ese momento, el sistema clasifica la justificación como “presentada” y se genera el justificante oficial de registro.

Posibles consecuencias si no se justifican las ayudas correctamente

El incumplimiento de cualquiera de las obligaciones del programa —en especial, las relativas a la justificación— puede acarrear consecuencias para ambas partes. Para el agente digitalizador, supondría la pérdida del derecho a cobrar la segunda fase del servicio. Para el autónomo o pyme beneficiaria, implicaría el reintegro de la subvención abonada en la primera fase, junto con los intereses de demora.

Todas las obligaciones están recogidas en las bases reguladoras del programa y deben cumplirse desde el momento en que se concede la ayuda.

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Kit Digital es un programa del Gobierno de España, gestionado por Red.es, entidad adscrita al Ministerio para la Transformación Digital y de la Función Pública a través de la Secretaría de Estado de Digitalización e Inteligencia Artificial, y cuenta con la Cámara de Comercio de España como entidad colaboradora. El Programa, financiado por la Unión Europea a través de los fondos NextGenerationEU, en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, ha sido diseñado para digitalizar a pymes y autónomos de todos los sectores.

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