La Agencia Tributaria ha publicado recientemente dos vídeos, en los que explica a los autónomos como modificar una declaración del Impuesto de Sociedades una vez presentado. Ya sea para declarar un mayor ingreso o un menor ingreso.
Este trámite, simplificado desde principios de 2024 mediante la autoliquidación rectificativa, puede realizarse de forma telemática desde la sede electrónica de la AEAT. Bien sea para rectificar, completar o modificar una declaración presentada con anterioridad.
Los autónomos societarios pueden presentarla antes de que prescriba el derecho de la Administración para determinar la deuda tributaria o solicitar la devolución. Si se presenta fuera del plazo voluntario, será extemporánea.
La autoliquidación rectificativa puede presentarse ‘online’ en pocos pasos
Según explica la AEAT en sus tutoriales, el proceso inicial es el mismo independientemente de si el resultado es a ingresar o a devolver:
- Acceder a la sede electrónica de la Agencia Tributaria
- Seleccionar “Todas las gestiones” → “Impuestos, tasas y prestaciones patrimoniales” → “Impuesto sobre Sociedades” → “Modelo 200”.

- Entrar en “Sociedades WEB”
- En “Gestiones destacadas”, hacer clic en “Servicio Tramitación de declaración (Sociedades WEB)”.
- Identificarse mediante Cl@ve móvil, certificado digital o DNI electrónico.

- Rellenar datos identificativos
- NIF y nombre y apellidos o razón social.
- Pulsar “Aceptar”.

- Elegir “Modificar declaración”
- En su canal de YouTube, la AEAT recomienda utilizar la opción “Modificar declaración”, en lugar de “Continuar sesión”, “Importar fichero” o “Nueva declaración”.

- Seleccionar la autoliquidación a rectificar
- Si hay varias, elegir la que corresponda.
- La AEAT recordó en uno de sus vídeos: “Si has presentado anteriormente alguna declaración rectificativa, deberás hacer la rectificación a partir de los datos consignados en la última declaración presentada”.

- Marcar la casilla de rectificativa
- En el apartado “Autoliquidación rectificativa”, marcar:
“Si esta liquidación es rectificativa de otra autoliquidación anterior correspondiente al mismo concepto, ejercicio y periodo, indíquelo marcando con una ‘x’ esta casilla”. - Introducir el número de justificante de la declaración que se modifica.

- Elegir el motivo de la rectificación
- Rectificaciones: cualquier motivo distinto a discrepancia de criterio administrativo, incluyendo rectificación por vulneración de norma superior.
- Discrepancia de criterio administrativo: solo cuando existe diferencia en la interpretación normativa sin vulnerar normas de rango superior.

- Modificar los datos necesarios y, a continuación, en “Apartados”, seleccionar “Cuota del ejercicio a ingresar o a devolver. Retención de pagos fraccionados”.

Cómo rectificar el resultado del Impuesto de Sociedades cuando el resultado es a ingresar
En este momento, aparecerá una página con diferentes recuadros, uno de ellos se titula “Rectificativa”. Dentro de éste, en la casilla 01578, el autónomo que desee rectificar un resultado a ingresar deberá indicar el importe positivo de la casilla 01586 de la autoliquidación que se rectifica.

Después de esta acción, el sistema autocalculará el resultado en la casilla 00621. Sólo quedaría hacer clic en “Validar declaración” y comprobar que no existen errores.


En la AEAT, avisan de que, aunque conviene revisar advertencias y avisos, éstos no impiden su presentación.
Pasos a seguir para presentar una declaración rectificativa y declarar un mayor ingreso
Una vez verificado lo anterior, seleccionar “Presentar declaración”, después “A ingresar”. O, si el plazo de la domiciliación aún no ha finalizado, también se podrá “Domiciliación del importe a ingresar”.
Si se domicilia el ingreso: introducir el número de cuenta, pulsar “Firmar y enviar”, confirmar en las ventanas emergentes, marcar “Conforme” y volver a pulsar “Firmar y Enviar”.

Es imprescindible guardar el justificante que se genera.
Pasos específicos para declarar un menor ingreso
En una rectificativa con resultado a devolver, el importe que resulte a favor del autónomo aparecerá consignado en la casilla 00866.

El resto del procedimiento es idéntico: validar, presentar, introducir el número de cuenta, firmar y enviar, y guardar el justificante.
Cómo rectificar el resultado del Impuesto de Sociedades cuando el resultado es a devolver
Cuando un autónomo ha presentado una autoliquidación del Impuesto de Sociedades con resultado a devolver y quiere corregirla para solicitar una mayor devolución, deberá acceder por la vía descrita, a través de la página de la Agencia Tributaria.
- En la casilla 01584, indicar el importe positivo de la casilla 01586 (sin signo negativo).

- El sistema autocalculará la rectificación en la casilla 00621.
- Pulsar “Validar declaración”, comprobar que no haya errores, introducir el número de cuenta en el que se recibirá la devolución y continuar con la presentación:
- “Firmar y Enviar” → “Continuar” → marcar “Conforme” → “Firmar y Enviar”.
- Guardar el justificante como comprobante.





